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Para convencer a los indecisos, quienes impulsan la despenalización del aborto aceptan cambios

Las comisiones en Diputados emitirán dictamen y casi inmediatamente pasará al recinto donde se espera una votación muy reñida. Felipe Solá votará a favor
06/06/2018 - 07:13hs
Para convencer a los indecisos, quienes impulsan la despenalización del aborto aceptan cambios

Los diputados que impulsan la iniciativa para despenalizar el aborto aceptaron realizarle algunos cambios para tratar de convencer a los indecisos, emitir dictamen en un plenario de comisiones y lograr la media sanción.

Durante el plenario de Legislación General, Salud, Familia y Mujer, y Legislación Penal, legisladores -sin importar su partido político- coincidieron en que la suerte de la propuesta dependerá del voto de los indefinidos, que hasta el momento son aproximadamente unos treinta.

Tras la incorporación del derecho a la objeción de conciencia individual para los médicos; la creación de consejerías integrales pre y post aborto; y la nueva redacción para los casos de aborto cuando haya “diagnóstico de vida incompatible con la vida intrauterina”, algunos legisladores –que se encontraban dentro de la lista de voto indefinido- confirmaron que acompañarán la propuesta redactada por la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito.

Entre ellos se encuentran los ex gobernadores bonaerenses Daniel Scioli (de Unidad Ciudadana) y Felipe Solá (del Frente Renovador).

Este último, tras reunirse con el director científico de la Fundación Huésped, Pedro Cahn, anticipó a través de las redes sociales que respaldará el proyecto.

"Manifesté mi posición de votar a favor de la ley de interrupción voluntaria del embarazo. Más allá de los sentimientos privados debe primar el bien común, es una cuestión de salud pública", escribió el diputado en su cuenta de Twitter.

La iniciativa mantendrá su propósito fundamental: el aborto legal hasta la semana 14 de gestación a simple demanda. Superado ese plazo, podrá requerirse la práctica en caso de embarazo producto de violación; riesgos para la vida o la salud física, psíquica o social de la mujer; o “diagnóstico de vida incompatible con la vida intrauterina”.

La objeción de conciencia será individual -no institucional- y los médicos que deseen ampararse en ella deberán inscribirse en un registro previo, de modo de garantizar que haya otro profesional que practique el aborto.

Además, cuando la mujer tenga entre 13 y 16 años, el proyecto remitirá al artículo 26 del Código Civil y Comercial, donde "se presume que tiene aptitud para decidir por sí respecto de aquellos tratamientos que no resultan invasivos, ni comprometen su estado de salud o provocan un riesgo grave en su vida o integridad física".

La tercera y última modificación consiste en incorporar consejerías de atención integral pre y post aborto, a cargo de equipos interdisciplinarios. 

Dado que el despacho no tendrá los siete días de vigencia reglamentarios, será necesario habilitar su tratamiento en el recinto con dos tercios de los votos. Por el momento, la postura contraria a la sanción obtiene una corta ventaja sobre los que defienden la iniciativa.

De acuerdo a un relevamiento de la agencia NA, si bien la diferencia es exigua, se amplía al tomar en cuenta votos de diputados que todavía no definieron pero que manifiestan una tendencia en un sentido contrario.

Es así que, proyectando los 12 sufragios con tendencia al voto negativo, la postura antiaborto treparía a los 126 votos y sólo necesitaría sumar dos más entre los indecisos para garantizarse la votación.

Pese a todo, el resultado está lejos de estar sentenciado ya que dependerá de la cantidad de diputados que cada sector siente en sus bancas para emitir su voto, ya que unas pocas ausencias podrían dar vuelta el tablero.

La radical Brenda Austin, una de las primeras cuatro firmantes del proyecto, advirtió que al igual que con las leyes de divorcio vincular y matrimonio igualitario, “hay argumentos que tienen que ver con el orden natural que se han vuelto a poner sobre la mesa”, y pidió: “No sigamos escondiendo la realidad bajo la alfombra”.

De esta manera, salió al cruce de los legisladores que habían señalado que el derecho a la vida está garantizado en la Constitución Nacional y en los tratados internacionales a los que adhirió Argentina. Austin precisó que “los órganos de monitoreo” de esos convenios “le piden a nuestro país avanzar en la despenalización”.

Otra de las voces de rechazo fue la de Carla Pitiot, del Frente Renovador. “Para la ciencia no hay dudas: la existencia de la vida comienza con la concepción, y ahí comienza nuestra obligación legal de defender derechos”, planteó la massista. Karina Banfi recogió el guante: “El concepto de vida es una concepción social, cultural, pero no biológica ni científica”.

Otros puntos del proyecto

El texto indica que la interrupción del embarazo durante las primeras catorce semanas del proceso gestacional es un ejercicio del derecho a la salud, por lo que toda mujer tiene derecho a decidir voluntariamente si desea abortar.

Dicha práctica podrá realizarse en cualquiera de los servicios del sistema de salud (hospital público, obras sociales y prepagas), en un plazo máximo de 5 días desde su requerimiento y no se necesitará ninguna autorización judicial previa.

De acuerdo al proyecto, toda mujer tiene derecho a interrumpir su embarazo en los siguientes casos:

1. Si el embarazo fuera producto de una violación, con el solo requerimiento y la declaración jurada de la persona ante el profesional de salud interviniente.

2. Si estuviera en riesgo la vida o la salud física, psíquica o social de la mujer, considerada en los términos de salud integral como derecho humano.

3. Si existieren malformaciones fetales graves.

Antes de realizarse esta intervención, la mujer deberá firmar una planilla donde brinde su consentimiento informado (en el que declara conocer las consecuencias y los riesgos de la práctica a la que se someterá).

La situación de las menores de edad

En el caso de las adolescentes, entre los 13 y los 16 años, el proyecto remitirá al artículo 26 del Código Civil y Comercial, donde "se presume que tiene aptitud para decidir por sí respecto de aquellos tratamientos que no resultan invasivos, ni comprometen su estado de salud o provocan un riesgo grave en su vida o integridad física".

En las mayores de 16 años, se considerará que tienen plena capacidad para ejercer los derechos que otorgaría la ley.

Si la interrupción voluntaria del embarazo (IVE) debe practicarse en una menor de 13 años, se requerirá su consentimiento y la asistencia de al menos uno de sus progenitores o representante legal.

Si se tratase de una persona con capacidad restringida y su incapacidad no tiene relación con el ejercicio del derecho al aborto, podrá prestar su consentimiento informado requiriendo si lo desea la asistencia del sistema de apoyos (anteriormente denominados curadores) previsto en el Código Civil y Comercial de la Nación.

Si es una persona declarada incapaz judicialmente deberá prestar su consentimiento con la asistencia de su representante legal o ante la falta o ausencia de este, la de un allegado.

Quedan incluidas en esta ley, las personas con capacidad de gestar de acuerdo en lo normado en la ley de identidad de género.