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La Corte de Salta falló contra una empresa que había recibido un crédito en moneda estadounidense, pero la Cámara le había permitido devolver en pesos
18/07/2018 - 06:59hs

La Corte de Justicia de Salta hizo lugar a un recurso de inconstitucionalidad interpuesto por un banco contra una sentencia de la Sala Cuarta de la Cámara de Apelaciones Civil y Comercial, la cual la Corte revocó, por la pesificación de una deuda de más de 406.000 dólares.

También ordenó que la Sala de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial que corresponda dicte un nuevo pronunciamiento referido a la pesificación de una deuda contraida en dólares en ese banco, por una empresa proveedora de productos agroquímicos, la cual se encontraba en concurso preventivo, señala El Tribuno de Salta.

La Corte de Justicia ordenó la tramitación del recurso de inconstitucionalidad interpuesto por una entidad bancaria, contra la sentencia de la Sala Cuarta de la Cámara de Apelaciones Civil y Comercial; que confirmó un fallo en el que se pesificó una deuda, en el marco del concurso preventivo de una empresa proveedora de productos agroquímicos. En ese marco, la concursada solicitó la verificación de préstamos por prefinanciación de exportaciones por la suma de 406.210,48 dólares

Los jueces recordaron en el fallo que la denominada "pesificación" excluyó expresamente de la conversión a pesos establecida por el decreto 214/02 a las "financiaciones vinculadas al comercio exterior otorgadas por las entidades financieras, en los casos, con las condiciones y los requisitos que el Banco Central de la República Argentina determine".

En primera instancia, el juez del concurso dejó establecido que su crédito debía ser declarado admisible en pesos y únicamente modificó la tasa de interés, que fijó en un 18% anual.

Y luego, la Cámara rechazó la apelación del banco, y dijo, entre otras cosas, que al momento de celebrar el contrato se encontraba prohibido operar con cuentas corrientes en dólares y adquirir esa moneda. En realidad, la Cámara omitió que las condiciones que regían para la financiación vinculada al comercio exterior cuando se produjo la transacción entre el banco y la empresa concursada, avalaban el uso de moneda extranjera.

Los préstamos de prefinanciación de exportaciones que el banco realizó a favor de la concursada se concretaron entre febrero y abril de 2012, época en la que la obligación de liquidar las divisas relacionadas a prefinanciación de exportaciones se encontraba vigente. Por ello, tal obligación no puede interpretarse como una pesificación de tales préstamos.

Las restricciones cambiarias comenzaron el 28 de octubre de 2011, es decir, con anterioridad a la fecha de firma de los pedidos de prefinanciación, concluye el matutino.