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La AFIP explica nuevas pautas para el uso de la clave fiscal

Desde la mesa de ayuda del fisco responden interrogantes sobre la obtención del código electrónico, su nivel de seguridad y qué hacer cuando se extraví­a
25/06/2007 - 14:01hs
La AFIP explica nuevas pautas para el uso de la clave fiscal

A través del sistema de consultas online, la mesa de ayuda de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) responde dudas sobre la la obtención de la clave fiscal, su nivel de seguridad y qué hacer cuando el contribuyente la extraví­a.

- ¿Cómo se tramita el alta de la clave fiscal?

- Para poder tramitar su clave fiscal deberá ingresar a la página de AFIP y desde la opción Clave fiscal - Usuarios SIN Clave Fiscal - Regí­strese.  Luego deberá ingresar su CUIT/CUIL/CDI y seleccionar la opción "Consultar".

El sistema validará si el usuario ya posee clave fiscal. Si el usuario no posee clave fiscal habilitada, el sistema permitirá seguir adelante con la registración, solicitando que se ingrese una dirección de correo electrónico, dato que no es obligatorio. Luego, deberá seleccionar la opción "Ingresar".

En la siguiente pantalla, deberá seleccionar el método de habilitación de clave. Dependiendo del método seleccionado es el nivel de seguridad que tendrá su clave fiscal.

- ¿Qué significa el nivel de seguridad?

- Todos los servicios poseen un requerimiento mí­nimo de nivel de seguridad para poder ser dados de alta. Este nivel de seguridad estará dado por el método que utilice el usuario para habilitar su clave fiscal.

  • Nivel de seguridad 1: En este nivel de seguridad, la registración de un nuevo usuario se efectúa sin verificación alguna de la identidad de la persona que está solicitando una "Clave Fiscal". Los datos de identificación que el usuario informa (CUIT/CUIL/CDI), serán aceptados sin verificación alguna siempre que la clave o código exista y no haya sido usado para otorgar otra "Clave Fiscal". No existen requerimientos especiales para completar el trámite. El acceso a servicios en lí­nea será limitado a servicios con requerimiento de seguridad bajo. Sólo podrá acceder a servicios que admitan este nivel de seguridad.
  • Nivel de seguridad 2: La validación de la identidad de la persona se realiza a través de un dato no público conocido tanto por el interesado como por la entidad registrante (AFIP). No podrá acceder a servicios que requieran un nivel de seguridad superior a éste. En caso que los datos ingresados coincidan con los registrados en las bases de datos del Organismo, la clave fiscal será otorgada automáticamente.
  • Nivel de seguridad 3: En este nivel de seguridad, la "Clave Fiscal" se otorgará ante la presencia fí­sica del solicitante en una dependencia de AFIP (Agencia, Distrito, Aduana o centros de servicios) donde personal autorizado verificará la de la persona fí­sica que está solicitando la "Clave Fiscal" con el fin de demostrar su identidad.
  • Nivel de seguridad 4: En este nivel de seguridad, la "Clave Fiscal" sólo se otorgará ante la presencia fí­sica del solicitante en una dependencia de AFIP (Agencia, Distrito, Aduana o centros de servicios) donde personal autorizado verificará la documentación de la persona fí­sica que está solicitando la clave con el fin de demostrar su identidad.En este nivel sólo son aceptados como método de autenticación dispositivos de "hardware" de doble factor (un elemento fí­sico y una contraseña o dato biométrico de activación) provistos u homologados por este Organismo.

- ¿ Qué debo hacer si el sistema no reconoce la clave o si la extravié?

- En caso que no recuerde la contraseña o el sistema le indique que es incorrecta, Usted tiene la posibilidad de realizar el blanqueo de la misma en una Dependencia de AFIP. O a través de la página de AFIP, sólo si la clave fiscal ha sido generada con posterioridad al 12 de Mayo de 2007.

- Cómo puedo elevar el nivel de seguridad de mi clave fiscal?

- En el supuesto que el usuario desee acceder a un nivel de seguridad superior, deberá solicitar en la Dependencia que le aumenten el nivel de seguridad de su clave fiscal.

- En qué dependencia me corresponde solicitar el alta de la clave fiscal

- De acuerdo a lo establecido en la resolución general 2239, el contribuyente deberá presentarse en "una dependencia de la AFIP (Agencia, Distrito, Aduana o Centros de Servicios)".

Por lo tanto podrá presentarse en cualquier dependencia sin importar su domicilio o donde se encuentre inscripto. Esto también se aplica en el caso de querer aumentar el nivel de seguridad de su clave fiscal o en caso de habilitarse como Administrador de relaciones de una Persona Jurí­dica.

Mesa de ayuda de la AFIP

Samanta Linares-

[email protected]