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La AFIP investigará a las cooperativas por maniobras fraudulentas

Apunta a entidades que canjean cheques por efectivo. Por ello, cobran una comisión que no declaran. El BCRA también puso la mira sobre esas maniobras
31/03/2008 - 09:20hs
La AFIP investigará a las cooperativas por maniobras fraudulentas

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) puso en la mira a las cooperativas. Particularmente, apunta a las entidades –que abusando de su exención del 50% en el Impuesto a los Débitos y Créditos Bancarios- canjean cheques por efectivo cobrando una comisión que no declaran.

Fuentes consultadas por infobaeprofesional.com aseguraron que el Instituto Nacional de Asociativismo y Economí­a Social (INAES) ya alertó al fisco nacional y al Banco Central (BCRA) por el crecimiento de esta práctica.Cómo es la maniobra El Impuesto a los Débitos y Créditos Bancarios alcanza con una alí­cuota general del 0,6% a todos los movimientos en las cuentas corrientes de comerciantes y empresas. 

Como los movimientos en las cuentas corrientes de las cooperativas se encuentran alcanzados por una alí­cuota reducida del 0,3% -la mitad de la tasa general- algunas entidades ofrecen un servicio de gestión de cobro de cheques que se materializa a través de la entrega de efectivo a cambio del endoso de ese documento a cobrar.

Generalmente, se pacta por este servicio una comisión del 0,45%, permitiendo a la empresa reducir el costo de las cobranzas en un 0,15% y a la cooperativa obtener un ingreso -neto de este impuesto- de $1,5 cada $1.000 canjeados.

Las fuentes consultadas, que prefirieron mantenerse en el más estricto anonimato, aseguraron que este mecanismo se ha convertido en una práctica habitual de varios comerciantes y de las Pyme. Asimismo agregaron, que las grandes empresas quedan fuera de este circuito porque el giro de sus negocios excede ampliamente la capacidad de las cooperativas de brindarles efectivo.

Desde el mercado cooperativista, señalaron que las autoridades del INAES alertaron, a la AFIP y al BCRA, sobre la cantidad de solicitudes de modificación de estatutos de cooperativas con este fin, es decir, el de incorporar a la gestión de cobranzas dentro de las operaciones permitidas. La misma fuente agregó que la AFIP ese encuentra estudiando medidas para mitigar esta situación.Quién y qué impuestos no paganDe acuerdo con la resolución general (AFIP) 2111 , la empresa que cede el cheque no está evadiendo el impuesto, sino que esta realizando una maniobra elusiva. La elusión fiscal es el no pago del impuesto de manera lí­cita. Quien lo lleva a cabo aprovecha de los puntos especiales o irregularidades de la ley, para quedar libre del ingreso del gravamen.

De hecho, en el punto 7 del inciso b del anexo X de la norma citada expresa claramente que "la transmisión de cheques mediante endoso —conforme a las disposiciones del BCRA- constituye una operación no alcanzada por el impuesto al cheque".Por el contrario, la compañí­a o Pyme que cede el cheque se encuentra en infracción ante la AFIP. La comisión percibida, que es igual al 0,15% del monto del cheque cedido, constituye un ingreso no declarado. Este monto debe tributar el IVA correspondiente aunque con respecto a Ganancias y Ganancia Mí­nima presunta las cooperativas de encuentran exentas.

No obstante, también podrí­an ser perseguidas por la autoridad provincial correspondiente, ya que también es obligatorio que ingresen el respectivo Impuesto sobre los Ingresos Brutos, salvo que la jurisdicción contemple una exención especial sobre esos ingresos.

Cheques y cooperativas que ya hicieron ruido

Hace menos de un año, el tema del uso de los cheques ya vení­a sembrando señales de alerta. En la renombrada causa Skanska un intrincado circuito de cheques tuvo de protagonistas a la constructora, un fondo fiduciario destinado a otorgar microcréditos, empresas varias y nada menos que a una cooperativa de consumo y vivienda.

En esa oportunidad el juez penal tributario, Javier López Biscayart, procesó a nueve ex directivos de Skanska y a un contador acusado de haber actuado como intermediario en la maniobra, justamente porque los cheques habrí­an sido emitido por "servicios inexistentes".

Así­, el Fondo Fiduciario Provincial (Fonfipro) fue, a principios de 2006, destinatario de doce cheques emitidos por empresas fantasma que antes habrí­an recibido pagos de Skanska.

La maniobra consistió en que los cheques fueran endosados a nombre del Fonfipro, emitidos desde cuentas bancarias donde se habrí­an depositado cheques librados por Skanska cuyos destinatarios eran 23 empresas entre las que figuraba una cooperativa de consumo y vivienda.

La Cooperativa de Consumo y Vivienda Cris Ltda percibió cuatro cheques de la constructora sueca por $893.281. Según trascendió oportunamente, uno de los cheques fue endosado para ser depositado en la cuenta que la empresa tení­a en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires.

El circuito se cerró cuando, desde la cuenta mencionada, fueron librados tres cheques que, luego de ser endosados habrí­an llegado a manos del Fonfipro.

Qué dicen las normas tributariasLas cooperativas cuentan con un particular tratamiento fiscal que puede resumirse de la siguiente manera:

  • Ganancias y Mí­nima Presunta: no pagan.
  • IVA: deben ingresar el tributo.
  • Fondo de Capacitación Cooperativa: depositan el 2% sobre el patrimonio neto, a partir del segundo ejercicio.
  • Ingresos Brutos: dependerá de cada jurisdicción la condición de exento o gravado.

En particular, en el caso de las cooperativas de servicios y de consumo, las entidades adquieren bienes y en función de la cantidad de bienes que compran sus miembros, existe una retribución.

Si bien las cooperativas se encuentran exentas en Ganancias, el retorno que reciben sus asociados tributa impuestos en cabeza de cada uno de ellos.

Esto quiere decir que se incorporan a la declaración jurada de cada miembro de la cooperativa los retornos recibidos en lugar de tributar la cooperativa por el total de excedentes generados en el año fiscal.

La diferencia y ventaja que tienen los asociados de una cooperativa respecto de una Sociedad Anónima, es que no tributan el 35% sobre las ganancias de la sociedad; sino que tributan a partir del remanente obtenido a cada año.

Esto quiere decir que se distribuyen los excedentes y cada asociado paga ganancias según la alí­cuota que le corresponde por el monto recibido. Esto es ventajoso porque se paga impuestos solo sobre lo que reciben y no a la alí­cuota máxima como ocurre en una SA.

Con respecto al IVA, no se registra un tratamiento análogo, ya que en su mayorí­a las exenciones contempladas son de carácter objetivo, es decir que no importa el sujeto que se encuentre involucrado.

Por lo tanto, el ingreso no declarado en concepto de comisión por el canje de cheques por efectivo debe tributar el IVA correspondiente.