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Nuevo fallo abre el juego a que prosperen reclamos por retenciones de Ganancias

Habilitó a que los trabajadores dependientes soliciten recursos de amparo en virtud de la imposibilidad de poder aplicar ajuste por inflación impositivo
22/09/2008 - 15:22hs
Nuevo fallo abre el juego a que prosperen reclamos por retenciones de Ganancias

Las retenciones del Impuesto a las Ganancias siempre fueron un punto clave a la hora de los reclamos de los trabajadores en relación de dependencia y más ahora tras una nueva decisión de la Justicia.

De acuerdo con analistas consultados por iProfesional.com, un novedoso fallo abre el juego a que puedan crecer fuertemente las solicitudes de recursos de amparo, vinculadas con las mencionadas retenciones, en razón de la imposibilidad práctica de poder aplicar ajuste por inflación impositivo.

Sucede que recientemente la Justicia entendió que desde 2002 corresponderí­a aplicar la actualización anual de las deducciones correspondientes a los gastos de sepelio, primas de seguro, deducciones personales y los tramos de la escala del impuesto previsto en el artí­culo 90 de la ley, de modo que el resultante serí­a una menor retención de Ganancias sobre sueldos. De generalizarse este criterio judicial, los expertos estiman que podrí­a venirse una oleada de reclamos de los empleados.

Un disparador de reclamosMarcelo Domí­nguez y Luis Angió, del Estudio Lisicki, Litvin y Asociados, explicaron qué sucedió en la causa "Chesini, Luis Jesús c/AFIP s/acción declarativa de certeza – medida cautelar" en la que un trabajador (Chesini) reclamó sobre el mecanismo aplicable para retener el Impuesto a las Ganancias por parte de la empresa empleadora (Esso Petrolera Argentina SRL).

El trabajador habí­a solicitado una medida cautelar innovativa para que la empresa empleadora se abstuviera de practicar las retenciones de Ganancias y para que la AFIP tampoco exigiera monto alguno por ese concepto hasta el dictado de una sentencia definitiva.

De acuerdo con los tributaristas: "Podrí­a provocar que otros empleados en relación de dependencia, efectúen presentaciones similares a la efectuada por Chesini, lo cual podrí­a dar lugar a la generalización de la postura adoptada en esa sentencia a los restantes casos; considerando la cantidad de trabajadores que se encuentran en la misma situación".

Entre otros aspectos, destacaron que "para este caso en particular, se trata de una medida cautelar que deberá ser cumplida por el empleador y el fisco, hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo. Una vez que ello ocurra, si no se resuelve a favor del contribuyente, éste deberá ingresar los fondos no retenidos".

Vale aclarar que el juez Federico Efraí­n Faggionatto Márquez -del Juzgado Federal de 1ª Instancia de la Ciudad de Campana- se expidió acerca de la viabilidad en la solicitud del recurso de amparo interpuesto por el empleado de la petrolera Esso y sostuvo que para la determinación del Impuesto a las Ganancias de los trabajadores en relación de dependencia, a partir del perí­odo fiscal 2002, corresponde la aplicación del mecanismo de actualización previsto por el artí­culo 25 de la ley, que prevé la actualización anual de las deducciones correspondientes a los gastos de sepelio, primas de seguro, deducciones personales y los tramos de la escala del impuesto previsto en el artí­culo 90 de la ley.

Sobre esta base, Domí­nguez y Angió comentaron que en esta sentencia "el Juez resolvió favorablemente el recurso de amparo presentado por el contribuyente, lo cual generó que la empresa deba abstenerse de continuar efectuándole la retención del Impuesto a las Ganancias que le vení­a practicando sobre sus remuneraciones mensuales, ya que en caso contrario podrí­a causar un grave perjuicio patrimonial en la economí­a familiar del contribuyente, tributando el impuesto en forma ajena a la realidad inflacionaria imperante en nuestro paí­s".

Es así­ que considerando la suba sostenida de precios, el Juez ordenó que la AFIP debí­a "abstenerse de exigir a dicha empresa las referidas retenciones hasta que se resuelva la cuestión de fondo, previa caución juratoria que deberí­a prestar el actor".

Es por estos motivos que los expertos consideraron que resulta posible que otros trabajadores comiencen a considerar seriamente la posibilidad de presentar a la Justicia sus reclamos, ya que la gran pérdida de poder adquisitivo que implica la inflación para el total de la población hace que los cómputos de las empresas sean fuertemente cuestionados.La causa

El fallo explica que el señor Chesini manifiesta que es un trabajador en relación de dependencia y que sus remuneraciones son objeto, por parte de la empleadora, de retenciones en concepto de Impuesto a las Ganancias.

De acuerdo con el documento, el trabajador explica que "desde el retorno del fenómeno de la inflación en la Argentina dicho tributo se ha tornado cada vez más gravoso, resultando en determinados perí­odos violatorio del artí­culo 133 de la Ley de Contrato de Trabajo toda vez que el total de las retenciones sufridas es mayor al estipulado por la norma".

Es por eso que se solicitó una medida cautelar innovativa tendiente a que la empresa empleadora se abstuviera de practicar las retenciones del Impuesto a las Ganancias sobre las remuneraciones que se le abonaba al trabajador y a que la AFIP-DGI no exigiera las referidas retenciones hasta el dictado de sentencia definitiva, con costas.

Para llegar a la determinación el magistrado consideró que el trabajador podrí­a sufrir daños irreparables de no tomarse la medida cautelar, y se tuvo en cuenta que "en lo que respecta al peligro en la demora, que no significa otra cosa que la medida solicitada esté fundada en una situación de hecho cuya eventual alteración podrí­a afectar los derechos reclamados, o tornar ilusorios los intereses cuya protección se demanda".

El documento detalla además que el juez entendió que en la causa se encuentra debidamente acreditado el perjuicio patrimonial que le producirí­a al peticionante tributar ganancias en una forma ajena a la realidad imperante.

Frente a esta situación las empresas podrán afrontar nuevos reclamos en este sentido ya que se prevé que más trabajadores fundamenten sus reclamos con los mismos motivos. © iProfesional.com