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Personal de casas particulares: se prorroga el plazo de inscripción al programa Registradas

Se prorroga, hasta el 30 de junio de 2022, el plazo de inscripción para acceder al Programa "Registradas", regulado por el Decreto 660/2021
07/01/2022 - 15:15hs
Personal de casas particulares: se prorroga el plazo de inscripción al programa Registradas

El Decreto 905/2021 (B.O. 31/12/2021), vigente desde esa misma fecha, prorroga, hasta el 30 de junio de 2022, el plazo de inscripción para acceder al Programa "Registradas", regulado por el Decreto 660/2021.

Por otra parte, la norma en comentario modifica parcialmente el Art. 4° de este último decreto, que establece las condiciones que debe reunir el empleador para acceder el beneficio, que ha quedado redactado así: "Podrán solicitar el ingreso al Programa "REGISTRADAS" aquellas empleadoras y aquellos empleadores de personal de casas particulares que cumplan con todas las condiciones que se enuncian a continuación:

a) que durante los DOCE (12) meses calendario inmediatos anteriores a la entrada en vigencia del presente decreto hayan obtenido ingresos brutos de cualquier naturaleza, cuyo promedio mensual sea igual o inferior al importe establecido por el inciso z) del artículo 26 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 2019 y sus modificaciones, o aquel que en el futuro lo reemplace y

b) que registren una nueva relación laboral comprendida en el Régimen establecido en la Ley N° 26.844 a partir de la fecha de inicio del Programa, la que deberá reunir los siguientes requisitos:

I. que esté encuadrada en las categorías de personal para tareas específicas, de caseros y caseras, de asistencia y cuidado de personas o de personal para tareas generales;

I. que sea con dedicación igual o mayor a DOCE (12) horas semanales de trabajo.

La solicitud del beneficio por parte de la empleadora o del empleador implica su consentimiento para que la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP), entidad autárquica actuante en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA, suministre la información necesaria para el control y la operatividad del beneficio a la Autoridad de Aplicación.