Sector courier espera la revisión de los actuales límites de valor
Actualmente, el Servicio Expreso de Cargas en Argentina se encuentra legislado por normativa postal y aduanera.
Tres puntos esenciales permiten visualizar dos años de avances en materia de control y transparencia en las operaciones por vía expresa:
- Legislación Postal: con el dictado de la Res. 1811/2005 de la Comisión Nacional de Comunicaciones (CNC) se ha logrado una legitimación de los Prestadores de Servicios Postales habilitados a operar.
Prueba de ello ha sido la reducción de los PSP Courier habilitados a operar desde el 2005 a la fecha (se pasó de un universo de 47 empresas habilitadas a operar en 2005 a 22 empresas habilitadas en 2007). Dicha reducción obedece a un efectivo control de las condiciones y requisitos que deben contar los Prestadores que busquen operar en el mercado expreso.
- Legislación Aduanera: en virtud de la Res. 845 y con el dictado de la Res. AFIP 2021 /2006 se implementó la informatización de las declaraciones de importación y exportación, acompañada por la obligación de declarar en detalle descripción de la mercadería e identificar número de CUIL / CUIT.
La presente resolución permite a la Aduana contar con información en formato electrónico y en detalle de todas las mercancías que ingresan y egresan del país.
- Inversión privada: actualmente las empresas de servicios expresos están trabajando junto con la Dirección de Riesgo de Aduana para brindar esta información anticipadamente a la Dirección General de Aduanas a fin de que ésta realice un análisis de riesgo de las mercaderías antes de su arribo, logrando de esta manera un control inteligente y más efectivo.
En este sentido apoyamos el Operador Económico Confiable que impulsó la presente gestión aduanera y trabajaremos juntos para lograr su pronta implementación.
La Cámara Argentina de Prestadores de Servicios Internacionales Aeroexpresos (CAPSIA) hace alusión al diálogo fluido y productivo que en estos años se logró con las Autoridades Aduaneras a través del Consejo Consultivo Aduanero.
El entendimiento mutuo fue el que llevó a un 2007 totalmente diferente. Ello es así porque el objetivo buscado por el Sector Privado así como por las Autoridades Aduaneras es el mismo.
Un mayor control y transparencia en las operaciones de comercio exterior en un marco de facilitación que permita al exportador/importador trabajar y producir valor agregado.
Entendemos que éste camino recorrido que lleva a un comercio más seguro y transparente, sienta también las bases para pensar en un cambio positivo.
Confiamos que el reconocimiento de este panorama totalmente diferente en el que hoy continuamos trabajando lleve a una revisión de los límites de valor, actualmente de u$s1.000 (Res. AFIP 1811/ 2005), aumentando los mismos a niveles que permitan al productor exportador/importador argentino contar con un régimen expreso que le permita ocupar un lugar de liderazgo regional.
Actualmente Brasil, principal socio y competidor en el Mercosur opera en el servicio expreso de cargas con límites de 3.000 para las importaciones y 5.000 para las exportaciones.
Fuente: Cámara Argentina de Prestadores de Servicios Internacionales Aeroexpresos (CAPSIA)
(c) infobaeprofesional.com