iProfesionaliProfesional

Moratoria para Pymes y plan de pagos para grandes empresas: expertos denuncian fuerte discriminación

El plan va a tener 90 cuotas para impuestos y 60 para retenciones. La tasa será del 3% para el primer año, y Badlar para los siguientes
28/02/2020 - 12:32hs
Moratoria para Pymes y plan de pagos para grandes empresas: expertos denuncian fuerte discriminación

La AFIP da las puntadas finales al plan de pagos para grandes empresas

Según precisó la titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont, la deuda acumulada por las pymes, para las que se dispuso la moratoria, llega a los $400.000 millones y representa el 70% del total del monto adeudado con la AFIP.

El 30% restante corresponde a grandes empresas, que serán objeto del plan de pagos que se dará a conocer en los próximos días.

De acuerdo a la información a la que pudo acceder iprofesional, el plan de pagos contará con las siguientes características:

- El plan va a tener 90 cuotas para impuestos y 60 para retenciones.

- La tasa será del 3% para el primer año, y Badlar para los siguientes.

- No tiene condonación de multas intereses y/u otras sanciones penales y/o aduaneras

- En algunos casos, habrá un pago a cuenta que llegará al 5%

Por lo tanto, el salvavidas se limitará a un plan de pagos para empresas que se encuentran en mora. El mismo no condonará sanciones ni accesorios, ni contará con la posibilidad de acceder a la extinción de las acciones penales.

Como contrapartida, la moratoria que se lanzó para las empresas que cuenten con el certificado MiPyME y las entidades sin fines de lucro contempla la liberación de multas y sanciones, una posible quita de la deuda consolidada, así como la eximición y condonación total de los intereses resarcitorios y punitorios que tengan como origen los aportes previsionales y un porcentaje de los intereses adeudados por el resto de las obligaciones fiscales, además de planes de pagos muy beneficiosos para los sujetos alcanzados que se acojan al régimen.

Además, la moratoria aplica a obligaciones objeto de discusión administrativa, procedimientos administrativos o judiciales y obligaciones prescriptas sobre las cuales se hubiera formulado denuncia penal o tributaria o penal económica.

La adhesión a la moratoria suspende las acciones penales, interrumpe la prescripción penal y extingue la misma en caso de cancelación total de la deuda por pago al contado, plan de facilidades de pago – una vez cumplido-o compensación.

Moratoria para Pymes, Plan de Pagos para grandes empresas: discriminación

Verónica Volman, abogada y miembro del estudio RCTZZ señaló a iProfesional que "se advierte con preocupación la desigualdad de trato – en violación de mandas constitucionales – respecto de las empresas que no encuadran como MiPyMEs o entidades sin fines de lucro para regularizar sus obligaciones".

"Un hecho grave es el que se produce particularmente en el ámbito penal-infraccional, ya que las empresas que queden fuera de la moratoria no pueden acceder a los beneficios de condonación de multas y sanciones penales. Para peor, no sólo es discriminatorio, sino que además limita fuertemente el éxito de la moratoria lanzada por el gobierno", aseguró la profesional.

La discriminación que realiza el gobierno entre empresas consideradas MiPyMEs y aquellas que no lo son, no sólo es arbitraria sino además obsoleta: la Resolución SECPYME 220/2019 y la posterior Resolución SECPYME 563/2019 que definen los topes de facturación en pesos de las empresas que podrán acogerse a la moratoria ignoran de manera palmaria la inflación y la devaluación sostenida de nuestra moneda en los últimos años.

"Esa devaluación que las empresas con costos en dólares han tenido que enfrentar y traducir en su facturación, como un reflejo de mayores costos y no de mayores márgenes de ganancia o de tamaño de la empresa", precisó Verónica Volman.

"Es imperante entonces, en miras al respeto de la igualdad de trato consagrada constitucionalmente, así como al éxito de recaudación del fisco nacional que, o se incluyan a todas las empresas del sector productivo argentino en los beneficios otorgados por la moratoria, o en su defecto se actualicen los topes de facturación establecidos en la Resolución SEPYME 563/2019 de manera que reflejen de manera justa y actualizada el impacto de la inflación y la devaluación, es decir de las dificultades económicas que atravesaron y continúan atravesando todas las empresas del sector productivo argentino", concluyó Volman.

Temas relacionados