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¡Atención celíacos!: ANMAT prohibió productos alimenticios de consumo frecuente

El organismo de control comunicó la decisión a través de su web oficial, donde detalló los motivos en cada caso particular
25/11/2019 - 11:42hs
¡Atención celíacos!: ANMAT prohibió productos alimenticios de consumo frecuente

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) informó a través de su página oficial el retiro del mercado de una serie de productos alimenticios.

El primero de ellos es la harina de la marca P.A.N, un producto que se comercializaba con el rótulo de "libre de gluten" a pesar de no haber sido autorizados con esa condición. En consecuencia, el organismo considera que "no se puede garantizar la seguridad para la población celíaca".

De esta manera, "el rotulado de los productos enlistados infringe la normativa vigente: la denominación de venta, la lista de ingredientes, la tabla de información nutricional, el origen y las leyendas sobre alérgenos difieren de lo oportunamente autorizado por las Autoridades Sanitarias competentes".

Los artículos alcanzados por esta medida son: "Harina de Maiz Blanco precocida, marca: P.A.N., RNPA N° 052-00000944, RNE N° 00-306014. Consigna la leyenda: Libre de gluten"; "Harina de Maiz Blanco precocida, marca: P.A.N., RNPA N° 028-00009099, RNE N° 00-306014"; "Harina de Maiz Blanco precocida, marca: P.A.N., RNPA N° 052-01-000232, RNE N° 00-306053. Consigna la leyenda: Libre de gluten"; y "Harina de Maíz Blanco precocida, marca: P.A.N., RNPA N° 028-01-001400, RNE N° 00306053".

Por otro lado, ANMAT informó a la población susceptible a reacciones alérgicas a las nueces, almendras y castañas de cajú que la empresa elaboradora Quimya Yog S.A.S., RNE N° 02-035446 en forma voluntaria y preventiva retiró del mercado nacional algunos lotes de productos. El motivo es que "no cumplen con la declaración de alérgenos según establece el Art. 235 7mo del Código Alimentario Argentino".

Los artículos alcanzados por esta medida son: Alimento a base de coco y frutilla - yog sabor frutilla por 170g - EX – 2019-32980435; Alimento a base de coco y arándanos - yog sabor arándanos por 170g - EX – 2019-32980500; Alimento a base de coco y extracto natural de vainilla - yog sabor vainilla por 170g - EX – 2019-32980473; Alimento a base de coco, mango y maracuyá - yog sabor mango & maracuyá por 170g - EX – 2019-32980476; Alimento a base de coco - yog sabor natural estilo griego por 170g - EX – 2019-32980488; Alimento a base de coco y cacao - postre sabor chocolate por 170g, EX – 2019-32980491; Alimento a base de coco y ananá - yog bebible sabor ananá por 200g, - EX – 2019-32980479; Alimento a base de coco y durazno - yog bebible sabor durazno por 200g -, EX – 2019-32980485; Alimento a base de coco y frutos rojos - yog bebible sabor frutos rojos por 200g, - EX – 2019-32980482.La decisión de la firma se originó a partir de una investigación referida al etiquetado de los productos y a las acciones de auditoría y asesoramiento realizadas por la Unidad de Coordinación de Alimentos (UCAL) del Ministerio de Agroindustrias de la Provincia de Buenos Aires y el Instituto Nacional de Alimentos de esta Administración.

En el establecimiento se elaboran productos que tienen como ingredientes nueces, almendras y castañas de cajú y las medidas de gestión de alérgenos no aseguran que no exista contacto cruzado con otros productos allí elaborados. Por tanto, el rotulado debe incluir la leyenda "Puede contener almendras, nueces y castañas de cajú".