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Expertos detallan novedades en materia de emergencia y desastre agropecuario

La Secretaria de Agroindustria declaró la Emergencia y/o Desastre Agropecuario en diferentes provincias afectadas por inundaciones
28/01/2019 - 07:33hs
Expertos detallan novedades en materia de emergencia y desastre agropecuario

La Secretaria de Agroindustria, a instancias de recomendaciones de la Comisión Nacional de Emergencias y Desastre Agropecuario, declaró la Emergencia y/o Desastre Agropecuario en diferentes provincias afectadas por inundaciones.

En esta oportunidad, las resoluciones emitidas por la Secretaria de Gobierno de Agroindustria comprenden a las provincias de Corrientes, Chaco, Santa Fe y Santiago del Estero.

Esta decisión es tomada por la Nación en los términos de la Ley 26.509 y su Decreto Reglamentario 1712/09.CORRIENTES: la Resolución (SGA) 16/2019 declara la emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, para las explotaciones agropecuarias de todos los Departamentos de la Provincia de Corrientes, sus zonas bajas, de lagunas, bañados y esteros y en los valles de inundación de los ríos interiores, riachos, arroyos y del Rio Uruguay, que hayan sido afectadas por las lluvias sufridas en el mes de enero de 2019.

Para las explotaciones ganaderas el período comprendido es a partir del 01/01/2019 y hasta el 30/12/2019.

Para el resto de las explotaciones agropecuarias el período comprendido es a partir del 01/01/2019 y hasta el 30/06/2019.CHACO: la Resolución (SGA) 17/2019 declara la emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, en todo el territorio de la Provincia de Chaco.

Para las explotaciones ganaderas el período comprendido es desde el 15/01/2019 y y hasta el 15/01/2020.

Para el resto de las explotaciones agropecuarias el período comprendido es desde el 15/01/2019 y y hasta el 15/07/2019. SANTA FE: la Resolución (SGA) 18/2019 declara la emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, para las explotaciones agropecuarias ubicadas en los Departamentos de 9 de Julio, Vera y General Obligado y en los Distritos Romang y Colonia Durán pertenecientes al Departamento San Javier.

Para las explotaciones ganaderas el período comprendido es a partir del 01/01/2019 y hasta el 31/12/2019.

Para el resto de las explotaciones agropecuarias el período comprendido es a partir del 01/01/2019 y hasta el 31/08/2019.SANTIAGO DEL ESTERO: la Resolución (SGA) 19/2019 declara la emergencia y/o desastre, según corresponda, de las explotaciones agropecuarias afectadas por inundaciones ubicadas en los Departamentos Mariano Moreno, Juan Felipe Ibarra, General Taboada y Manuel Belgrano.

El período comprendido es desde el 01/01/2019 y hasta el 31 /12/2019.

Recordamos que la Ley N° 26.509 prevé beneficios financieros e impositivos para aquellos productores agropecuarios comprendidos en las zonas de emergencia o desastre. Para acceder a los mismos deben cumplirse ciertos requisitos:

Contar con el certificado extendido por la autoridad competente de la provincia respectiva, en los términos del artículo 8 del Anexo del Decreto 1712/09.Notificar a la AFIP el carácter de beneficiario con una antelación de 5 días hábiles a la fecha del vencimiento de las obligaciones comprendidas en el beneficio.2. RETENCIONES POR APLICACIÓN DEL SISA:

Asimismo, según dio a conocer la propia AFIP, se emitiría una norma dirigida a los productores agrícolas afectados por la emergencia y/o desastre agropecuario, tendiente a evitar que sufran retenciones del impuesto a las Ganancias con independencia del estado “Scoring” en el SISA.3. DEUDAS CON EL BANCO NACIÓN ARGENTINA:

En otro ámbito, el BNA resolvió adoptar medidas que permitan atenuar la situación financiera de los damnificados, con motivo de las inundaciones que afectan a grandes regiones del noreste del país. En tal sentido, acordó conceder esperas para que los clientes del Banco puedan hacer frente a sus compromisos relativos a préstamos personales, comerciales, como así también, tarjetas de crédito emitidas por el BNA.