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Cómo manejarse ante inspecciones fiscales y sentencias judiciales frente a la nueva coyuntura económica

La actual coyuntura económica junto al nuevo mapa político impacta de lleno en las empresas y obliga a elaborar planes de contingencia para las compañías
26/08/2019 - 10:27hs
Cómo manejarse ante inspecciones fiscales y sentencias judiciales frente a la nueva coyuntura económica

La actual coyuntura económica junto al nuevo mapa político impacta de lleno en las empresas y obliga a elaborar planes de contingencia para las compañías, como de igual manera para los directivos de las mismas.

Ante ello, el abogado Marcelo H. Echevarría -representante de empresas- señaló a iProfesional algunos puntos a tener en cuenta a modo de sugerencia:

1. En época de crisis toda empresa ya sea grande, mediana o Pyme necesita a sus profesionales de cabecera (sean abogados y contadores – internos o externos-) prestando el servicio con una inmediatez mayor a la usualmente brindada con los directivos y/o gerentes de las empresas que representan.

2. Ello, por cuanto las decisiones a tomar en una época de mucha incertidumbre, requieren evaluaciones a corto y mediano plazo a fin de contrarrestar un eventual riesgo jurídico que puede derivar en un futuro litigio judicial o en una pérdida económica sustancial.

3. No es momento de cerrar transacción alguna que pueda posponerse. No se conoce a ciencia cierta la volatilidad que podría tener a corto plazo el dólar (en caso de que la empresa se encuentre dolarizada).

4. En caso de recaer una sentencia judicial que deba afrontarse en lo inminente, nuestra sugerencia es solicitar en las mismas actuaciones judiciales una audiencia y definir un plan de pagos de la misma. No olvidemos que la tasa que rige en la justicia es la activa, por lo cual el no afrontar la obligación legal conlleva a abonar un alto porcentaje en concepto de intereses.

5. Si la empresa posee inspección con la AFIP o AGIP y se encuentra en condiciones de cerrar la misma ajustando el monto acordado con el organismo recaudador, nuestro asesoramiento es que proceda a realizarlo, toda vez que podrá abonar ese ajuste en 120 cuotas. Ello siempre muy bien evaluado por el abogado de la empresa a los fines de evitar una incursión- aunque habiendo afrontado el pago o regularizado esa deuda- en el nuevo Regimen Penal Tributario Ley 27.430.

6. Se hace necesaria la implementación de una amplia moratoria impositiva y previsional con condonación de interés, multas y extinción de acciones penales. Debe ser sancionada por el Congreso Nacional.

7. En caso de que el Congreso Nacional de curso favorable al tratamiento de una nueva moratoria logrando su aprobación, el importe ingresado en el plan vigente de 120 cuotas oportunamente regularizado se podrá reformular en esa moratoria, en donde se podrán deducir los intereses que se ingresaron y las multas, lo cual representaría una quita sustancial quedando solamente el capital histórico en vías de regularización.

8. En el marco de una inspeccion de la AFIP no olvidar las recomendaciones que brindan los contadores/abogados de las respectivas empresas.

9. No es momento de tomar decisiones que puedan tener impacto a futuro, toda vez que el escenario coyuntural es altamente incierto.

10. La empresa en marcha deberá mantenerse con las opiniones de manera permanente y los dictámenes de los profesionales que la representan los cuales, en esta situación de emergencia, cumplen un papel relevante, toda vez que una decisión mal tomada puede llevar a resultados que impactan de lleno en la línea de flotación de la propia empresa como en la responsabilidad directa de su CEO, directores o gerentes.