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¿Cómo calcular el IVA en Argentina 2021?

Te contamos, paso a paso, cómo calcular el IVA -Impuesto al Valor Agregado- y en qué tipo de actividades estás exentos de esta alícuota
17/04/2021 - 18:10hs
¿Cómo calcular el IVA en Argentina 2021?

El Impuesto al Valor Agregado –IVA- es una carga impositiva al consumo, es decir, es un impuesto que paga el consumidor. Entonces, para saber cómo calcular el IVA hay que tener en cuenta que los consumidores finales son los que pagan este impuesto dentro del precio de los productos y servicios que adquieren.

Por otro lado están los comerciantes y aquellas personas alcanzadas por el impuesto (Responsables Inscriptos), quienes están obligados a discriminar el IVA al momento de la venta de sus productos o servicios, para luego declarar dicho monto ante AFIP y pagar el correspondiente impuesto.

De esta manera, para saber cómo calcular el IVA también es importante entender que se aplica en cada fase de producción. El mismo se aplica sobre el valor que se agrega, es decir, sobre la modificación que se le va haciendo al producto en cada etapa, hasta llegar al consumidor final.

¿Cómo calcular el IVA en Argentina 2021?

¿Cómo calcular el IVA?: tres tasas

Par saber cómo calcular el IVA hay que tener en cuenta que existen tres tasas de IVA en Argentina en 2021, las cuales también son llamadas alícuotas.

Cómo calcular el IVA: una cuenta que deben hacer vendedores y consumidores.
Cómo calcular el IVA: una cuenta que deben hacer vendedores y consumidores.

Las tres tasas que se deben conocer para saber cómo calcular el IVA son del:

  • 21%: es la tasa general, la más común.
  • 10,5%: para ciertos productos, como los electrónicos y las frutas y verduras
  • 27%: para ciertas actividades, como telecomunicaciones y energía eléctrica

¿Cómo calcular el IVA?: haciendo cuentas

A la hora de saber cómo calcular el IVA, y si se trata de una empresa grande o de alguna actividad donde esté al frente una sola persona, lo más recomendable es que el cálculo y la presentación del IVA la realicen profesionales contables.

Si bien a simple vista la liquidación del impuesto puede resultar sencilla, existen muchísimas variantes, complejidades y detalles a tener en cuenta, que hacen que se puedan cometer errores con facilidad. Hay que tener en cuenta que al momento de saber cómo calcular el IVA, si aparecen equivocaciones, pueden considerarse, muchas veces, delitos fiscales.

¿Cómo calcular el IVA?: inscripción

Los pasos a cumplir comienzan una vez que el contribuyente esté inscripto en el impuesto de IVA ante la AFIP. A partir de ese momento, está obligado a presentar IVA de forma mensual. Para saber cómo calcular el IVA se utiliza un sistema de créditos y débitos que determina el monto a pagar.

Las formas para saber cómo calcular el IVA son dos:

  • Crédito fiscal: es el IVA que se genera cuando un Responsable Inscripto hace una compra o adquiere un servicio de otro Responsable Inscripto. En su factura, se agrega un importe en concepto de IVA.
  • Débito fiscal: es el IVA que se genera cuando un Responsable Inscripto vende un producto o servicio. Factura según la condición de IVA del comprador (Factura A o Factura B).

¿Cómo calcular el IVA de mis compras?

Para pagar este impuesto y saber cómo calcular el IVA se debe sumar todo el IVA de las facturas de ventas y restarle todo el IVA de las facturas de compras.

Cómo calcular el IVA: la mayoría de las compras tienen esta alícuota.
Cómo calcular el IVA: la mayoría de las compras tienen esta alícuota.

Hay que tener en cuenta que cuando se compra mercadería o cualquier insumo, ya sea para revender o para utilizarla en la elaboración de los productos propios, se recibe de parte de los proveedores una factura. Dicha factura contiene un IVA "comprador".

¿Cómo calcular el IVA?: ejemplo

Para poder realizar un cálculo y conocer cómo calcular el IVA, se toma como ejemplo el caso de un proveedor que sea Responsable Inscripto, entonces:

En el caso de ser monotributistas, el proveedor entregará al momento de comprar una factura tipo "B", la cual no tendrá el IVA discriminado, pero no hay que olvidar que esos productos que se están comprando tienen el IVA contenido en el precio.

Ejemplo compra factura tipo "B":

  • Precio producto: $100 + el IVA (compra): $21(vemos el total en una sola línea de la factura).
  • Total Factura: $121.

En cambio, si se trata de Responsables Inscriptos, al momento de comprar se recibe de parte del proveedor una factura tipo "A", en la misma se verá el precio unitario de los productos que se están comprando, el IVA (IVA de los productos que se están comprando) y el total de la factura.

Ejemplo compra factura tipo "A":

  • Precio producto: $100.
  • IVA (compra): $21.
  • Total Factura: $121.

¿Cómo calcular el IVA?: las ventas

En el caso de tratarse de Responsables Inscriptos, se tendrá que sumar el IVA al momento de facturar las ventas.

Entonces, por ejemplo, al precio que se quiere cobrar de "X" producto, se le aplica la alícuota de IVA, es decir el porcentaje que permitirá calcular el impuesto. Entonces la factura de venta quedará así:

  • Precio producto: $200.
  • IVA (venta): $42.
  • Total Factura: $242.

Siempre hay que tener en cuenta el IVA, por más que se sea monotributista.

Por lo general los monotributistas no tiene en cuenta el IVA al momento de facturar. Colocan el precio de sus productos o servicios en función de los costos y márgenes de utilidad. Pero al convertirse en Responsable Inscripto tendrán que empezar a considerarlo.

¿Cómo calcular el IVA y sacarlo de una factura?

Otro de los pasos que es importante conocer al momento de aprender el paso a paso de cómo calcular el IVA, es saber cómo sacar el IVA de una factura que no tenga discriminado el impuesto, es decir una factura tipo "C" o "B".

Cómo calcular el IVA: algunas actividades están exentas.
Cómo calcular el IVA: algunas actividades están exentas.

Para saber cómo calcular el IVA en este caso, se debe realizar la siguiente operación:

  • Tomar el total de la factura y dividirlo por 1,21. Así se obtendrá el importe neto de la factura (el precio sin IVA).
  • A este importe se le debe aplicar la alícuota del IVA, por ejemplo el 21%. Multiplicando el neto por el porcentaje se obtiene el impuesto.
  • Sumar el neto obtenido en el punto 1 y el IVA obtenido en el punto 2 y se tendrá el total de la factura.

¿Cómo calcular el IVA?: retenciones

Otro punto importante al momento de saber cómo calcular el IVA es conocer cuando se vende un producto y el cliente no paga el total de la factura, sino que paga una parte y entrega un certificado por la diferencia. Ese certificado es el comprobante de la retención de impuesto, que de acuerdo a la ley, el cliente tuvo que realizar.

El agente de recaudación (en este caso tu cliente), está obligado por ley a retener el impuesto, para luego ingresarlo a las arcas del Estado.

La persona que recibe la retención, debe tomarla como un pago a cuento del IVA. Entonces el contador utilizará esa retención para que se pague menos impuesto al momento del vencimiento de IVA.

¿Cómo calcular el IVA?: percepciones y retenciones

Algunas empresas pueden ser designadas por AFIP como "Agente recaudador". El término significa que aquella empresa está obligada a percibir (de tu compra) o retener (de tu venta) un monto adicional de IVA (u otro impuesto, por ej. Ingresos Brutos) en concepto de impuesto adelantado. Por, ejemplo, Mercado Libre es agente de percepción en distintos regímenes. Generalmente el monto es del 3% de la factura.

  • Percepción de IVA: si un proveedor tuyo es agente de percepción, deberá percibir un adicional del total de la factura que te emitió y deberás pagar más. Para justificar el monto que te fue percibido podrás presentar como comprobante la misma factura. La percepción se realiza en el momento de la compra y vos la pagas cuando cancelas la factura.
  • Retención de IVA: Si un cliente tuyo es agente de retención, deberá retener una parte del total de la factura que le emitiste y pagarte menos.

Para justificar el monto que fue retenido, el cliente deberá entregar como comprobante un "certificado de retención". El mismo especifica qué impuesto te retiene y el monto. Con este comprobante podrás deducir del mismo impuesto el monto retenido.

¿Cómo calcular el IVA?: no sujeto y exentos

Algunas actividades son consideradas como "No sujetas" a IVA. Por definición, no se aplicará IVA ya que no existe obligación tributaria ni hecho imponible.

En otros casos, algunos productos o servicios, debido a cambios en la Ley tributaria, quedan eximidos del pago del impuesto, por más que exista obligación tributaria y hecho imponible.

Las actividades que suelen ser exentas de IVA son:

  • Operaciones médicas y sanitarias
  • Actividades educativas (por entidades públicas o privadas autorizadas)
  • Actividades sociales, deportivas, y culturales
  • Exportaciones de servicios
  • Libros, folletos, diarios, revistas y publicaciones similares, en cualquier formato y en toda la cadena de comercialización y distribución.
  • Sellos de correo, timbres fiscales, papel timbrado, billetes de banco, títulos de acciones y similares.
  • Billetes para juegos de sorteos o de apuestas autorizados y oficiales.
  • Agua natural y leche fluída o en polvo, mientras el comprador sea un consumidor final, el Estado nacional, provincial o municipal, comedores escolares, universitarios u obras sociales.
  • Aeronaves destinadas al transporte de pasajeros.
  • Los servicios de enseñanza privados para personas discapacitadas.
  • Servicios de culto prestados por instituciones religiosas
  • Servicios prestados por obras sociales.
  • Servicios de asistencia sanitaria, médica y paramédica en todos sus tipos y especialidades.
  • Servicios funerarios realizados a través de cooperativas.
  • Espectáculos teatrales y de carácter deportivo amateur.
  • Servicios de taxi y remis cuyo recorrido no supere los 100 KM.
  • La explotación de ferias, congresos y exposiciones, y la locación del espacio utilizado para los mismos.

¿Cómo calcular el IVA?: declaración jurada 

Toda empresa que no sea exenta de IVA, deberá confeccionar una declaración jurada del IVA. La misma se puede realizar a través de nueve pasos en la página de la AFIP.

Cómo calcular el IVA: los responsables inscriptos deben pagarlo.
Cómo calcular el IVA: los responsables inscriptos deben pagarlo.

Para saber cómo calcular el IVA y los pasos necesarios para confeccionar la declaración jurada del Impuesto al Valor Agregado hay que tener en cuenta dos puntos importantes:

  • Por un lado, recordar que se debe ingresar la clave fiscal al servicio "Mis Aplicaciones Web". De no encontrar este servicio se deberá habilitar utilizando la opción "Administrador de Relaciones de Clave Fiscal".
  • Por otro lado, los responsables inscriptos que efectúen ventas de bienes y/o locaciones de servicios, y que por sus características no requieran el ingreso de datos específicos y/o posean determinadas particularidades, deberán confeccionar la declaración jurada del Impuesto al Valor Agregado por internet.

Paso 1 de 9

Se debe ingresar con clave fiscal al servicio "Mis Aplicaciones Web" y seleccionar la opción "Nuevo" que se encuentra en el margen superior izquierdo de la pantalla.

Paso 2 de 9

En la pantalla que se abre a continuación se deben completar los datos requeridos seleccionando:

  • Organismo: AFIP
  • Formulario: F.2002 - IVA POR ACTIVIDAD
  • Período fiscal: período a declarar (AAAAMM)

Luego presionar "Aceptar".

El paso siguiente es indicar si realiza alguna de las actividades que están excluidas del formulario online. Caso contrario, marcar una recuadro que aparece sobre el final: "Declara no haber efectuado en el período operaciones mencionadas en el punto V". Una vez realizado este punto se coloca "Continuar".

Paso 3 de 9

Se habilitan las solapas para cargar el débito fiscal y el crédito fiscal, y proceder a la liquidación. Asimismo, el sistema permite verificar, grabar, dar vista preliminar y presentar la declaración jurada.

Paso 4 de 9

Débito fiscal: se debe seleccionar la solapa "Débito Fiscal" para visualizar las actividades registradas y presioná el "signo +" para acceder a las opciones de carga, como se indica seguidamente.

En el caso de seleccionar la opción para cargar operaciones con responsables inscriptos, indicar para cada alícuota el neto gravado y calcular el débito fiscal automáticamente.

Recordá que:

  • Si hubieras optado por la opción de venta a exentos o consumidores finales, el importe de ventas a ingresar es el total de las ventas y no el neto gravado.
  • La carga de las ventas y de los consecuentes débitos fiscales tiene que informarse por actividad.

Paso 5 de 9

Seleccioná la solapa del "Crédito Fiscal" para acceder a las opciones de carga vinculadas al crédito fiscal.

Ingresá el crédito fiscal e informá para cada alícuota el neto gravado que origina el crédito fiscal.

Una vez terminada la carga de créditos fiscales, volvé a la pantalla de origen.

Paso 6 de 9

En la siguiente pantalla se podrán observar los totales cargados tanto del débito como del crédito fiscal. Asimismo, se habilitan otras opciones de carga de datos referentes a:

  • Saldo a favor técnico del mes anterior.
  • Saldo a favor de libre disponibilidad del período anterior, neto de usos.
  • Retenciones.
  • Percepciones.
  • Percepciones de aduana.
  • Regímenes de pagos a cuenta.

Y en el final se determina el saldo a favor del contribuyente o de AFIP.

Paso 7 de 9

Saldo libre disponibilidad: se informa el saldo de libre disponibilidad del período anterior. En el caso que se haya utilizado para compensar alguna obligación o se lo haya transferido, se deben ingresar los datos de la compensación o transferencia a través de nuevas pantallas.

Paso 8 de 9

Retenciones: Se ingresa en la opción "Mis retenciones", el sistema trae directamente la información que fuera dada por los agentes de retención. En el caso que no figure alguna retención sufrida, se puede  ingresar a través del botón "Agregar".

Paso 9 de 9

Presentar la declaración jurada: una vez cargados todos los datos, se está en condiciones de saber cómo calcular el IVA y se puede presentar la declaración jurada utilizando el botón "Presentar" que aparece sobre el borde superior derecho.

Así se finaliza el trámite.