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Monotributo: así es el proyecto para evitar deudas retroactivas y subir los límites de categorías que se aprobará hoy

La iniciativa para evitar deudas retroactivas y subir límites máximos de las categorías verá su sanción este jueves y se espera una pronta reglamentación
15/07/2021 - 13:00hs
Monotributo: así es el proyecto para evitar deudas retroactivas y subir los límites de categorías que se aprobará hoy

El Senado aprobará en la sesión de esta tarde la ley sobre Monotributo presentada para terminar con las fuertes deudas que había generado a los contribuyentes la interpretación de la AFIP de una norma anterior.

El nuevo proyecto del presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Massa, se denomina Programa de fortalecimiento y alivio fiscal para monotributistas, y propone sostener las cuotas entre enero y junio pasado a los valores de diciembre 2020, sin ninguna actualización.

También pone mayores límites para pasar a una categoría más alta, aunque esto rápidamente queda siempre desactualizado a raíz de la inflación y constantemente más monotributistas salen del régimen.

Por último, la iniciativa ofrece una moratoria para monotributistas que tengan deudas con la AFIP.

Los puntos abarcados por el proyecto son los que siguen, indicó el especialista Daniel Pérez:

A los valores de diciembre

En realidad, este fue el punto que movilizó la generación del proyecto, afirmó Pérez.

Ahora, el proyecto busca retrotraer el valor del impuesto integrado y de las cotizaciones previsionales, incluida la porción de obra social, a los valores de diciembre de 2020.

La actualización de los valores que se había efectuado en forma retroactiva, generó el conflicto.

Mediante esta disposición del proyecto, que obtuvo hace 15 días media sanción de la Cámara de Diputados, si los valores ya se habían ingresado al valor histórico quedan ingresados en forma correcta.

Por el contrario, si no se habían ingresado las cuotas según los montos que estaban vigentes, deberán abonarse ahora, al valor de diciembre de 2020, con más los intereses correspondientes.

No correrán intereses por los meses adeudados si se pagan las cuotas antes de que entre en vigor la ley, o si se regularizan las deudas en el régimen especial de pagos que se crean, que condona esos intereses, precisó Pérez.

El proyecto elimina la recategorización de oficio que generó deudas a los monotributistas

Cómo se llegó a esta instancia

La AFIP no permitió la recategorización de enero, porque estaba pendiente una modificación legal, y realizó una reubicación de oficio de los monotributistas en la escala luego de 6 meses, tras la aprobación de una iniciativa del Gobierno en el Congreso.

A esto se sumó, que el organismo recaudador efectuó el reajuste siguiendo el nivel de incremento de los jubilados que cobran el haber mínimo, que fue de 35,3%.

De esta manera, quienes ya habían pagado mes a mes el Monotributo, se encontraron con que tenían una deuda correspondiente al retroactivo a enero que generaba la recategorización de oficio de la AFIP.

Por ejemplo, un monotributista que se mantenía en la categoría A, había pagado $1.955,68 todos los meses, pero luego de la recategorización, la cuota pasaba en forma retroactiva a $2.646,22, con una diferencia, de $690,54. Esta cifra, multiplicada por los 5 meses abonados daba una deuda de $3.452,70.

Si alguien pasó de la categoría B a la A, tenía una diferencia mensual que, a partir de febrero, era de $459,42. Como respecto de lo pagado en enero, la diferencia era de $772,15, lo que se le reclamaba era de $2.609,83.

Para categorías más altas, las cifras trepaban en importancia. Para un monotributista que permanecía en la categoría K, por ejemplo, la deuda que le reclamaba la AFIP era de $5196,33 por mes, o sea un total de $25.981,65.

Primero, la AFIP ofreció cuotas para pagar esas deudas, pero cuando continuó el escándalo, el organismo fiscal prorrogó el pago del 25 de junio, y la recategorización que correspondía realizar el mes pasado pasó a agosto.

Actualización de escalas

El proyecto fija nuevos parámetros de ingresos brutos como techo de las categorías, los que regirán a partir del 1° de de este mes de julio, explicó Pérez.

La actualización no es pareja para todas las categorías.

Las primeras categorías (A, B y C) aumentan en un promedio del 32%; las de la D a la G, aumentan aproximadamente el 24% y las más altas de la H a la K aumentan entre el 10% y el 5%, precisó Pérez.

Las nuevas escalas irán desde una facturación máxima de $370.000 para la categoría A hasta $3,7 millones para la categoría K, que es la más alta para venta de bienes.

Para los profesionales y otros prestadores de servicios, el tope de la categoría H, que es la máxima a la que pueden llegar dentro del Monotributo, será de $2,6 millones, y después de esa cifra pasarán al régimen puente para llegar a inscriptos en IVA y Ganancias

Permanencia en el Monotributo

El llamado "Alivio fiscal para pequeños contribuyentes" se refiere a que los monotributistas que al 30 de junio pasado hayan excedido, a esa fecha y o en cualquier anterior, el tope de la máxima categoría podrán permanecer en el Monotributo, manifestó Pérez.

El tope se tomará al valor aplicable al día en que se produjo la exclusión de hecho del Monotributo, por haber superado el límite máximo de la categoría más alta.

Este beneficio de permanencia también se extiende a los contribuyentes que hayan sido excluidos o que hayan renunciado al Monotributo entre el 1 de enero y el 30 de junio de este año.

Con el beneficio de permanencia, los monotributistas podrán mantendrán esta condición si sus ingresos brutos no superan los nuevos montos para la máxima categoría. O sea $3,7 millones para la venta de bienes, o $2,6 millones para prestación de servicios.

Pero los monotributistas deberán cumplir condiciones adicionales para obtener el beneficio de permanencia, que Pérez enumeró como sigue:

1. Durante 2020, registrar ingresos que no superen el 1,5 veces los ingresos brutos máximos de la categoría "K al nuevo valor ($3,7 millones x 1,5, o sea, $5,55 millones).

2. El total de los bienes del país y del exterior, gravados, no alcanzados y exentos según el Impuesto sobre los Bienes Personales, no pueden superar al 31 de diciembre de 2020 la suma de $ 65 millones. Esto es sin considerar el valor de la casa habitación ni ningún tipo de mínimo no imponible.

3. Abonar una "cuota especial", consistente en 1 vez el valor mensual, para las categorías: E, F y "G, y 2 veces el valor mensual para las categorías H, I, J y K. El pago de este monto será por única vez.

Los contribuyentes que no puedan acceder a estos beneficios, por no cumplir con las condiciones fijadas, serán excluidos desde la 0 horas del día en que hayan excedido el límite superior de ingresos brutos de la máxima categoría que correspondió a la actividad, advirtió Pérez.

La norma deja a la reglamentación de la AFIP la tarea de fijar el plazo para que los contribuyentes que se excedieron del límite de la máxima categoría hagan el trámite de reingreso al Monotributo.

La AFIP deberá implementar una moratoria con 60 cuotas e interés máximo de 1,5% mensual
La AFIP deberá implementar una moratoria hasta 60 cuotas e interés máximo de 1,5% mensual

Nueva moratoria

El proyecto establece un régimen de regulación de deudas que se hayan generado por obligaciones devengadas o infracciones cometidas al 30 de junio pasado, expresó Pérez.

El plan ofrece también la posibilidad de regularizar obligaciones devengadas al 30 de junio incluidas en planes de facilidades caducos o vigentes; o sea que se podrán reformular planes.

Se establece con alcance general la condonación de multas y demás sanciones que no se encontraren firmes, como así también de la condonación de los intereses resarcitorios y/o punitorios.

Pero esta condonación rige si en que las respectivas obligaciones (impuesto integrado, jubilación y obra social) cumplen alguno de los siguientes requisitos, precisó Pérez:

- Cancelación con anterioridad a la vigencia de la ley.

- Pago de contado.

- Refinanciación a través del plan de facilidades de pago que deberá instrumentar la AFIP según esta ley.

El plan de financiación que deberá poner en funcionamiento la AFIP tendrá un máximo de 60 cuotas y un interés de financiación no superior al 1,5% mensual.

De todos modos, los monotributistas seguirán a la espera de qué hará la AFIP después de que se apruebe la ley y, una vez que se reglamente, deberán vigilar la Cuenta Corriente del Monotributo para saber qué les exige el organismo que paguen ahora.

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