Despidos y retiros voluntarios: de cuánto es la gratificación por cese y qué impuestos paga
Las empresas están poniendo en marcha muchos retiros voluntarios y despidos que se terminan instrumentando de acuerdo a lo previsto en la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) para el mutuo acuerdo.
Cómo son las gratificaciones por cese laboral
Al no contener la Ley de Contrato de Trabajo una tarifa que establezca los montos a abonar, las partes libremente pactan las sumas con el fin de concluir la relación laboral, indica el abogado laboralista Lucas Tamagno.
Los montos acordados por fuera de los conceptos salariales se asignan al concepto "gratificación por cese" o "gratificación extraordinaria".
Estos conceptos son pactados con una cláusula de compensación por cualquier otro concepto que pudiera haber quedado pendiente de pago y que algunos trabajadores posteriormente pudieran reclamar o discutir en la Justicia laboral, explica.
Estas sumas estaban muy cuestionadas en la Justicia, hasta que las avaló un fallo de la Corte Suprema de Justicia en la causa "Ocampo c/BGH", durante la pandemia.
Cómo se aplican los impuestos a la gratificación
Las gratificaciones extraordinarias por cese han generado diversas posiciones a lo largo de los años respecto del impacto tributario que podrían tener, principalmente en materia de Impuesto a las Ganancias, señala Tamagno, y comenta:
Ya en el año 2014 la Corte Suprema había sostenido en el fallo que correspondía hacer lugar a una demanda interpuesta por un trabajador en cuanto perseguía la repetición (devolución) de una suma de dinero que le había sido retenida en concepto de Impuesto a las Ganancias al percibir la liquidación correspondiente al retiro voluntario.
Esta suma de Impuesto a las Ganancias había sido calculada sobre el rubro "gratificación por cese laboral".
La Corte sostuvo que el concepto "gratificación" carece de la periodicidad y de la permanencia de la fuente, necesarias para quedar sujeta al gravamen, en los términos de la Ley de Impuesto a las Ganancias.
Qué pasa con los empleados con cargos directivos
Esta posición fue pacífica por lo que, en el año 2021, la por entonces AFIP, dictó la circular 4/2021 que estableció que las indemnizaciones o gratificaciones abonadas con motivo de la desvinculación laboral a empleados que se desempeñen en cargos directivos se encuentran gravadas en el monto que exceda los mínimos indemnizatorios.
De esta forma, todo aquel empleado que no ostenta un cargo directivo está exento de retenciones de Impuesto a las Ganancias.
Respecto del aspecto previsional, la gratificación por cese, al ser abonada y encuadrada en un pago extraordinario y por única vez, se encuentra exenta de ser considerada remunerativa, ya que no se abona por una contraprestación producto del trabajo, sino que se abona por el cese o extinción de la relación, aclara Tamagno.
Qué se entiende por cargos directos en Impuesto a las Ganancias
La normativa vigente establece que los pagos por cese laboral —como gratificaciones o indemnizaciones— están alcanzados por el Impuesto a las Ganancias cuando se trata de personas que hayan ocupado cargos directivos o ejecutivos, siempre que dichos pagos excedan los mínimos indemnizatorios previstos en la legislación laboral, puntualiza Andrés Tellado, de KPMG Argentina.
Estos mínimos indemnizatorios pueden variar dependiendo de si el empleado puede litigar en CABA o en las provincias, agrega.
Esta categoría (directivos-ejecutivos) incluye no solo a miembros del órgano de administración de la sociedad que a su vez reportan como empleados bajo relación de dependencia de la misma, sino también a posiciones gerenciales que hayan tenido poder de decisión o ejecutado políticas definidas por los órganos societarios, aclara.
La condición para que la gratificación por cese a estos gerentes sea alcanzada por el Impuesto a las Ganancias depende también de que además su remuneración supere los 15 SMVM (salario mínimo vital y móvil), remarca.
En cuanto a puestos regionales o segundas líneas gerenciales, se abre una zona de interpretación legal, asegura.
ARCA aún no ha emitido una posición pública clara sobre casos como estos, frecuentes en multinacionales y grandes empresas nacionales. Por eso, en estos casos se debe analizar cada situación concreta, considerando tanto el rol funcional como el nivel salarial, recomienda Tellado.
La gratificación por cese está siendo implementada en numerosos despidos y retiros voluntarios que se multiplican por estos días en las empresas, y están exentas del Impuesto a las Ganancias para quienes no tienen un cargo directivo.