Nueva normativa ARCA: cómo cambia el esquema de contingencia si falla el facturador electrónico
ARCA ajustó las pautas de emisión de comprobantes ante fallas en "WebService", con la redefinición del procedimiento de excepción para la emisión de comprobantes electrónicos cuando no funciona el facturador electrónico o ante fallas de Internet.
A través de la resolución general 5785, ARCA introdujo cambios en el régimen de emisión y registración de comprobantes originales, reestructurando el procedimiento de contingencia en la facturación electrónica.
Se establece el CAEA: Código de Autorización Electrónico Anticipado, una herramienta del sistema de facturación electrónica de ARCA que permite a los contribuyentes seguir emitiendo comprobantes ante problemas técnicos.
La nueva normativa establece el CAEA como la primera opción a utilizar cuando existe una contingencia (por ejemplo, fallas en el servicio "WebService" o falta de conectividad) que impida obtener el CAE (Código de Autorización Electrónico) de manera online e inmediata.
La entrada en vigencia de esta normativa está pautada para el 1 de junio de 2026.
Qué modifica la nueva norma sobre facturación
Con el nuevo procedimiento de excepción para la emisión de comprobantes electrónicos:
Qué facultades de control y sanción tiene ARCA
Por otro lado, la normativa amplía y detalla las facultades de ARCA frente a diversos incumplimientos fiscales, pudiendo aplicar distintas medidas por incumplimientos detectados.
La sanción más específica y directa mencionada en el contexto de la nueva normativa es la siguiente:
Denegación del CAEA: ARCA cuenta con la posibilidad de no otorgar el código de excepción, es decir, impedir que el contribuyente use el método de contingencia a aquellos que:
- Omitan la rendición (información posterior) de los comprobantes emitidos bajo dicho código.
- No presenten la declaración jurada F. 2051 (IVA Simple).
También se aplican sanciones generales por incumplimientos fiscales (IVA y deberes formales)
Más allá de la denegación del CAEA, ARCA puede aplicar un rango de multas y sanciones por incumplimientos generales, especialmente por faltas a los deberes formales o a la correcta liquidación del IVA:
Falta de presentación de declaraciones juradas informativas (IVA Simple)
Multas de $500 a $45.000 por incumplimiento a los requerimientos de ARCA. (El monto se ajusta según la condición del contribuyente y la gravedad).
Omisión de impuestos (por error, inexactitud en el IVA, etc.)
Multa por omisión: generalmente, es de 2 a 6 veces el monto del impuesto retenido o percibido que se mantenga en poder del agente de retención.
En casos de simulación, la multa puede ser de 2 a 10 veces el gravamen simulado.
Incumplimiento de deberes formales, como no emitir factura
Multas (como no emitir facturas, no exhibir documentación o errores en la registración) que pueden ir desde montos menores hasta la posibilidad de Clausura del establecimiento.
ARCA modifica, con vigencia a partir de junio de 2026, el mecanismo de emisión de facturas en caso de fallas del facturador electrónico, estableciendo un CAEA que se pide anticipadamente por quincena y cuya utilización se rinde posteriormente, antes de solicitar el nuevo CAEA.