NEGOCIOS

Por qué grandes contribuyentes eligen las UTE para sus negocios

Las empresas recurren a esta modalidad para concretar proyectos y por sus claros lí­mites sobre responsabilidad. La complejidad del sistema impositivo
Por iProfesional
IMPUESTOS - 10 de Mayo, 2007

La figura de las Uniones Transitorias de Empresas, comunmente llamadas UTE, sigue despertando inquietudes. Desde el ángulo de sus beneficios y a la hora de analizar el marco normativo que las regula, al momento de pagar impuestos o presentar balances, atraen el interés especialmente de grandes empresas que gustan de conformarlas para desarrollar conjuntamente proyectos de magnitud.

Los especialistas y asesores tributarios coinciden en que la propia jurisprudencia, los usos y costumbres, dictámenes, han llegado a "cubrir" a los fines prácticos los "vací­os legales" o "zonas grises" que dejaba, entre otros, el Impuesto al Valor Agregado (IVA).

Empresas petroleras, de extracción de minerales, prestadoras de servicios, constructoras, son asiduas "usuarias" de esta modalidad que les permite aunar esfuerzos y recursos para llevar a cabo diversos proyectos.Buscan "sinergia" de modo de optimizar recursos, experiencias, coordinar procesos, explotar concesiones, compartir gastos e incluso "unificar la facturación a determinados clientes", términos que surgen de la propia  Resolución Técnica Nº 14, de la Federación de Consejos Profesionales (Facpce), que fija claras pautas sobre valuación y exposición a los fines contables.

El negocio en su conjunto cuenta con sus propios balances. Sobre este particular es común que se presenten en la práctica interrogantes sobre el tratamiento contable de los bienes donde los participantes de la UTE conservan la titularidad o el caso de intangibles, como el prestigio de un determinado nombre o información especí­fica de la empresa que compone la UTE.

Otro aspecto central de las UTE es que el contrato indica como plazo de su duración el mismo que lleva la obra, prestación del servicio, suministro, etcétera.

Las UTE tributan como tal en el IVA, Ingresos Brutos (cuestión que plantea un análisis especial cuando se actúa en diversas jurisdicciones) y a los fines de liquidar cargas sociales.

En cambio, no tributan en cabeza de la UTE en el caso del Impuesto a las Ganancias, ya que lo deben hacer las empresas que la constituyen.

La jurisprudencia gana terreno a la hora de los impuestosCésar Litvin, Socio del estudio Lisicki, Litvin & Asociados recordó que las "UTE son sujetos responsables en el IVA. Tributan como una unidad. En cambio, en Ganancias, cada empresa declara por separado".

Desde la firma PricewaterhouseCoopers, el especialista en temas tributarios Jorge San Martí­n, aseguró que de a poco las zonas grises en materia impositiva se fueron aclarando especialmente en lo que respecta al IVA.

"En los casos de la construcción, industria del petróleo, existieron algunos embates respecto de la tributación para exportaciones o incluso ventas en el mercado local. Frente a la falta de precisiones, en la práctica las empresas pudieron acomodarse gradualmente y tomaron como referencia la jurisprudencia, los resultados de inspecciones del fisco, los criterios adoptados por la AFIP a fin de esclarecer cuál es el tratamiento impositivo aplicable".

Así­, señaló que para el caso petrolero la Ley de IVA indica que la UTE es sujeto del impuesto pero que a la hora de la verificación del hecho imponible se suscitan algunas dudas. Por ejemplo, mencionó que en el caso de los hidrocarburos la UTE como tal no son las propietaria de éstos. Entonces, "el único autorizado a la venta es el partí­cipe de la UTE petrolera ya que el hidrocarburo es extraí­do por la UTE pero lo vende el partí­cipe que, en definitiva, es quien genera el hecho imponible".

No obstante, acotó, que es como si los usos y costumbres hubieran dado una solución en este aspecto "la UTE puede incurrir en crédito fiscal y descargarlos a favor de los partí­cipes", explicó el especialista.

Por otra parte, en las UTE de la construcción sucede algo similar. Si la UTE construye y las unidades son vendidas por la UTE, el hecho imponible se configura en cabeza de la UTE que genera el crédito fiscal de la construcción y que juega con el IVA producido de la venta. En cambio, aclaró, si construye la UTE y entre las unidades construidas a los partí­cipes sucede algo similar al caso del petróleo.

El Impuesto sobre los Ingresos Brutos merece un capí­tulo aparte. El experto advirtió que en algunas legislaciones provinciales es la UTE el sujeto del impuesto mientras que en otras no, lo cual se dificulta si el negocio se lleva a cabo en más de una provincia, agregó. En este sentido, concluyó, es importante que el impuesto se pague una sola vez para lo cual recomendó unificar criterios en materia de designación de responsables frente a este tributo.

Cómo funciona el tema contableLitvin también señaló que "puede ocurrir que las empresas parte presenten balances en distintas fechas de cierre de ejercicio.

"Como no todas las UTE están obligadas a preparar estados contables, es recomendable, teniendo en cuenta la fecha de las empresas miembro, preparar un balance en una fecha que facilite la asignación de las utilidades a las demás".

La Resolución Técnica 14 (norma profesional que regula la  práctica contable a los fines de confeccionar balances) fija como método a utilizar el de "consolidación proporcional" para exponer la participación en el negocio conjunto.  En este sentido, un aspecto de especial cuidado consiste en distinguir entre el porcentaje de participación en los resultados reconocida (sobre todo tipo de bienes, incluso intangibles) y el porcentaje de aportes que figura en los estados contables del negocio conjunto.

Ventajas y desventajas de las UTEEnrique Scalone, vicepresidente lº de la International Fiscal Association (IFA) y socio del estudio que lleva su nombre, explicó que las UTE son una agrupación no societaria. Esto significa que no tienen personerí­a jurí­dica.  "Permite el trabajo en común para un emprendimiento entre empresas no vinculadas. Habitualmente, obras públicas, explotación minera o petrolera", aclaró.

El especialista puso de relieve las ventajas de conformar una UTE como así­ también las desventajas, lo cual sintetizó de la siguiente forma:

Preguntas y respuestas usualesA modo de "glosario" vale cerrar algunos conceptos que se utilizan a la hora de hablar de las UTE:

  • ¿Cómo se toman las decisiones?En la Ley 19.550 está previsto que sean tomadas por acuerdo unánime, salvo previsión expresa del contrato constitutivo.
  • ¿A quién se conoce como participante?Es un integrante de un negocio conjunto que tiene el control.
  • ¿Quién es el inversor pasivo?Es también un integrante del negocio pero que no tiene ni control individual ni conjunto.
  • ¿Cómo se valúan y exponen los resultados del ejercicio?Se utiliza el método de consolidación proporcional que indica, según los términos de la resolución técnica Nº 14, que "la porción de cada participante, en cada uno de los activos, pasivos, ingresos y gastos y ganancias y pérdidas de al entidad controlada conjuntamente, se suma, lí­nea por lí­nea, con las partidas similares de sus estados cotnalbes, o se preenta como partida separada dentro de cada uno de los rubros".

Samanta Linares 

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