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La AFIP suma aplicativos para facilitar el pago de impuestos

Los nuevos progamas provistos por la AFIP permiten la presentación unificada de tributos, la cancelación ví­a internet y el acceso a facilidades de pago
15/05/2007 - 14:01hs
La AFIP suma aplicativos para facilitar el pago de impuestos

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) busca facilitar el cumplimiento tributarios de los contribuyentes con los nuevos aplicativos que permiten la presentación unificada de tributos, la cancelación del saldo ví­a internet y el acceso a planes de pago.

Los recientes programas que se implementan en Ganancias, Bienes Personales, retenciones, percepciones y Cargas Sociales son claros ejemplos del objetivo perseguido por el fisco nacional.

Actualización del software
Un programa cuya utilización se potencia en esta semana es el denominado "Ganancias Personas Fí­sicas – Bienes Personales, versión 8.0, release 1".

Teniendo en cuenta que hoy arranca, para las personas fí­sicas, la segunda etapa de los vencimientos que gravan la riqueza, el mencionado aplicativo permite la presentación unificada de ambos tributos y el acceso a un plan de pagos en 3 cuotas sin intereses, para ingresar el saldo correspondiente.

El nuevo programa será obligatorio u opcional, de acuerdo a las actividades realizadas y el monto de los ingresos anuales, tal como informa la AFIP a través de su página web.

Cargas sociales
Debido a los cambios respecto a los nuevos topes, que incluye el utilizado al momento de calcular los aportes jubilatorios de los empleados, la AFIP lanzó el programa "Sistema Integrado de Jubilaciones y pensiones - Versión 28".

El aplicativo permite que los empleadores declaren los aportes y contribuciones a partir de las cargas devengadas en abril considerando, a tal efecto, el nuevo tope vigente de $6 mil para calcular los aportes jubilatorios.

Aquellos empleadores que deban rectificar las cargas sociales correspondientes al mes pasado, tendrán tiempo para hacerlo hasta el 28 de mayo próximo.

Asimismo, la nueva versión contempla situaciones especiales como la apertura de las remuneraciones correspondientes a las actividades docentes y no docentes y aquellos empleados que mantienen trabajos simultáneos.

También se deja en claro que las presentaciones de las declaraciones juradas que se confeccionen con la versión "28" deberán efectuarse únicamente mediante transferencia electrónica de datos — ví­a web—, a través de la página de la AFIP, lo cual simplifica el procedimiento.

Retenciones y percepciones
El aplicativo "SICORE – Sistema de Control de Retenciones – Versión 7.0", que se encuentra vigente desde el 1º de mayo pasado permite la confección de declaraciones juradas rectificativas hasta la secuencia 9. También restringe la posibilidad de incorporar la CUIT genérica 27-00000000-6, cuando deben informarse los datos correctos.

La AFIP también indicó que para la nueva versión, la generación del archivo para su presentación será exclusivamente del tipo "Presentaciones ví­a Internet", a fin de facilitar el trámite respectivo.

Infobaeprofesional.com