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Amplí­an plazo para adhesiones al régimen de alí­cuota cero

Se consideran válidas las presentaciones efectuadas hasta el 18 de mayo a fin de obtener la exención en Ingresos Brutos. Tiene efecto retroactivo a enero
16/05/2007 - 14:01hs
Amplí­an plazo para adhesiones al régimen de alí­cuota cero

La Dirección General de Rentas porteña considera como válidas las adhesiones al régimen de alí­cuota cero efectuadas hasta el 18 de mayo pasado. El plazo original estaba fijado para el 30 de abril de 2007.

La extensión se dio a conocer mediante la publicación de la resolución 1015/2007 en la página del organismo porteño.

En los considerandos de la norma se declara que el fin perseguido consiste en facilitar a los contribuyentes comprendidos en el régimen su inscripción en tiempo y forma.

El régimen de alí­cuota cero en Ingresos Brutos exime del pago mensual del tributo y de sufrir retenciones o percepciones en concepto del mismo.

La inscripción tiene vigencia retroactiva al 1º de enero de 2007.

Los contribuyentes adheridos pueden clasificarse de la siguiente manera:

  • Quienes solicitan su inscripción en el régimen de "alí­cuota cero" del Impuesto sobre los Ingresos Brutos: las constructoras, industrias, entidades sin fines de lucro, productores primarios y Sociedades de Garantí­a Recí­procas (SGR) contempladas en el artí­culo 61 de la ley tarifaria 2007.
  • Quienes habiendo gozado ya del régimen mencionado por el trienio anterior y caducado la liberalidad conferida establecida por la anterior resolución (DGR) 713, renuevan la inscripción.

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