Buscan acelerar la incorporación de los tickets en el salario

Los expertos del Colegio Público de Abogados analizaron la iniciativa de Héctor Recalde y elaboraron un dictamen a favor del intento de reforma propuesto
Por iProfesional
IMPUESTOS - 17 de Mayo, 2007

El Instituto de Derecho del Trabajo del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal elaboró un dictamen a favor del proyecto del diputado Héctor Recalde que pretende que se le de carácter remunerativo a los vales alimentarios con los cuales se pagan una parte de los salarios. Así­ lo informaron fuentes de las institución porteña, quienes agregaron que se propondrá que los tickets no se incorporen en forma paulatina como busca el legislador, sino que desde un primer momento pasen a integrar el salario en un 100 por ciento. La base de esta posición es que al hacerlo paulatino se estarí­a negando a los trabajadores la posibilidad de recibir en tiempo y forma su verdadero salario, ya que usualmente los pagos por este sistema no suelen integrar la remuneración real de los empleados, aunque en muchos casos la Justicia los incorpora. Sobre el dictamen, las fuentes del Colegio destacaron que se realizó un profundo análisis técnico de todo el proyecto de Recalde, el cual será presentado esta noche ante el Consejo Directivo de la entidad, para que sea analizado y votado. En caso de tener el visto bueno de los consejeros, el mismo será girado a la Comisión de Legislación del Trabajo de Diputados, cuyos integrantes lo tomarán en cuenta a la hora votar el intento de reforma las leyes 20.744 y 24.700. AnálisisLa colaboración de los abogados se decidió la última semana cuando representantes del Colegio mantuvieron una reunión reservada con los asesores de Legislación del Trabajo.En el encuentro, los letrados hicieron conocer que en lí­neas generales coincidí­an con la propuesta. Pero en ese momento aclararon que igualmente debí­an analizar el proyecto en profundidad para evaluar su repercusión. El proyecto en discusión pretende derogar los incisos b) y c) del artí­culo 103 bis de la ley 20.744 y el artí­culo 4º de la ley 24.700, estableciendo que los empleadores que otorguen vales alimentarios deberán mantener estos beneficios vigentes.Estas prestaciones adquirirán carácter remuneratorio de manera escalonada y progresiva, a razón de 10% de su valor pecuniario por cada bimestre calendario, a partir de la entrada en vigencia de la ley. No obstante, estos plazos podrán reducirse si así­ es acordado en convenciones colectivas de trabajo.Según el marco legal que lo regula el pago mediante este sistema no puede superar el 20% de la remuneración bruta, y al mismo tiempo tienen un carácter no remunerativo. Es decir que por los mismos no se abonan contribuciones patronales, ni tampoco integran la base de cálculo para el sueldo anual, vacaciones, premios, indemnizaciones y SAC. Leonardo Scolpattilscolpatti@infobae.com

Te puede interesar

Secciones