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ALERTA

La AFIP lanzó el nuevo aplicativo para la inscripción de sociedades

Desde ayer rigen nuevas condiciones para las empresas al momento de tramitar la CUIT y al darse de alta en los diferentes impuestos nacionales
20/11/2007 - 09:14hs
La AFIP lanzó el nuevo aplicativo para la inscripción de sociedades

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) lanzó el nuevo programa aplicativo que le permite a las empresas cumplir con las nuevas pautas que rigen desde ayer al momento de tramitar la Clave íšnica de Identificación Tributaria (CUIT) y al darse de alta en los diferentes impuestos nacionales. Están excluí­das de estas nuevas obligaciones las empresas que estén bajo contralor estatal permanente.

El nuevo software denominado "MODULO INSCRIPCIí“N DE PERSONAS JURIDICAS- F. 420/J – Versión 1.0" puede descargarse directamente desde la página web del organismo.

Inscripción
La reciente pautas determinan que toda nueva sociedad -exepto las empresas que estén bajo contralor estatal permanente- deberán tramitar su solicitud de inscripción mediante la presentación de la declaración jurada que se generará utilizando el programa aplicativo denominado "MODULO INSCRIPCION DE PERSONAS JURIDICAS - F. 420/J - Versión 1.0".

Asimismo, el representante legal de la persona jurí­dica o la persona debidamente autorizada deberá tramitar la habilitación del servicio denominado "Presentación de DDJJ y Pagos" a los fines de transferir ví­a web la declaración jurada de inscripción.

Por su parte, el sistema realizará automáticamente la validación de los datos ingresados al tramitar la inscripción. A su vez la empresa podrá consultar la suerte del trámite a través del servicio de "ventanilla electrónica" utilizando su clave fiscal.

En el caso que la AFIP presente observaciones, el sistema reflejará las inconsistencias detectadas y la sociedad deberá subsanar las mismas e ingresar una nueva solicitud. Una vez aceptada la presentación, la empresa deberá imprimir la constancia de "aceptación del trámite" .

Concluido el trámite online, la compañí­a deberá presentar en la dependencia correspondiente de la AFIP la siguiente documentación:

  • El formulario de declaración jurada Nº 420/J
  • El acuse de recibo de la presentación efectuada, y
  • La impresión de la aceptación del trámite.

Una vez finalizado el trámite de inscripción, la AFIP le asignará a la sociedad su CUIT. Al contar con la CUIT y la clave fiscal la sociedad podrá solicitar el alta en los impuestos que le correspondan.

Hernán Gilardo
hgilardo@infobae.com