La AFIP lanzó el nuevo aplicativo para la inscripción de sociedades
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) lanzó el nuevo programa aplicativo que le permite a las empresas cumplir con las nuevas pautas que rigen desde ayer al momento de tramitar la Clave íšnica de Identificación Tributaria (CUIT) y al darse de alta en los diferentes impuestos nacionales. Están excluídas de estas nuevas obligaciones las empresas que estén bajo contralor estatal permanente.
El nuevo software denominado "MODULO INSCRIPCIí“N DE PERSONAS JURIDICAS- F. 420/J – Versión 1.0" puede descargarse directamente desde la página web del organismo.
Inscripción La reciente pautas determinan que toda nueva sociedad -exepto las empresas que estén bajo contralor estatal permanente- deberán tramitar su solicitud de inscripción mediante la presentación de la declaración jurada que se generará utilizando el programa aplicativo denominado "MODULO INSCRIPCION DE PERSONAS JURIDICAS - F. 420/J - Versión 1.0".Asimismo, el representante legal de la persona jurídica o la persona debidamente autorizada deberá tramitar la habilitación del servicio denominado "Presentación de DDJJ y Pagos" a los fines de transferir vía web la declaración jurada de inscripción.Por su parte, el sistema realizará automáticamente la validación de los datos ingresados al tramitar la inscripción. A su vez la empresa podrá consultar la suerte del trámite a través del servicio de "ventanilla electrónica" utilizando su clave fiscal.En el caso que la AFIP presente observaciones, el sistema reflejará las inconsistencias detectadas y la sociedad deberá subsanar las mismas e ingresar una nueva solicitud. Una vez aceptada la presentación, la empresa deberá imprimir la constancia de "aceptación del trámite" .Concluido el trámite online, la compañía deberá presentar en la dependencia correspondiente de la AFIP la siguiente documentación:
- El formulario de declaración jurada Nº 420/J
- El acuse de recibo de la presentación efectuada, y
- La impresión de la aceptación del trámite.
Una vez finalizado el trámite de inscripción, la AFIP le asignará a la sociedad su CUIT. Al contar con la CUIT y la clave fiscal la sociedad podrá solicitar el alta en los impuestos que le correspondan.Hernán Gilardohgilardo@infobae.com