• 14/11/2025

Diputados debatirá hoy una nueva prórroga del impuesto al cheque

Busca dar media sanción al proyecto enviado por el Ejecutivo que cuenta con dictamen de Comisión. De aprobarse se extenderá su aplicación hasta fin de 2008
21/11/2007 - 04:25hs
Diputados debatirá hoy una nueva prórroga del impuesto al cheque

La Cámara de Diputados buscará hoy considerar sobre tablas la prórroga desde el 1º de enero hasta el 31 de diciembre de 2008 de la aplicación del impuesto sobre débitos y créditos bancarios.

Por la mañana la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Cámara de Diputados pasó a la firma el expediente impositivo que fue presentado ayer por la tarde. La extensión también alcanzarí­a al impuesto adicional de emergencia sobre el precio final de venta de cigarrillos.

Otro expediente presentado corresponde a la derogación del régimen de compensación y devolución de saldos a favor técnicos en el IVA generados en la incorporación de bienes de capital cuando superen los 12 meses de inmovilización para el contribuyente. El saldo técnico es aquel que surge de confrontar débitos y créditos fiscales, y en principio, no puede ser devuelto ni utilizado para cancelar otros tributos.

Actualmente el régimen se encuentra suspendido hasta fin de año. Según lo manifestado por los asesores de la Comisión a la Agencia FOIA, estos temas podrí­an ser considerados sobre tablas en la sesión de hoy.

Impuesto al cheque
Desde abril de 2001 rige en nuestro sistema tributario el impuesto que grava a las operaciones de créditos y débitos bancarios de las empresas y de las personas fí­sicas. Actualmente, representa el 12% de la recaudación impositiva total del paí­s, esto se debe en gran medida a la obligación que existe en bancarizar todas las operaciones comerciales, establecida por la ley antievasión.

Es un impuesto que funciona como un tributo autónomo, ya que sólo el 34% de lo que se abona por las acreditaciones (depósitos) bancarias se puede computar como pago a cuenta de otros impuestos como el caso de Ganancias y Ganancia Mí­nima Presunta.

Los bancos no son los únicos que lo tienen que retener, ya que la ley establece que también están alcanzados por el impuesto los movimientos de fondos -propios o de terceros- que se efectúen sin intervención de una entidad financiera, cualquiera sea el mecanismo de pago utilizado.

IVA
Con respecto a Impuesto al Valor Agregado, las modificaciones que introduce la iniciativa se focalizan en el régimen de compensación y devolución.

En este sentido, se persigue la derogar -en lugar de suspender reiteradamente- la norma que indica que "los créditos fiscales originados en la compra, construcción, fabricación, elaboración o importación definitiva de bienes de capital que, luego de transcurridos 12 ejercicios continúan inmovilizados, les serán acreditados contra otros impuestos a cargo de la AFIP. Por el remanente podrá solicitarse su devolución".

infobaeprofesional.com