La clase media alta pagará más Impuesto a los Bienes Personales
Tras haber sido aprobado en Diputados y en Senadores, los cambios a la Ley 23.966 de Impuesto sobre los Bienes Personales regirán para liquidar el año 2007.
La norma fue aprobada con un breve tratamiento de sólo quince minutos, por 37 votos a favor y dos abstenciones, contrastando con el tratamiento que la semana pasada le dio Diputados en una sesión que duró varias horas y terminó en las primeras horas del otro día, indicó la agencia Télam.
Entre las modificaciones introducidas se encuentra la eliminación del mínimo exento, que hasta ahora estaba en $102.300, y la aplicación de una alícuota de 0% para un total de bienes que no supere los $305.000.
Los cambios serán retroactivos al 1º de enero de este año. En consecuencia, quienes hayan pagado anticipos anuales pasarán a tener un saldo a favor, en caso de que le correspondiese dejar de pagar o pagar menos impuesto. Ese saldo será devuelto por la AFIP a los contribuyentes.
La AFIP aún no ha definido el mecanismo. Se manejan dos opciones: para quienes son contribuyentes de otros impuestos podrá ser aplicado como pago a cuenta. Y para los que no tengan ninguna deuda tributaria a compensar, se implementará un mecanismo de devoluciones en efectivo. Esto podría aplicarse antes de fin de año, o directamente en enero.
Nuevas pautasEn este sentido, las sugerencias aportadas por los funcionarios de la AFIP durante el debate de la semana pasada, fueron clave. En consecuencia, se introdujo un punto clave a la redacción del nuevo texto legal y que apunta directamente a las valuaciones de inmuebles.De esta forma, a la hora de la liquidación del tributo, el valor a computar para cada uno de los inmuebles no puede ser inferior al de la base imponible, vigente al 31 de diciembre del año fiscal en cuestión, "fijada a los efectos del pago de los impuestos inmobiliarios o tributos similares".
Con este cambio, al liquidar el impuesto por el año 2007, también habrá que considerar el "valor fiscal determinado a la fecha citada".
Por otra parte, se modifica así el esquema progresivo de tasas del tributo:
- Se mantien el 0,5% para personas con patrimonios mayores a $305.000 y menores a $750.000.
- A partir de ese monto se aplicará el 0,75% hasta llegar a un patrimonio de $2 millones.
- Regirá una tasa del 1% para los patrimonios que se ubiquen entre los 2 y 5 millones de pesos.
Quienes excedan los $5 millones tributarán el 1,25%.
Los tributaristas aclararon cómo es el nuevo mecanismo y sus efectos para los contribuyentes. Consultado por Radio 10, el tributarista Alejandro González Escudero explicó los alcances de la reforma:
Enrique Scalone, vicepresidente Iº de la International Fiscal Association (IFA) y titular del estudio que lleva su nombre, indicó "exactamente, se deroga el mínimo no imponible. Se establece una escala progresiva, en donde los patrimonios de hasta $305 mil están gravados al 0%. Además, se reestructura la escala incluyendo dos nuevas alícuotas al 1% y 1,25%".El tributarista Marcelo Dominguez, del estudio Lisicki-Litvin & Asociados, aclaró que "se eliminó el mínimo exento con la derogación del artículo 24 de la ley del tributo, con lo cual cambió la forma de cálculo del impuesto. Hasta ahora se restaban los $102.300 en todos los casos y las alícuotas eran de 0,5% o 0,75 % y se aplicaban sobre el excedente de los $102.300. Con la reforma, ya no se resta dicho mínimo, se aplican las alícuotas del 0,5% al 1,25 % sobre todo el patrimonio que sea mayor a los $ 305.000".
Efectos para los contribuyentesLa reforma beneficia, retroactiva a 2007, a 300.000 contribuyentes que hasta el cambio hubieran tenido que tributar Bienes Personales por el ejercicio actual. Esto es así dado que quedan excluídos en la medida que sus bienes no superen los $305.000.
Distintos ejemplos permiten comparar el "antes" y "después" del cambio:
Tal como surge del gráfico anterior, se destaca el punto de inflexión en los $750.000 ya que a partir de esa cifra los contribuyentes soportarán una mayor carga fiscal.