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Más empresas se achican por la crisis, pese a estar prohibido despedir personal: a qué opciones recurren

Por el impacto de la pandemia, las firmas buscan el modo de achicar sus planteles para poder subsistir a la crisis. Qué dicen expertos
14/07/2020 - 18:10hs
Más empresas se achican por la crisis, pese a estar prohibido despedir personal: a qué opciones recurren

Cada vez son más las empresas que, pese a la prohibición de despedir y a la doble indemnización, acuden a sus abogados o a las consultoras de recursos humanos para que les digan qué herramientas tienen para "alivianar" sus estructuras. Esto, que ya es un secreto a voces, se traduce en retiros voluntarios y también anticipados.

Por supuesto, muchas apelaron al "artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo, que permite que el empleador acuerde con sus empleados una suspensión total o parcial de la jornada de trabajo y que durante dicha suspensión perciban de manera no remunerativa un porcentaje del salario. La causa que da origen a esta herramienta es la falta o disminución del trabajo, o la fuerza mayor, no imputable al empleador", señala Tomás Casaburi, socio del estudio de abogados Fretes, Casaburi, Grinenco.

Pero otros fueron más allá y buscaron un acuerdo de retiro voluntario. Para eso se basan en el artículo 241 de la ya mencionada ley. "Esta modalidad empezó a analizarse apenas salió la prohibición. Algunas firmas están pagando el 50% de la indemnización, porque están completamente paradas desde que empezó la cuarentena y no saben cuánto más podrán seguir", afirma Diego M. Oliveira, del estudio Lorente & López.

Las empresas están buscando la forma de achicar planteles, en momentos de crisis

¿Qué establece el 241? Da las pautas para la desvinculación de común acuerdo entre ambas partes. "Esto en un escenario no pandémico era la opción más conveniente, pero ahora se presentó el desafío de hacerlo a la distancia, pues requiere escritura pública y que ambos tengan patrocinio letrado. Algunos también lo llaman ‘renuncia negociada, ya que las partes pautan el pago a futuro de la obra social o un porcentaje mayor de la indemnización", cuenta Oliveira.

Qué alertan los expertos

Ahora bien, este acuerdo no es un despido y queda abierta una ventana de dos años durante la cual el trabajador puede reclamar sus derechos. En estos momentos, por ejemplo, si no se le pagó un monto que represente lo que hubiera percibido por la doble indeminización.

En este sentido, Juan Carlos Cerutti, director del área Derecho del Trabajo de la consultora Plan A, firma que asesora a Lisicki Litvin & Asociados en ese tema, destaca la importancia de saber los pasos a seguir. "Por ejemplo, en la Ciudad de Buenos Aires solo se pueden hacer en los Servicio de Conciliación Laboral Obligatoria (Seclo) espontáneos que abrieron hace poco más de un mes."

Pero, más importante en la mirada de Cerutti, es tener en cuenta que "hay un montón de empresas que están desvinculando gente, y si bien se están pudiendo formalizar acuerdos de modo virtual, para que se homologue se tiene que pagar el 100% de la doble indemnización. De no ser así se abre la posibilidad de reclamar después. De ninguna manera el trabajador puede renunciar a la doble indemnización", refuerza el letrado.

En la modalidad a distancia, Oliveira describe que "la complejidad se presenta en razón del aislamiento y su firma a distancia por lo que quedarán sujetos a la ratificación presencial ante la autoridad administrativa correspondiente o, en el caso del 241 del Ministerio de Trabajo, ante un escribano".

Los expertos recomiendan a empresas conocer bien los pasos a seguir 

Hay que diferenciar entre el retiro voluntario y el anticipado. El segundo refiere al que se les ofrece a aquellos colaboradores que están cercanos a jubilarse. "Es una alternativa que buscan las empresas, y así promueven el inicio del trámite de jubilación".

Por último, Casaburi no descarta el proceso preventivo de crisis, herramienta a la que algunas compañías ya debieron recurrir. "Es una opción para empresas que, por razones de fuerza mayor, causas económicas o tecnológicas, y con previo permiso de la Administración Pública, necesiten realizar despidos o suspensiones puedan hacerlo sin las consecuencias normales de dichas medidas. El fin es evitar un mal mayor y permitir la supervivencia de la firma generadora de trabajo", detalla el socio de Fretes, Casaburi y Grinenco.

En este caso, ya no se trata de un acuerdo entre partes, sino que es un procedimiento que requiere razones fundadas desde lo económico (por ejemplo, se necesita presentar los estados contables) y el acuerdo del sector trabajador.

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