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Por qué ANMAT prohibió la venta de un aceite de oliva y un lote de pastas

La decisión se comunicó este lunes a través de dos disposiciones que se publicaron en el Boletín Oficial
22/07/2019 - 14:29hs
Por qué ANMAT prohibió la venta de un aceite de oliva y un lote de pastas

Este lunes el Boletín Oficial amaneció cargado de información. Entre los principales datos de interés, cabe destacar la decisión de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología sobre dos productos de consumo masivo. A través de las disposiciones identificadas con los números 5731/2019 y 5808/2019, respectivamente, prohibió hoy la comercialización de una aceite de oliva extra virgen y de un lote de pastas secas.

El organismo de control indica que en el primer caso se trata del "Aceite de Oliva, Virgen Extra", marca Marturano, R.N.P.A. N° 04049030, R.N.E. N° 04004463, elaborado y envasado por Aceites de Oliva Campo di Fieno S.A., Ruta 75, Km 3, Las Playas, Cruz del Eje, Córdoba".

Según la disposición, el producto se hallaría en infracción al artículo 3° de la Ley 18.284, al artículo 3° del Anexo II del Decreto N° 2126/71 y a los artículos 6° bis, 13°, 155° y 535° del C.A.A., "por no cumplir con el valor estipulado para extinción específica a 232 nm para aceite de oliva extra, por carecer de las autorizaciones de producto (R.N.P.A.) y de establecimiento (R.N.E.), resultando ser un alimento falsamente rotulado, alterado, y en consecuencia ilegal".

Además, la disposición asegura que "por tratarse de productos que no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara como producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado, los mismos no podrán ser elaborados en ninguna parte del país, ni comercializados ni expendidos en el territorio de la República Argentina, de acuerdo a lo establecido en el artículo 9° de la Ley 18.284".

Por otro lado, la ANMAT prohibió la venta del producto "Sua Pasta, peso neto 500g, lote 1, fecha de vto: 09/2020, RNPA N° 02567721, elaborados por Alimentos Fransro SRL sito en Melián 3120, parque industrial Almirante Brown, Burzaco". En este caso, el motivo de la decisión radica en que en las muestras analizadas se encontraron "gorgojos adultos vivos y fragmentos de insectos incluidos en la masa".

Es importante tener en cuenta que, de manera preventiva, ANMAT procedió a realizar el retiro del producto del mercado nacional en un plazo de 48 horas.