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Confirman una deuda fiscal de una empresa del Grupo Macri

El Tribunal Fiscal confirmó que una empresa que integró el Presidente hasta 2016 por millones de pesos en impuestos impagos más multas e intereses
11/12/2018 - 11:10hs
Confirman una deuda fiscal de una empresa del Grupo Macri

El Tribunal Fiscal confirmó que una empresa que integró el presidente Mauricio Macri hasta 2016 adeuda decenas de millones de pesos en impuestos impagos a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), más multas e intereses acumulados, y las costas derivadas del procedimiento.

Los integrantes de la Sala D del Tribunal, Edith Gómez, Agustina O'Donnell y Daniel Martín, rechazaron así la apelación de Yacylec, la empresa a cargo de transportar la energía desde Yacyretá y en la que, junto a Sideco Americana, de los Macri, aparecen Enel, Electroingeniería, Impregilo y Sistranyac, entre otros accionistas, indicó el diario La Nación.

La AFIP le reclamaba a Yacylec una deuda de $6,9 millones por el impuesto a las ganancias de 1998 a 2000 y 2002, más intereses, y una multa de $4,8 millones, a lo cual se sumó luego otro reclamo por $1,7 millones correspondientes al período fiscal 2001, más intereses, y una multa por otros $1,2 millones.

Por los intereses acumulados durante 14 años, el reclamo total de la AFIP podría superar los $46 millones contra Yacylec, empresa en la que Mauricio Macri retuvo el 5,33% de las acciones hasta que, en febrero de 2016 y ya como presidente, las cedió al holding de su familia, que desde entonces conserva ese porcentaje.

Según el diario La Nación, sus abogados plantearon que Yacylec recibió un canon durante quince años como única contraprestación por la construcción del sistema de transmisión de energía eléctrica entre la central de Yacyretá y la estación transformadora ubicada en Resistencia, Chaco, y que por tanto ese mismo plazo de 15 años debía tomarse como el indicado a los efectos del impuesto a las ganancias.

El Tribunal Fiscal, sin embargo, le dio la razón a la AFIP, apoyado en un fallo de la Corte Suprema de Justicia, del año 2010, en el que abordó cuál debía ser el plazo aplicable a la amortización de bienes de uso de una empresa concesionaria de un servicio público.

Ahora la empresa puede aceptarla y, por tanto, proceder al reclamo correspondiente a períodos fiscales en los que aún regía la convertibilidad entre el peso y el dólar o, por el contrario, apelar la decisión ante la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal y mantener su posición hasta llegar a la Corte Suprema de Justicia, lo que podría conllevar años.

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