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La oposición le asestó el primer golpe al Gobierno por el DNU de extinción de dominio

Tuvo que desempatar el camporista Marcos Cleri, presidente de la comisión. El texto continuará vigente hasta que lo rechacen ambas cámaras del Congreso
19/02/2019 - 18:00hs
La oposición le asestó el primer golpe al Gobierno por el DNU de extinción de dominio

La oposición se unió y rechazó en la Bicameral Permanente de Trámite Legislativo el DNU 62/2019 sobre extinción de dominio. Con la ayuda de la senadora salteña Cristina Fiore y el desempate del camporista Marcos Cleri, presidente de la comisión, el peronismo y el kirchnerismo lograron alzarse con el dictamen de mayoría para declarar la invalidez del decreto.

Hubo dos dictámenes (a favor y en rechazo del texto) que reunieron ocho firmas cada uno, ante lo cual Cleri desempató votando contra el DNU. Ahora la pelea se traslada al recinto, pues el dictamen deberá ser refrendado por ambas cámaras para que el decreto quede sin efecto. Por eso, la oposición ya tiene planeado pedir una sesión ordinaria lo más pronto posible.

El debate iba a darse la semana pasada pero Cleri lo pospuso para este martes dado que la oposición no podía garantizar el quórum para avanzar en el rechazo al decreto.

La ausencia de dos legisladoras que iban a votar contra el texto fue determinante para que tome esa decisión.

De acuerdo a Parlamentario.com, la integración de la bicameral sufrió modificaciones para garantizar la presencia de sus 16 integrantes. Del lado de Cambiemos, Alejandro García reemplazó a Fernando Iglesias, y Silvia Giacoppo ingresó por Miryam Boyadjián. En tanto, Eduardo "Wado" De Pedro suplantó a Máximo Kirchner en nombre del Frente para la Victoria-PJ.

La incógnita de la sesión estuvo marcada por conocer la postura que iba a tomar la senadora Fiore Viñuales, quien está alineada con el gobernador de su provincia, Juan Manuel Urtubey. Si bien acompañó en varias oportunidades a Cambiemos, también mostró un alto nivel de independencia. En este caso, se manifestó en contra.

"Me preocupa el precedente que se está generando. Flaco favor le hacemos a las demandas sociales si permitimos que el presidente legisle sobre temas que se encuentran en tratamiento en el Congreso", se quejó la senadora.

Fiore sostuvo que "el fin no justifica los medios" y que "quien debe tratar este tema es el Congreso", dado que el proyecto de ley de extinción de dominio está pendiente de ser votado en la Cámara de Diputados, luego de que el Senado le introdujera cambios el 23 de agosto del año pasado.

La defensa del decreto estuvo en manos del diputado Pablo Tonelli (Pro), quien observó que el régimen de extinción de dominio "era un reclamo constante del Ministerio Público y de los propios jueces de contar con esta herramienta".

 "La experiencia demostró que en determinados delitos, como el narcotráfico, la trata de personas o la corrupción, no alcanza con juzgar penalmente esos delitos. Aún desde la cárcel, los propios condenados pueden disponer de esos bienes y pueden así seguir dirigiendo esas organizaciones criminales", argumentó Tonelli.

También se refirió al contenido del DNU, y en ese sentido explicó que la extinción de dominio fue regulada como una acción civil independiente del proceso penal, a ser aplicada en delitos graves. El decreto invierte la carga de la prueba, con lo cual el acusado deberá acreditar el origen legítimo de esos bienes, como sucede, por ejemplo, con el delito de enriquecimiento ilícito. Además, el desapoderamiento -salvo excepciones- se producirá una vez que haya sentencia firma de la acción civil, y los bienes quedarán a disposición de la Agencia de Administración de Bienes del Estado.

Por parte de Argentina Federal, el senador pampeano Daniel Lovera advirtió que "este Gobierno no deja de sorprender" dado que "desconoció el procedimiento parlamentario" al dictar un DNU sobre un tema que estaba en pleno tratamiento en el Congreso. "No existe ninguna circunstancia excepcional que impida continuar con el trámite de la ley", dijo, al señalar que el presidente podría haber incluido el proyecto en la convocatoria a extraordinarias.

Además, Lovera recordó que "numerosos especialistas advirtieron sobre la inconstitucionalidad" del DNU, por considerar que legisla sobre materia penal, algo prohibido por la Constitución "tanto directa como indirectamente", indicó el senador.

La senadora Anabel Fernández Sagasti, del Frente para la Victoria-PJ, apuntó que cuando Mauricio Macri anunció el decreto, dijo que "la finalidad del DNU iba a ser la construcción de jardines de infantes y de obras que mitiguen las inundaciones". Para la camporista, el presidente "no le tiene que cargar a la Justicia la mala política económica, financiera y social que lleva adelante el macrismo".

Asimismo, defendió la media sanción que logró el Senado sobre la extinción de dominio, que recibió aportes de especialistas, "desde Ricardo Gil Lavedra hasta el fiscal (Raúl) Pleé". Por último, consideró que la naturaleza penal del DNU se debe a que se trata de una pena adicional al delito, y además sostuvo que el texto "viola el principio de inocencia".

El decreto que estableció el procedimiento de extinción de dominio fue duramente criticado tanto desde el peronismo "dialoguista" como del kirchnerismo, en virtud de que ya existía un proyecto de ley sobre el tema, que contaba con media sanción del Senado y que debía ser votado en la Cámara de Diputados.

En qué consiste la norma

La norma prevé la creación de "una Procuraduría de Extinción de Dominio a favor del Estado Nacional, con facultades para realizar investigaciones de oficio así como colaborar con la identificación y localización de bienes que pudieran provenir de alguno de los delitos" previstos en el régimen, que incluyen los que tienen que ver con aquellos contra el patrimonio público, así como el narcotráfico y el crimen organizado.

El Gobierno justificó la aplicación del régimen por decreto, al señalar que "la corrupción y los delitos contra la Administración Pública, el narcotráfico, la trata de personas, el terrorismo y demás delitos graves afectan el normal funcionamiento de las instituciones democráticas y republicanas, causando enormes pérdidas para el Estado, en todas sus dimensiones, que, en definitiva, resultan en mayores costos para los ciudadanos".

También sostuvo que "el fenómeno de la corrupción implica un perjuicio estructural y sistemático al patrimonio y los recursos del Estado, provocando una afectación a la igualdad de las cargas públicas y generando un enorme costo para la operación eficaz del Estado, a la vez que daña el tejido social y desincentiva el cumplimiento de la ley".

Y advirtió que "el enfrentamiento a los grupos criminales complejos implica una serie de desafíos que están dados por la magnitud de los recursos que manejan, su grado de organización y sofisticación, lo que hace necesario abordar este flagelo desde diversas perspectivas".

Así, el Poder Ejecutivo señaló que a través de la norma se busca proveer al Ministerio Público Fiscal de "herramientas concretas para llevar adelante juicios contradictorios, donde quienes sean acusados de la comisión de los delitos" previstos sean "sometidos a una investigación con el objeto de determinar si su patrimonio o parte de él está constituido por causa ilícita".

"Se regula por el presente una acción civil de carácter patrimonial a través de la cual, a raíz de la sospecha fundada sobre la comisión de un delito grave, el Estado cuestiona la titularidad de un bien cuando no se corresponde razonablemente con los ingresos de su tenedor, poseedor o titular, o representa un incremento patrimonial injustificado", se informó.

Al respecto, se busca "extinguir por vía de una acción civil el derecho sobre los bienes que hayan sido mal habidos por efecto de actos de corrupción o crimen organizado, a fin de recuperarlos en beneficio del conjunto de la sociedad".

Tras recordar que un proyecto en este sentido obtuvo media sanción en 2016 en la Cámara de Diputados y también en 2018 por el Senado, advirtió que "el proyecto lleva así más de dos años de trámite legislativo sin resolución, por lo que urge otorgar a la Justicia herramientas eficaces para desfinanciar a las organizaciones criminales y resguardar el patrimonio estatal".

De acuerdo al régimen creado, podrán quedar bajo la mira de la Justicia "aquellos bienes incorporados al patrimonio del demandado con posterioridad a la fecha de presunta comisión del delito investigado que, por no corresponder razonablemente a los ingresos de su tenedor, poseedor o titular, o representar un incremento patrimonial injustificado, permitan considerar que provienen directa o indirectamente de uno de los delitos" previstos.

Los bienes sometidos a la acción de dominio quedarán a cargo de la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE), en tanto que "el dinero en efectivo o depositado en cuentas bancarias a la vista será transferido a una cuenta especial que devengue intereses a fin de mitigar su depreciación, y los instrumentos financieros con cotización en mercados regulados nacionales o internacionales serán administrados por el Fondo de Garantía de Sustentabilidad" que funciona en la ANSES.

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