iProfesional

Ofertas de pasajes: el Gobierno limita las promociones de las aerolíneas e impide que bonifiquen tasas e impuestos

Las compañías no podrán exceder el 10% de la capacidad del avión. Tampoco podrán bonificar las tasas e impuestos, que siempre deberá pagar el pasajero
14/11/2019 - 11:24hs
Ofertas de pasajes: el Gobierno limita las promociones de las aerolíneas e impide que bonifiquen tasas e impuestos

El gobierno de Mauricio Macri dispuso una restricción a las aerolíneas para ofrecer promociones en sus vuelos.

Le limitó la oferta de pasajes al 10% de la capacidad del avión y no le permite más bonificar tasas e impuestos, que ahora deberá pagar el pasajero.

La Resolución 727/2019, publicada este jueves en el Boletín Oficial, indica que la "comercialización de billetes de pasajes con precios que incluyen el pago de las tasas de seguridad y el uso de la aeroestación por parte del transportador" es una práctica común entre las empresas.

Sin embargo, observa, una Resolución de 1998 establece a su vez que estas no están habilitadas a "modificar en sus regulaciones cuestiones relativas al pago de las tasas que corresponden al pasajero como sujeto obligado".

Y si bien aclara que la práctica no vulnera ningún interés jurídico debido a que "no interfiere con la relación pasajero-fisco o pasajero-operador" porque "el primero sigue pagando y el transportista solo ofrece una liberalidad en su favor", es necesario "evitar que que por medios directos o indirectos, se desvirtúen las prácticas leales y transparentes del mercado aerocomercial".

En consecuencia, la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) determinó que las aerolíneas deberán observar tres condiciones a la hora de la comercialización de los pasajes que efectivamente incluyan el pago de tasas de seguridad y de uso de aeroestación.

Ellas son:

1) "No podrá exceder el 10% de la capacidad total de cada vuelo"

2) Deberá "informar fehacientemente al pasajero que continuará siendo el obligado al pago de las tasas y que podrá optar por renunciar a dicha oferta y mantener su obligación"

3) Deberá liquidar y abonar las tasas alcanzadas por la promoción y comercialización de billetes de pasajes bajo esta modalidad, dentro de los primeros cinco días hábiles administrativos del mes inmediato siguiente al de los respectivos embarques de los pasajeros adquirentes de tales billetes de pasajes.

A su vez, el organismo liderado por Tomás Insausti indicó que podrá requerir que las aerolíneas envíen declaraciones juradas con la información de todas las promociones otorgadas. Y, en caso de que estas se demoren en el pago de la tasa al Estado, se les prohibirá continuar ofreciendo promociones.