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Revocan procesamiento de Aranguren y ordenan profundizar la investigación

Para los camaristas, no hay aún elementos que permitan determinar que el exministro benefició a empresas en las que participó como accionista
20/02/2020 - 13:49hs
Revocan procesamiento de Aranguren y ordenan profundizar la investigación

La sala II de la Cámara Federal revocó los procesamientos del ex ministro de Energía, Juan José Aranguren, y de la ex titular de la Oficina Anticorrupción (OA), Laura Alonso y dictó la falta de mérito de ambos. Además, ordenó una serie de medidas de prueba para esclarecer la situación.

El también ex presidente de Shell estaba acusado de "negociaciones incompatibles con la función pública". A Alonso la habían procesado por encubrimiento y abuso de poder.

La causa nació en 2016 cuando diputados kirchneristas acusaron al entonces funcionario de haber comprado gas a Chile, vía una empresa ligada a Shell, de la que Aranguren era accionista aún siendo ministro de Energía. A Alonso le adjudicaron no haber cuestionado ese conflicto de intereses.

En esta oportunidad, los magistrados trataron de determinar si de parte del exministro de Energía, durante el ejercicio de su función, existió una conducta que tuviera el objeto de beneficiar a una empresa privada (con la que tenía un vínculo laboral previo y accionario no expresamente vedado para un funcionario público), en abandono de los intereses estatales por los que debía velar en razón de su cargo.

En ese sentido, indicaron que era necesaria una demostración adicional, de "…un acto desviado por la prosecución de un interés espurio, o sea: al tomar, el funcionario, en la actuación administrativa... una injerencia orientada al beneficio (injerencia de aprovechamiento), condicionando la voluntad negocial de la administración, por la inserción de un interés particular".

El juez de instrucción sostuvo que la falta de intervención concreta del imputado (quien no firmó nada relativo a Shell en ninguna de las actuaciones producidas durante el período objetado) no es óbice para considerar que pudo haber tenido injerencia ilícita para favorecer a la empresa.  Esa decisión fue apelada por el exfuncionario.

Ahora, los magistrados explicaron que se exigía investigar activamente si Aranguren había concretado por otros medios –indicaciones, abstenciones intencionales, imposición general de requisitos que afectaban la competencia igualitaria, eventual adelanto de información, etc.- el interés delictivo que se le endilgó.

Y consideraron que ello no ocurrió durante la instrucción y que se carece de indicios que sostengan probatoriamente la resolución dictada en dichas condiciones. 

De ahí que resalte que todavía no se ha oído la versión de las personas que, de una u otra manera, actuaron en alguno de los tramos de las compras investigadas en la causa, como empleados y directivos de CAMMESA, responsables de YPF, empresas competidoras de Shell para que informen si advirtieron un accionar distinto respecto a adjudicaciones anteriores; y los intervinientes por la Secretaría de Energía. 

"Aún no se hay transitado vías de pesquisa tendientes a detectar conexiones o contactos directos o indirectos –durante el período objetado- entre el imputado e integrantes de la firma privada, en aras de averiguar si existió connivencia en derredor de los dos eventos a que refirió el juez", indicaron.

Así, destacaron que se mantiene una situación de duda sobre el cariz (delictivo o no) de la conducta de Aranguren, que amerita investigar seriamente si concurrió de su parte un interés ilícito.

En consecuencia, revocaron el procesamiento y dictaron la falta de mérito.

Algo similar llegó para la ex titular de la OA. "Lo señalado incide directamente en la situación procesal de Laura Alonso, por la naturaleza de los cargos en su contra", y por lo tanto también dictar su falta de mérito.