Un perito de la defensa de Cristina Kirchner calculó un decomiso mucho menor al estimado por la Corte
Un informe pericial presentado por la defensa de Cristina Kirchner en el marco de la causa Vialidad sostiene que el monto actualizado a decomisar es considerablemente más bajo que el calculado por los peritos oficiales. Según el escrito firmado por el contador designado por la defensa, la cifra totaliza 42.494 millones de pesos, muy por debajo de los 684.000 millones estimados por expertos de la Corte Suprema.
La conclusión fue presentada ante el Tribunal Oral Federal N°2 a través del abogado Carlos Beraldi, quien acompaña la estrategia legal de la ex presidenta. El perito indicó que se basó en los valores de adjudicación de las obras entre 2003 y 2015 y no en la suma establecida en la condena original.
Para la actualización del monto, utilizó la tasa pasiva promedio del Banco Central como criterio técnico, a diferencia de los peritos de la Corte, que aplicaron el Índice de Precios al Consumidor (IPC). Esto explica la enorme diferencia entre ambos cálculos: mientras la defensa proyecta un total cercano a los 42 mil millones, el cálculo oficial —basado en los 85 mil millones de pesos del fallo de 2022— asciende, tras la indexación, a 684 mil millones de pesos.
Ahora, el Tribunal deberá definir qué metodología aplicará para establecer la suma definitiva y proceder a intimar a los condenados a depositar los montos correspondientes dentro de un plazo de diez días hábiles.
Cabe recordar que Cristina Kirchner fue condenada en diciembre de 2022 a seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos por administración fraudulenta, y que la sentencia quedó firme en junio pasado luego de que la Corte Suprema rechazara los recursos presentados.
La Justicia rechazó el pedido de Cristina Kirchner y deberá seguir usando tobillera electrónica
La Cámara Federal de Casación Penal resolvió ratificar las condiciones impuestas a Cristina Fernández de Kirchner en el marco de su prisión domiciliaria: la expresidenta deberá seguir usando tobillera electrónica y mantener restricciones en el régimen de visitas, como parte del cumplimiento de la condena por administración fraudulenta en la causa conocida como Vialidad.
El máximo tribunal penal del país -integrado por los jueces Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Diego Barroetaveña- se pronunció sobre los planteos de la defensa respecto a dos aspectos centrales de la modalidad de encierro domiciliario: la exigencia de autorización previa para visitantes que no figuren en una lista y la utilización de un sistema de vigilancia electrónica. También evaluó el recurso interpuesto por el Ministerio Público Fiscal, que en un primer momento había solicitado que se revocara el beneficio de la prisión domiciliaria.
Sin embargo, en una audiencia pública, el fiscal general Mario Villar decidió desistir del pedido para revertir esa medida. Consideró que Fernández de Kirchner ha respetado las condiciones establecidas y que ya no subsisten las circunstancias excepcionales que justificaban el recurso.
La mayoría del tribunal, con los votos de Hornos y Barroetaveña, avaló la continuidad de las medidas cuestionadas al considerar que "permiten un control judicial efectivo y una protección jurídica tanto frente a riesgos procesales como a la seguridad personal de la exmandataria".
En disidencia, Borinsky se expresó en contra de mantener la tobillera electrónica y las restricciones a las visitas, bajo el argumento de que la expresidenta cuenta con custodia permanente de la Policía Federal y que los recursos tecnológicos del sistema penitenciario son limitados.
En el fallo, los jueces remarcaron que la prisión domiciliaria "es una excepción bajo control judicial permanente", y que su régimen puede ser modificado si las circunstancias del caso así lo ameritan. Hornos fue más allá y sostuvo que "el cumplimiento de la sanción por delitos de corrupción debe ir más allá de lo meramente formal" y que las normas deben aplicarse con igualdad, "sin importar el rango o exposición del condenado", de acuerdo a lo establecido en la Constitución Nacional.
La resolución también dejó en claro que el domicilio donde cumple la pena se mantiene sin modificaciones. Además, los magistrados recordaron que un eventual traslado no puede ser resuelto por la Justicia penal en lo que hace al uso del espacio público, ya que esa materia le compete al Gobierno porteño.