CAUSA VIALIDAD

Caso Cristina Kirchner: ¿en qué situaciones la Justicia puede actuar sobre bienes donados a un hijo antes de ser embargados?

El tribunal de la causa Vialidad solicitó decomisar los bienes de la expresidenta Cristina Kirchner y un conjunto de activos cedidos a sus hijos
Por iProfesional
LEGALES - 18 de Noviembre, 2025

El tribunal de la causa Vialidad solicitó decomisar los bienes de la expresidenta Cristina Kirchner, quien cumple una condena de prisión domiciliaria de seis años, junto a los de otros condenados por ese expediente.

Así lo resolvió el Tribunal Oral Federal 2 (TOF) que integran Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso y que dispuso una medida, luego de que la sentencia dictada en diciembre de 2022 fuera ratificada en junio pasado. La misma alcanza a 122 bienes inmuebles que fueron identificados por el Ministerio Público Fiscal como instrumentos o productos del delito, o bien como activos incorporados durante el período en que se desarrolló la maniobra fraudulenta, entre mayo de 2003 y diciembre de 2015.

Los nueve condenados deberán responder con sus patrimonios de manera solidaria, hasta cubrir exactamente 684.990.350.139,86 pesos

En ese escenario, sale a la luz los distintos bienes y activos financieros que tiene la expresidenta, que serían alcanzados por la medida. Entre los bienes decomisados se encuentran propiedades de Lázaro Báez y de sociedades vinculadas a su grupo empresario, como Austral Construcciones, Kank y Costilla y Loscalzo y Del Curto, además de terrenos, hoteles y departamentos en Santa Cruz, Buenos Aires y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

También se incluye un inmueble a nombre de Cristina Fernández de Kirchner y un conjunto de bienes cedidos a sus hijos, Máximo y Florencia Kirchner.

En qué casos la Justicia puede actuar sobre la donación de propiedades

A partir del caso puntual de Cristina Kirchner surgió el debate sobre la validez de las donaciones de inmuebles para evitar posibles embargos, a partir de distintas denuncias o causas.

En ese escenario, hay distintos factores que pueden permitirle a la Justicia avanzar sobre esas propiedades, sin ignorar la donación, pero sí en algunos casos cuestionando su validez frente a terceros.

Por un lado, la Justicia puede actuar sobre esas donaciones si considera que perjudican a acreedores o se usaron para ocultar bienes

Si la Justicia considera que esas donaciones fueron realizadas con el objetivo de evitar embargos, insolvencia fraudulenta o de encubrir un delito (como lavado de dinero o enriquecimiento ilícito), puede pedir que se declaren ineficaces frente a terceros.

Esto se llama "acción revocatoria" o "acción pauliana", y está prevista en el Código Civil y Comercial.

También puede considerar que las donaciones pueden ser consideradas simuladas o fraudulentas: si se prueba que la donación fue ficticia o encubrió una operación irregular, el juez puede considerar que el verdadero dominio nunca se transfirió o que se trató de una maniobra para evadir la ley.

En los casos penales, especialmente cuando hay investigaciones por lavado de activos o enriquecimiento ilícito, es común que los fiscales y jueces sostengan que ciertas transferencias a familiares no fueron genuinas, sino que los bienes seguían en realidad bajo el control del donante.

Otro punto clave es que, si el bien está a nombre de los hijos del condenado, puede ser alcanzado si se demuestra que fue adquirido con dinero ilícito. Esto es típico en causas por lavado de activos o enriquecimiento ilícito. Si el origen del dinero con el que se compró el inmueble es considerado ilegal, la propiedad puede ser decomisada aunque esté a nombre de un tercero (como un hijo, un testaferro o una sociedad interpuesta).

Además, cuando hay un proceso penal con imputaciones graves y un posible decomiso, el juez puede dictar embargos, inhibiciones o incluso subastas judiciales de bienes que considera que fueron parte de una maniobra ilícita. Aunque esos bienes estén formalmente en cabeza de otra persona (como un hijo), la medida se puede aplicar si se demuestra que forman parte del objeto del delito.

¿Hay un plazo de tiempo límite para que actúe la Justicia?

Existen plazos legales específicos para impugnar donaciones, dependiendo del tipo de reclamo y del fuero (civil o penal). En causas civiles se aplican plazos de prescripción, mientras que en el ámbito penal no siempre hay un límite tan estricto, especialmente si la donación está vinculada a delitos graves como corrupción o lavado.

Si se trata de delitos como lavado de activos, enriquecimiento ilícito o administración fraudulenta, la Justicia puede:

  • Desconocer la donación sin importar la fecha, si se prueba que fue parte de una maniobra delictiva o para ocultar bienes.
  • Avanzar contra los bienes donados incluso después de años, mientras el delito no haya prescripto.
  • Por ejemplo: si una donación fue hecha en 2016, pero la investigación penal por lavado empezó en 2021 y sigue vigente, se puede todavía cuestionar la validez del traspaso.

En el fuero civil y comercial, en tanto, también hay plazos concretos para llevar a cabo una acción revocatoria por fraude a acreedores (acción pauliana), que permite dejar sin efecto actos como donaciones cuando se hacen en perjuicio de acreedores.

Y los plazos pueden ser un año desde que el acreedor conoció el acto fraudulento y 5 años como plazo máximo desde que se realizó el acto (donación), según el artículo 338 del Código Civil y Comercial de la Nación.

En concreto, aunque una persona haya donado bienes a sus hijos, la Justicia puede actuar sobre esos inmuebles si considera que la donación fue simulada, fraudulenta, realizada para perjudicar acreedores o como parte de una maniobra delictiva.

Incluso años después, los bienes donados pueden ser embargados, rematados o considerados parte del patrimonio del donante si se demuestra que el traspaso fue hecho para ocultarlos o evitar responsabilidades legales.

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