¿Cómo impacta el nuevo Decreto del Gobierno en las relaciones laborales en materia de accidentes de trabajo?
Mediante el Decreto 649/25, se modifica la Tabla de Evaluación de Incapacidades Laborales, siendo que la anterior, venía aplicándose desde hacía casi treinta años.
Las consideraciones de la nueva Tabla serán tenidas en cuenta para aquellos casos que no hayan sido resueltos antes de febrero de 2026, y será obligatoria su aplicación.
El decreto, con dicha implementación, busca mejorar la gestión de las incapacidades laborales y, en consecuencia, ofrecer beneficios claros para los empleadores, teniendo en cuenta los avances de la tecnología aplicada en este caso a los infortunios laborales.
Este decreto surge en un contexto donde la ley sobre Riesgos del Trabajo (Nro. 24.557) reconoce que uno de sus objetivos principales es reparar los daños derivados de accidentes laborales y enfermedades profesionales, incluyendo la rehabilitación del trabajador afectado. Para ello, se estableció que las Comisiones Médicas Jurisdiccionales son la instancia obligatoria y excluyente para determinar la incapacidad y las prestaciones correspondientes, garantizando un proceso justo y uniforme.
Entonces, uno de los aspectos clave del decreto es la actualización de la Tabla de Evaluación de Incapacidades Laborales, que tiene como objetivo principal garantizar una valoración objetiva, precisa y uniforme del daño sufrido por el trabajador. Esto significa que las incapacidades serán evaluadas con criterios científicos, médicos y técnicos, evitando discrecionalidades y asegurando que todos los casos se traten con igualdad.
La nueva Tabla permite mayor precisión en la evaluación de incapacidades, lo que intenta reducir disputas y litigios innecesarios; mayor agilidad en los procesos de determinación de incapacidades, facilitando resoluciones más eficientes; homogeneidad en las valoraciones a nivel nacional, garantizando que todos los trabajadores sean evaluados con los mismos criterios, promoviendo así equidad; y mejor gestión de los riesgos laborales, ya que si la evaluación resulta más clara y objetiva esto mejora la prevención y seguridad en el trabajo.
Además, el decreto fomenta la participación de cuerpos médicos especializados y peritos con formación específica en riesgos del trabajo, lo que garantiza que las valoraciones sean realizadas por profesionales capacitados, aportando mayor imparcialidad y calidad en los informes por medio de los cuales se determina el veredicto.
En resumen, la actualización de estas herramientas y procedimientos no solo cumple con los estándares legales y judiciales, sino que también beneficia a los empleadores al facilitar una gestión más eficiente, transparente y justa en materia de riesgos laborales. Esto, a largo plazo, contribuye a un ambiente de trabajo más seguro y a una relación laboral más equilibrada.
De la lectura del nuevo Decreto, y especialmente del Anexo 1, se advierten diferencias significativas en relación con que se incorporan avances tecnológicos, científicos y médicos recientes. La Tabla utilizada por treinta años había quedado desactualizada respecto de estos.
El listado detallado con criterios específicos y porcentajes asignados a cada tipo de lesión o enfermedad evita las discrecionalidades y garantizará igualdad en la valoración de las incapacidades.
Por otra parte, la nueva Tabla a utilizarse fue aprobada por el Comité Consultivo Permanente de la Ley de Riesgos del Trabajo, un órgano tripartito con participación del Estado, pero también de empleadores y trabajadores, garantizando así que ésta refleje consensos técnicos y sociales. Además, se establece la obligatoriedad de su aplicación por parte de los peritos médicos oficiales y cuerpos médicos forenses.
En nuestra opinión, lo relevante de la actualización radica en que antes la evaluación podía variar según el perito médico o también de acuerdo con cada jurisdicción; en cambio, el nuevo sistema, busca promover la homogeneidad en la valoración a nivel nacional, asegurándose que los casos a estudio se evalúen con los mismos criterios y estándares.