Despido: condenan a indemnizar a empleado contratado por agencia
La Justicia laboral condenó a una empresa a indemnizar a una empleada a la que había contratado a través de una agencia de empleos. Así lo dispuso la Sala IV de la cámara laboral, que condenó a la empresa Falabella SA y a la agencia Tercery Group SA, por un despido ocurrido en el 2004. Según la sentencia, "Falabella SA contrató a Tercery Group SA para que los empleados de ésta última cumplieran los servicios comprometidos por un período de tiempo específico". "Quien utiliza la prestación -Falabella en este caso- deviene en el empleador directo ya que es considerado el titular de la relación jurídica y en consecuencia responde solidariamente de todas las obligaciones emergentes de la relación laboral y de las que se deriven del régimen de la seguridad social", añadieron los camaristas. Atento a ello, resolvieron que ambas empresas deben entregarle a la despedida "el certificado de trabajo". "Corresponde la condena solidaria también en este punto, pues el hecho de que el accionante pueda haber estado registrado como empleado de una de las coaccionadas, no obsta a la responsabilidad solidaria que le cabe a la otra", indicaron. Sin embargo, rechazaron que la empleada hubiera estado trabajando bajo situación de contratación irregular. "Si bien es cierto que en la referida inscripción aparece como empleadora la empresa de servicios eventuales y no la usuaria, lo relevante es que la relación de trabajo se hallaba registrada", sostuvieron a ese respecto. "Aguirre- no permanecía en la clandestinidad, por lo que puede concluirse que no nos encontramos ante una práctica evasora", resumieron. En primera instancia, el juez Emilio Guma había cuantificado la indemnización en 6.777 pesos, pero la cámara la redujo a 5.777 pues entendió que no debía aplicarse el rubro de "empleo no registrado".(DyN)Lea más: