• 19/11/2025

Procesan a ex funcionarios en la causa del "megacanje"

La cámara federal confirmó el procesamiento del ex ministro de Economí­a Domingo Cavallo y ordenó el embargo de sus bienes por 30 millones de pesos
07/11/2007 - 14:01hs
Procesan a ex funcionarios en la causa del "megacanje"

La Cámara Federal confirmó ayer el procesamiento del ex ministro de Economí­a Domingo Cavallo y del ex Secretario de Estado, Daniel Marx en el marco de la causa en la que se investiga el canje de la deuda pública durante el gobierno de la Alianza.


Sin embargo, los camaristas revocaron en esa misma causa el procesamiento del ex presidente Fernando de la Rúa.

La causa penal, denominada "megacanje", investiga si existieron irregularidades en las gestiones y negociaciones que enmarcaron el "canje de deuda pública" en junio de 2001 y otras operaciones que datan de 1997, 1998 y 2000, según publicó Ambito Financiero.

En la operación del canje de deuda pública "existió una ilegí­tima decisión tomada a favor de determinado sector financiero, modificando aspectos de un proceso de renegociación de la deuda pública a la medida de requerimientos de participantes privados predeterminados", evaluaron los jueces de la Cámara al dejar a Cavallo y los demás procesados en la puerta del juicio oral, según indicó ese mismo matutino.

Otras medidas
La decisión fue tomada por la Sala II de la Cámara de Apelaciones que también dispuso los embargos de $30 millones y $ 25millones en los bienes de Cavallo y Marx, respectivamente a quienes imputó "negociaciones incompatibles" con la función pública.

Por otra parte, los magistrados revocaron el procesamiento de De la Rúa y dictaron su "falta de mérito" por no contar al momento con elementos suficientes para procesar o sobreseer.

En ese sentido los camaristas entendieron que el ex presidente tuvo responsabilidad "polí­tica" en lo ocurrido, como "máxima autoridad" del paí­s, pero que eso no es materia de juzgamiento penal. En idéntica situación quedaron los ex funcionarios de su equipo económico Jorge Baldrich, Horacio Tomás Liendo y Julio Dreizzen.

Acusaciones
Para los jueces de la Cámara, Cavallo violó los deberes de funcionario público como parte de un "presunto concilio de voluntades previo a la operación" con el objetivo de "favorecer al grupo de bancos adjudicado»"

"Su voluntad estuvo dirigida a beneficiar a un grupo determinado de bancos, efectuando recomendaciones y sugerencias previas al formal llamado y luego negociando con ellos aspectos estrictamente técnicos", indicaron los jueces que componen el tribunal.

La prueba reunida "permite vincularlo con las negociaciones posteriores, relativas a las comisiones, precios de corte, escenarios y aceptación de ofertas fuera del plazo", sostuvieron.

Los camaristas aclararon que la violación de deberes de funcionario público "no se verificó en la decisión de realizar el canje sino en la manipulación de la elección de quienes habrí­an de participar en él".

Los jueces dijeron que en la operación de megacanje "se llegó al acuerdo con los bancos" antes de la presentación del informe oficial del Ministerio de Economí­a donde se evaluaban cuatro propuestas presentadas, entre ellas la del consorcio ganador.

Con relación a la situación de De la Rúa, los camaristas estimaron que "no hay pruebas para afirmar que hubiera intervenido de algún modo en la conformación de la voluntad".

Y ahondaron en que toda la prueba "alude estrictamente a la órbita interna del Palacio de Hacienda, sin que obre constancia que revele algún tipo de participación de De la Rúa en esa elección".

Sin embargo, los jueces advirtieron "no desconocer" que "como máxima autoridad de la Nación es a él a quien le cabe la responsabilidad polí­tica por la determinación de llevar adelante el canje".

Aunque aclararon: "pero como se dijo al inicio de la presente y en anterior intervención, no es tal conducta la que puede someterse a enjuiciamiento en sede penal."

La acusación "no puede circunscribirse a determinar si la operación constituyó o no el alegado negocio ruinoso en términos económico financieros", porque "las polí­ticas económicas adoptadas por los restantes poderes del Estado" no pueden ser evaluadas por tribunales penales, concluyó el fallo.