Exigen a obra social brindar un tratamiento sin cobertura
La Justicia en lo Civil y Comercial Federal ordenó a una obra social brindarle a una afiliada la cobertura integral para su internación en un establecimiento geronto psiquiátrico ante un avanzado cuadro de mal de Alzheimer.El juez de primera instancia Luis María Márquez dictó la medida contra la obra social Unión del Personal Civil de la Nación, que había rechazado la internación porque entendió que no estaba incluida en el Plan Médico Obligatorio (PMO).La hija de la paciente planteó la acción de amparo a favor de su madre quien, según informó la Defensoría General de la Nación -que patrocinó la acción-, padece de demencia fronto temporal de grado severo, derivada de un mal de Alzheimer en etapa avanzada.La paciente, de 69 años de edad, fue patrocinada por la defensora oficial Rosana Feliciotti, que explicó que no posee jubilación, ni pensión, ni vivienda y vive con su hija, de quien está a cargo.El juez Márquez coincidió con el planteo, en el sentido de que se trataba de una internación en una institución de tercer nivel, con atención permanente y especializada para su patología, por lo que hizo lugar al reclamo y condenó a la obra social a brindar una cobertura integral del ciento por ciento a la paciente.La anciana será alojada en una institución de tercer nivel que posea los requerimientos necesarios a fin de tratar las dolencias que la aquejan y en forma ininterrumpida, sostiene el fallo.