El Consejo de la Magistratura sancionó a un juez federal
El Consejo de la Magistratura aplicó una leve sanción de "apercibimiento" al juez federal de Santa Fe Reinaldo Rubén Rodríguez, a raíz de presuntas irregularidades en el pago de bonos en default a su valor nomimal, pese a que habían sido comprados después de la devaluación y completamente desvalorizados.
El plenario del Consejo aprobó hoy un dictamen de minoría impulsado por el consejero juez Luis María Cabral, que se impuso sobre el que había elaborado la legisladora kirchnerista Diana Conti, quien pretendía suspender al juez y enviarlo a juicio político.
El juez Rodríguez fue denunciado por el propio Ministerio de Economía por el "dictado supuestamente indebido de medidas cautelares en causas referidas a tenencias de títulos públicos adquiridos con posterioridad al diferimiento de pagos de la deuda soberana, con fundamento en las excepciones consagradas por las leyes presupuestarias".
Ello habría generado un perjuicio millonario al erario en al menos nueve casos, que fueron analizados por el Consejo.
El juez está imputado por ordenar el pago de bonos "a bajo valor de mercados" y luego defaulteados "para luego obtener el dictado de medidas precautorias que posibilitan su recupero a valor del dólar en el mercado libre de cambios".
Del expediente se desprende que un grupo de abogados"solicitaban medidas cautelares invocando razones de urgencia relativa a la salud y a la edad avanzada de los reclamantes, aún cuando en todos los casos los títulos fueron adquiridos con posterioridad a la declaración de cesación de pagos".
Pero el Consejo consideró, en votación dividida, que el juez santafesino "actuó de buena fe, sin comprometer su idoneidad moral y sin interés de beneficiar a una de las partes del litigio".
"No nos encontramos ante la situación que un magistrado, ante la letra incuestionable de la ley o ante su espíritu, aplicó un criterio distinto al perseguido por la propia sociedad al dictar esas reglas de conducta. Tampoco nos encontramos ante un caso en el que el juez haya considerado más valiosos sus opiniones personales para dar fuerza y sustento a sus razonamientos jurídicos ante lo verdaderamente buscado por la ley", sostuvo el dictamen aprobado.