PARA EVITAR CORTES DE LUZ

El Gobierno lanza plan para que empresas y comercios puedan vender electricidad

El programa le permitirá a los grandes usuarios del sector, ofrecer energía durante los meses de mayor demanda del año para limitar los cortes de luz
Por Andrés Sanguinetti
NEGOCIOS - 26 de Septiembre, 2025

El Gobierno pondrá en marcha un programa de reducción de consumo de energía orientado a prevenir los tradicionales cortes de suministro que se generan durante algunas épocas del año, especialmente, las de mayor demanda como pueden ser los días de mayor frío o de altas temperaturas.

La medida quedó plasmada en la Resolución 379/2025 de la Secretaría de Energía que fue publicada en el Boletín Oficial de la Nación de este viernes 26 de septiembre y que oficializa la creación del llamado Programa de Gestión de Demanda de Energía.

Se trata de una iniciativa que el organismo dependiente del Ministerio de Economía pondrá en marcha a partir de este próximo fin de semana y que incluirá a grandes usuarios del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) y a las distribuidoras de energía con el objetivo de generar una importante reducción de la demanda eléctrica en momentos críticos del sistema.

La medida, firmada por la secretaria de Energía, María Carmen Tettamanti, busca incentivar la eficiencia energética y mejorar la calidad del servicio en el Sistema Argentino de Interconexión (SADI), permitiendo a usuarios residenciales, comercios y grandes consumidores participar de un esquema que limite el consumo de electricidad y, a la vez, aporte energía a cambio de una compensación económica.

El objetivo del gobierno nacional que lidera el presidente Javier Milei es el de, por lo menos, mitigar los cortes de luz que suelen ocurrir en épocas de calor extremo o de muy bajas temperaturas, especialmente en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) y el Litoral, cuando el consumo de aire acondicionado lleva la red al límite en horarios críticos.

Requerimientos de potencia

El programa es de carácter voluntario, programado y remunerado por la oferta de reducción de carga y se regirá por un procedimiento que se explica en el anexo de la resolución y del que podrán participar grandes usuarios mayores (GUMA); grandes usuarios menores (GUME) y grandes usuarios de las distribuidoras (GUDIS).

Para hacerlo, deberán cumplir con el requerimiento de potencias máximas registradas mayores a 300 kW y con el requisito técnico de tener instalado sistema de medición y registro horario.

Habrá además usuarios adherentes (UA), que deberán formalizar en cada programación estacional su compromiso de cumplimiento con el programa y cuyas ofertas sean aceptadas por el Organismo Encargado De Despacho (OED) en función de los requerimientos del mercado mayorista.

Los que no estén conectados directamente al sistema de transporte en alta tensión, y que la gestión de su demanda se realiza con la intervención del distribuidor, deberán nombrar un responsable operativo para la interacción en tiempo real y programada con la empresa distribuidora.

De acuerdo al procedimiento, la reducción de potencia sólo podrá ser solicitada al usuario adherente inicialmente por un máximo de 14 días por año y no más de cinco horas por cada día hábil en horas de remuneración de la potencia en los meses de altos requerimientos estacionales, es decir, en verano (diciembre, enero, febrero y marzo) y en invierno (junio, julio y agosto).

Para la reducción de potencia El organismo encargado podrá solicitarla hasta un máximo de 10 días por año, cuando el SADI lo requiera.

Es más, cuando la situación local lo amerite, la distribuidora podrá también solicitar la reducción de potencia ofertada hasta un máximo de cuatro días por año; el usuario adherente podrá voluntariamente ampliar el número de días por sobre los 14 definidos como obligatorio al adherir al programa.

Cargos fijos y variables

En cuanto a las remuneraciones, los usuarios adheridos cobrarán mediante un cargo fijo, un cargo variable que tendrán inicialmente como valor de referencia los indicados en el procedimiento.

En el caso del cargo fijo será de hasta el precio de referencia de potencia, el cual es de u$s1000/MW por mes y se abonará durante los cuatro meses de verano y los tres de invierno.

Por cada día del mes se sumará a este cargo fijo uno adicional equivalente a dos veces el cargo fijo comprometido.

Pero si existe incumplimiento, habrá una penalización por cada día del mes del período estacional en que se haya convocado la reducción de potencia comprometida que será equivalente a tres veces el cargo fijo comprometido.

En el caso del cargo variable, la remuneración de la energía será determinada por el organismo de control, conforme a los análisis horarios de la demanda realizados a partir de los registros horarios e historiales disponibles.

Además y para lograr un adecuado funcionamiento del programa, la cantidad máxima a convocar como potencia de gestión de demanda será calculada en cada programación estacional y su valor se determinará en función de las condiciones esperadas de funcionamiento del MEM, considerando la máxima demanda esperada y la oferta de potencia disponible en ess picos horarios.

En el caso de la potencia firme se utilizará la potencia considerando su disponibilidad media y en el de potencia renovable se utilizará la asociada a un 90% de firmeza en los períodos de mayor demanda.

Para la importación se considerará la capacidad estimada en un valor del 50% de la disponible informada y modelada.

El rol de las distribuidoras

Las distribuidoras podrán solicitar reserva por gestión de demanda para los cuatro días que tienen a su opción, indicando los nodos y reservas requeridas.

En las programaciones semanales se recibirán las ofertas de energía como un porcentaje del precio de referencia (menor o igual a 100), que para el caso del cargo variable será de u$s350/MWh).

Como procedimiento de convocatoria se explica que el organismo de control deberá recibir la comunicación de las ofertas de reducción de carga de los usuarios adherentes o de las empresas distribuidoras cuando se trate de clientes que no está conectado al sistema de transporte en alta tensión y evaluar la necesidad de convocar las reducciones de carga ofertadas y la potencia requerida de reserva.

Informe semestral

Las ofertas se ordenarán de menor a mayor precio y en caso de igual precio, tendrá prioridad de despacho la de mayor potencia y se asignarán hasta cubrir la potencia requerida en el despacho.

Además, cada seis meses el organismo de control presentará un informe con todo lo actuado con relación al programa para su consideración, donde se presente el resultado de la aplicación del mecanismo hasta ese momento y las ofertas vigentes para el siguiente periodo.

De producirse incumplimientos reiterados de un usuario adherente en más de tres oportunidades consecutivas, el organismo podrá eliminarlo de la lista por el resto del tiempo de la programación trimestral vigente, perdiendo el derecho a cobrar la remuneración establecida durante ese periodo.

En cuanto al tipo de cambio a utilizar para valorizar la remuneración variable se computará el utilizado en el cálculo de los costos variables de producción para el despacho en la quincena correspondiente a la oferta, mientras que para los cargos fijos se utilizará la tasa de cambio correspondiente al mes de la transacción económica.

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