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Código Civil: eliminan el alquiler de vientre pero sigue el divorcio exprés y la separación de bienes

La semana próxima asistirán integrantes de las comisiones encargadas de redactar y revisar el proyecto. La oposición cuestionó el "apuro" del oficialismo
15/11/2013 - 11:14hs
Código Civil: eliminan el alquiler de vientre pero sigue el divorcio exprés y la separación de bienes

Los bloques que integran la Comisión Bicameral encargada de analizar la actualización y unificación del Código Civil y Comercial presentaron sus "pre-dictámenes" y acordaron escuchar la semana que viene a los integrantes de las comisiones que redactaron y revisaron el anteproyecto.

La Bicameral, presidida por el senador Marcelo Fuentes (FpV-Neuquén) pasó a un cuarto intermedio hasta el próximo lunes, cuando serán convocados los juristas de la comisión revisora, entre ellos el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Julio Alak, indicó Parlamentario.com.

En tanto, para el martes se espera la presencia del titular de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Ricardo Lorenzetti; Elena Highton de Nolasco y Aída Kemelmajer de Carlucci, quienes integraron la comisión redactora del anteproyecto.

La intención del oficialismo para ambas jornadas es detallar los cambios que sufrió el texto con respecto al original -no fueron demasiados- y debatirlos con el resto de las bloques.

Si bien el oficialismo negó un "apuro" para sancionar la reforma, desde la oposición exigieron "tiempo suficiente" para analizar el "pre-dictamen" del Frente para la Victoria. Lo cierto es que el dictamen no caerá con la renovación parlamentaria, el 10 de diciembre, aunque el plazo para emitirlo vence el próximo 20 de noviembre.

En este contexto, el Frente para la Victoria intentaría alcanzar lo más pronto posible la media sanción en el Senado, y no descarta la posibilidad de que el Ejecutivo prorrogue las sesiones ordinarias para la sanción definitiva, o que en todo caso convoque a extraordinarias para el año próximo.

"La discusión en el plano legislativo se hará en dos días. Parecería que la mayoría la mantiene el kirchnerismo, pero habría que cambiar la comisión porque muchos no estarán el próximo periodo", opinó al respecto el diputado Gustavo Ferrari, en diálogo con Radio Mitre.

Ante las quejas de la oposición sobre la inactividad de la Bicameral, que se reunió por última vez en marzo, Fuentes negó que "se haya cortado el debate", que continuó en asesores. "Preveíamos que en el período electoral ninguno iba a querer que la Bicameral continúe", añadió la diputada Diana Conti (FpV).

Puntos principales

El borrador no introdujo demasiados cambios al texto del Poder Ejecutivo, aunque sí hay que destacar algunas modificaciones relevantes.

  • Gestación por sustitución. El nuevo Código no regulará el tema de la maternidad subrogada o "alquiler de vientres". Finalmente, el Frente para la Victoria decidió eliminar ese apartado, cuyo rechazo ganó una significación mayor desde la asunción del papa Francisco.

El Ejecutivo proponía legalizar este método para aquellas personas que no pudieran concebir hijos, a través de un proceso donde los intervinientes expresaran su consentimiento previo, informado y libre.

Asimismo, el juez que interviniera debía constatar que la gestante no haya recibido retribución alguna, ni que se haya sometido a un proceso similar más de dos veces; y debía haber dado a luz, al menos, un hijo propio.

  • Leyes especiales. El "predictamen" del oficialismo delega en leyes especiales dos puntos que contenía el proyecto del Gobierno.

El primero tiene que ver con la responsabilidad civil del Estado, proyecto que ya ingresó a la Cámara de Diputados y será tratado el próximo martes. La iniciativa regula las relaciones de los particulares con la autoridad pública.

El segundo es el referido a la propiedad comunitaria indígena, que, de sancionarse la norma, sería exclusiva de los pueblos originarios y no podría ser arrendada ni alquilada, ni materia de especulación, con el fin de preservar su identidad cultural.

A su vez, también quedó reservada a una ley especial la protección de los embriones no implantados, disponibles para ser utilizados en los tratamientos de fertilización asistida.

El "predictamen" deja en claro que la vida se inicia desde la concepción -eliminando la expresión "en el seno materno"- y en el caso de las técnicas de fertilización asistida, a partir de la implantación del embrión en el seno materno.

  • Matrimonio. No se realizaron cambios en este punto. Se actualiza el régimen a raíz de la sanción de la Ley de Matrimonio Igualitario, en 2010. Por eso, no se realizarán distinciones entre varón y mujer para definir quiénes pueden casarse.

Además, los cónyuges podrían optar entre el régimen de comunidad de ganancias -el único existente hoy- y el régimen de separación de bienes, a través de acuerdos prenupciales. Se prevé una compensación económica en caso de que el divorcio vincular deje a uno de los cónyuges en un "desequilibrio económico manifiesto".

  • Divorcio. Al igual que el proyecto original, el "predictamen" en cuestión simplifica los trámites para solicitar el divorcio -de ahí el calificativo "exprés"-, estableciendo que puede ser válido también con el único deseo de uno de los cónyuges, en cualquier momento de la relación matrimonial.

Para tomar la determinación no sería necesario que el cónyuge invoque causas -en el régimen actual existen causales como la instigación a cometer delitos o las injurias graves-.

Además, la pareja podría hacer propuestas, contrapropuestas, y acordar sobre los efectos que tendrá la disolución. Desaparece el mínimo de tres años de matrimonio necesario para divorciarse, así como también la doble audiencia previa al fallo.

  • Uniones convivenciales. De sancionarse la propuesta del Frente para la Victoria, las uniones convivenciales tendrían un status legal. Los pactos que celebren los concubinos y su extinción se inscribirían en el registro local, aunque podrían probarse por cualquier medio de prueba.

Esos pactos podrían referirse a diferentes cuestiones, por ejemplo, cómo contribuirá cada uno a las cargas del hogar. Si no hubiera pactos, cada uno mantendría la administración y disposición de los bienes de su titularidad, pero se establecen restricciones para impedir la desprotección de alguno de los convivientes -por citar un caso, serían responsables por las deudas contraídas para la educación de los hijos comunes-.

  • Reproducción humana asistida. La iniciativa actualiza la legislación mediante la incorporación de técnicas como la inseminación artificial o la fecundación in vitro, entre otras, regulando el consentimiento informado, la prevalencia de la voluntad procreacional, y la equiparación de la filiación por este medio de reproducción humana con la natural y la adoptiva plena.

Esto significa que en los casos de reproducción humana asistida, el vínculo filial se establece por medio de la "voluntad procreacional" de quienes se someten voluntaria y conscientemente a estas nuevas técnicas.

El proyecto sostiene que podría revelarse la identidad del donante por razones debidamente fundadas, evaluadas por autorización judicial y, también cuando exista un riesgo para la salud.

  • Fecundación post-mortem. La propuesta del Frente para la Victoria también prevé la gestación post-mortem mediante técnicas de reproducción humana asistida. Como regla general, si la implantación del embrión se realiza después del fallecimiento, no existiría vínculo filial.

Hay dos excepciones para esta cuestión: habría vínculo si el fallecido hubiera consentido por documento homologado por escribano o hubiera dejado sentado en su testamento dicha implantación para después de su muerte; o en el caso de que la inseminación se produzca en el plazo de un año después de su fallecimiento.

  • Adopción. Además de simplificar este régimen, el proyecto enviado al Congreso prioriza el interés del niño por sobre el de los adultos comprometidos, incorporando el derecho a ser oído, a que su opinión sea tenida en cuenta "según la edad y el grado de madurez", y también obliga requerir su consentimiento a partir de los diez años.

El niño también tendría derecho, siempre que lo requiera, a conocer su verdadera identidad y a la preservación de los vínculos fraternos.

La reforma no realiza diferencias en relación al sexo de los adoptantes, con lo que le da la posibilidad de adoptar a solteros, solteras y parejas casadas o convivientes -adopción por integración- tanto heterosexuales como homosexuales.

En cuanto a la agilización, el proyecto busca eliminar la práctica extendida de las guardas extrajudiciales -las llamadas "guardas de hecho"- y establece que la guarda debería ser discernida inmediatamente por el juez que determina la situación de "adoptabilidad", y su plazo no podría exceder los noventa días.

Derechos Personalísimos. El nuevo Código Civil y Comercial incorporaría un capítulo, inexistente hasta ahora, dedicado a los derechos personalísimos. Allí se reconocerían expresamente los derechos a la dignidad, intimidad, honor e imagen, entre otros.