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Edenor y Edesur en la "picota": ¿puede quitarles el Gobierno la concesión de un dí­a para el otro?

El jefe de Gabinete, Jorge Capitanich, indicó que el Estado podría hacerse cargo del servicio en caso de que las distribuidoras no lo restrablezcan
19/12/2013 - 07:24hs
Edenor y Edesur en la "picota": ¿puede quitarles el Gobierno la concesión de un dí­a para el otro?

Muchos vecinos de la Ciudad de Buenos Aires y del Conurbano bonaerense ya llevan casi una semana sin luz en sus hogares. El temporal del 2 de diciembre sumado a la fuerte demanda energética, a raíz de las altas temperaturas de los últimos días, terminaron por hacer colapsar el sistema de provisión de este servicio público esencial.

En este contexto, iProfesional publicaba una nota sobre cómo reclamar por estos inconvenientes luego de la cual este medio recibió varios reclamos de usuarios por inacción de las empresas distribuidoras y la falta de control por parte del organismo estatal ENRE (Ente Nacional Regulador de Energía).

La situación es preocupante al punto que, en una conferencia de prensa Jorge Capitanich, jefe de Gabinete de ministros, responsabilizó directamente a las prestatarias por lo que ocurre y aseguró que "deben hacerse cargo".

"Tienen que cumplir el contrato de concesión. No hay que eludir responsabilidades. No aceptamos más excusas", indicó, y remarcó que no le dio plazos a las empresas para que restablezcan el funcionamiento del servicio sino que les dijo que lo hagan.

"Vamos a actuar con todo el rigor emanado de la capacidad regulatoria del Estado", insistió, y adelantó que el ente regulador aplicará las multas y sanciones correspondientes.

El funcionario se reunió luego con autoridades de Edesur y Edenor para advertirles que deben solucionar estos problemas. "Le hemos comunicado de manera enfática que si no son capaces de brindar el servicio correctamente, el Estado está dispuesto a prestarlo de manera directa", advirtió.

Es en este contexto en el que surge la pregunta: ¿el Estado puede estatizar este servicio de un momento a otro, sin sufrir consecuencias económicas?.

Qué es un servicio público

En primer término, es necesario aclarar que los servicios públicos son actividades que cumple el Estado para satisfacer necesidades colectivas, las que pueden ser ejecutadas en forma directa por el propio Estado, o concediendo y controlando esta función a los particulares, como ocurre en la Argentina desde comienzos de la década del `90.

Quien recibe la concesión (concesionario) se compromete a prestar el servicio de interés general, de manera continua y regular.

Este contrato de concesión debe ser autorizado a través de una ley e incluye cláusulas que limitan la actividad del concesionario evitando abusos en cuanto a las tarifas, multas por incumplimiento del servicio, siempre bajo la vigilancia estatal.

Esto se debe a que se estima que el contratista buscará su propia ganancia, pudiendo impedir el fin de utilidad común para el que fue contratado, por lo que el Estado debe salir en auxilio de los usuarios.

La crisis del 2001 obligó a imponer ciertas variantes en las concesiones, permitiendo renegociaciones, y haciendo que algunos servicios volvieran a quedar a cargo del Estado.

Cada concesión tiene su propia ley, como por ejemplo la 24.065 sobre Régimen de la energía eléctrica o la 24.076 de Gas Natural, sin perjuicio de la Ley de Procedimientos Administrativos.

Asimismo, cada contrato de concesión de servicio público puede contener las diferentes causales de extinción del mismo.

En la actualidad, el transporte y la distribución están caracterizados como servicios públicos que se prestan en condiciones de monopolio natural. Por ende, resulta necesaria la presencia del Estado como regulador y contralor de la actividad.

Sin embargo, Capitanich remarcó que los usuarios deben direccionar sus quejas a las empresas, y que son éstas las que tienen que comunicar cuáles son los trabajos. En ese sentido, pidió "no transferir las responsabilidades del Estado".

Una vez más, el jefe de Gabinete sostuvo que "no tiene nada que ver una tarifa" en la prestación del servicio, "porque el Estado ha dado subsidios para garantizarlo". Y exigió que las prestatarias realicen las inversiones necesarias.

Hace un tiempo, el titular de Consumidores Libres, Héctor Polino reclamó al Poder Ejecutivo Nacional la rescisión de los contratos de concesión con las empresas Edenor y Edesur, por graves y reiterados incumplimientos contractuales, y por los permanentes perjuicios ocasionados a los usuarios.

Además, le reclamó al ENRE que exija a dichas compañías indemnizar inmediatamente a los usuarios por los daños y perjuicios ocasionados por los cortes.

Qué dice el contratoEl artículo 12 inciso a) del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional prevé como forma de extinción de los contratos la caducidad, rescisión o resolución -con la cualidad y los caracteres del art. 12 de la Ley 19.549- y, a su vez, establece la revocación, modificación o sustitución de los contratos por razones de oportunidad, merito o conveniencia, con la particularidad de que estas tres últimas no generarán derecho a indemnización en concepto de lucro cesante.

El contrato firmado entre el Estado y las empresas distribuidoras de energía estipula que las multas dispuestas, además de ajustarse al tipo y gravedad de la falta, tendrán en cuenta los antecedentes generales de las empresas y, en particular, la reincidencia en faltas similares a las penalizadas, poniendo énfasis cuando ellas afecten a la misma zona o grupo de usuarios.

Además, señala que las firmas deberán abonar multas a los usuarios en los casos de incumplimiento de disposiciones o parámetros relacionados con situaciones individuales. Éstas deberán guardar relación con el monto de la facturación promedio mensual del usuario.

En tanto, el pago de la penalidad no relevará a la empresa de eventuales reclamos por daños y perjuicios.

También se estipula que el valor acumulado anual de las multas no deberá superar el 20% de la facturación anual. Si ello ocurriera, será considerado como violación grave de los términos del contrato de concesión y autorizará al ENRE, si éste lo considera conveniente, a la caducidad del contrato.

Cómo se aplican las multas

Cuando el ENRE compruebe la falta de la distribuidora en el cumplimiento de alguna de sus obligaciones, y a la brevedad posible, pondrá en conocimiento de ello a la firma y emplazará en forma fehaciente para que en el término de 10 días hábiles presente todas las circunstancias de hecho y de derecho que estime que correspondan a su descargo.

En caso de que la firma no respondiera o aceptara su responsabilidad dentro de dicho plazo, el organismo aplicará las sanciones correspondientes, y las mismas tendrán carácter de inapelable.

Si, dentro del plazo antedicho, la distribuidora formulara descargos u observaciones, se agregarán todos los antecedentes, y se allegarán todos los elementos de juicio que se estime conveniente para que luego ENRE se expida definitivamente dentro de los 15 días hábiles subsiguientes a la presentación de los mismos.

Si el resultado fuera una resolución condenatoria, la distribuidora, luego de hacer efectiva la multa, podrá interponer los pertinentes recursos legales.

En los casos que pudiera corresponder, la distribuidora arbitrará los medios que permitan subsanar las causas que hubieran originado la o las infracciones para lo cual el ENRE fijará un plazo prudencial a fin de que se efectúen las correcciones o reparaciones necesarias. Durante ese lapso, no se reiterarán las sanciones.

En conclusión, el Estado podría dar por terminado el contrato por incumplimiento -y consiguientemente sin indemnización- si la empresa fuera sancionada y no solucionara los problemas de abastecimiento de energía de sus usuarios.

Por lo tanto, de ser así, las palabras de Capitanich podrían convertirse en realidad: "Si no son capaces de brindar el servicio correctamente, el Estado está dispuesto a prestarlo de manera directa". De esta forma, el interrogante que hoy se plantean muchos argentinos sobre una posible "estatización" tendría, pasos procesales mediante, una respuesta afirmativa.

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