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Exclusivo: acceda al texto completo del proyecto de blanqueo y moratoria que impulsará Macri

El régimen de exteriorización de capitales incluirá moneda nacional, extranjera y bienes no declarados                              
01/12/2015 - 10:02hs
Exclusivo: acceda al texto completo del proyecto de blanqueo y moratoria que impulsará Macri

El equipo económico de Mauricio Macri oficializará en los próximos días el proyecto de ley que enviará al Congreso de la Nación para implementar un amplio blanqueo y una moratoria complementaria que perdonará sanciones e intereses.

El régimen de exteriorización de capitales incluirá moneda nacional, extranjera y bienes no declarados, en tanto el plan de pagos anexo será de hasta 60 cuotas con una financiación de 1,5% mensual y un pago inicial de 5% de lo adeudado.

A continuación, el texto completo del borrador del proyecto de ley al que tuvo acceso iProfesional y que se divide en tres capítulos:

El primer capítulo refiere al plan de pagos a 5 años (60 cuotas) que prevé un interés del 1,5% mensual para deudas vencidad hasta el 31 de diciembre próximo. En este caso se trataría de una moratoria, ya que establece el perdón de las sanciones no firmes y el total de los intereses. 

Para ingresar al régimen de regularización que impulsará el Gobierno de Macri, se exigirá un pago inicial de 5% del monto adeudado. El régimen contempla la cancelación de deudas impositivas y previsionales.

La segunda parte del proyecto consiste en un blanqueo que estará vigente hasta 2017, con costos que irán aumentando, según la fecha de adhesión. El costo de la exteriorización de bienes y moneda extranjera que se quede en el exterior será de 8% el primer año y 10% el segundo. Y en caso de que se transfieran al país, serán de 5% y 7%, respectivamente.

En tanto, si los fondos blanqueados se destinan a la compra de títulos privados de deuda con cotización en mercados regulados, y cuyo plazo de amortización no sea inferior a 5 años, la tasa de blanqueo baja a 4%. El título o el producido de su venta debe permanecer en el país durante 3 años.

En cambio, si el destino sea un título emitido por el Estado nacional, cuyo plazo de amortización no sea inferior a 5 años, la tasa de blanqueo baja hasta el 3%. También se exige la permanencia en el país durante 3 años.

ConstrucciónOtra alternativa prevista en el proyecto, refiere a si los dólares o pesos "blanqueados" se invierten en la compra en el país de inmuebles nuevos, construidos o que obtengan certificado final de obra a partir de la vigencia de la ley, se destinen a la adquisición de bienes de capital, o se utilicen para capitalizar sociedades constituidas en el país. En este caso, la tasa de blanqueo será del 3 por ciento.

Para evitar que quienes adhieran sean denunciados por el delito de lavado de dinero, el proyecto establece que los bancos no deberán informar a la UIF cuando el origen de los fondos sea la evasión fiscal. También se prevé la condonación de todos los impuestos, salvo en caso de que haya facturas apócrifas, liberando de las sanciones establecidas de la Ley Penal Tributaria.

Como requisito, el blanqueo pide estar inscripto ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dos años antes de la vigencia de la ley.

El tercer capítulo del proyecto establece un descuento de 10% del Impuesto a las Ganancias a quienes traigan al país bienes o moneda que tenían declarados en el exterior. Cuando lo que traigan al país lo apliquen a actividades específicas, tendrán también un crédito impositivo.

En tanto, se establece que la AFIP no podrá solicitar información a los bancos nacionales y extranjeros de cuentas de contribuyentes que hayan exteriorizado bienes o fondos.

"La AFIP quedará impedida de solicitar información y extractos bancarios anteriores al 31 de diciembre de 2015, tanto a entidades bancarias, financieras u otras del exterior", como a los del país, "con relación a los portafolios y cuentas de cualquier tipo, tanto en el país como en el exterior, de todos aquellos contribuyentes que realicen la exteriorización" que propone el proyecto.

GananciasEn su primera conferencia de prensa como presidente electo, Mauricio Macri, adelantó que una de las primeras medidas económicas que va a implementar consiste en "ajustar" el mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias "para devolver justicia" a los trabajadores y evitar el efecto de la inflación.

Macri confirmó que está dispuesto a terminar con esa "estafa"que sufren "gran cantidad de trabajadores" que por la inflación terminan tributando pese a tener ingresos medios.

A respecto el futuro ministro de Economía del gobierno nacional, Alfonso Prat Gay, dejó entrever cuáles son las claves de lo que sería la modificación en el Impuesto a las Ganancias.

Al respecto Prat Gay explicó que la idea central consiste en “volver a la situación” impositiva anterior a la puesta en marcha de la llamada “tablita de (José Luis) Machinea” y “ajustar la escala por la inflación que hubo desde entonces”.

“Lo que quiere decir Mauricio cuando habla de actualizar Ganancias es volver a la situación que tenías antes del 2003, incluso antes de la tablita de Machinea. Volver a esa escala, ajustar la escala por la inflación que hubo desde entonces, que fue muy alta”, señaló Prat Gay.

Complementariamente, el ex presidente del Banco Central anticipó que se tiene bajo estudio “una reforma tributaria muy amplia” que incluye “devolución de IVA para los bienes de la canasta básica de las familias más humildes” y la eliminación del "impuesto al cheque para la pequeña y mediana empresa”.

Si bien aún falta dar los retoques finales a la propuesta, de acuerdo a la información a la que pudo acceder iProfesional.com, el nuevo piso en Ganancias para un trabajador soltero se ubicaría cerca de $25.000 mensuales netos mientras que para un trabajador casado con hijos sería una cifra cercana a los $30.000 mensuales netos .

Inequidades

No es la primera vez que Alfonso Prat Gay se encuentra detrás de un proyecto de reforma del Impuesto a las Ganancias. En los fundamentos de los proyectos de ley que presentó el referente económico de Cambiemos explica la problemática y las inequidades que encierra el Impuesto a las Ganancias.

"Durante la década de 1980, el mínimo no imponible era actualizado regularmente por el Poder Ejecutivo vía la DGI para reflejar la alta inflación en precios y salarios, mientras que a partir de la ley de convertibilidad, esta indexación permanente fue suspendida, se fijó en términos nominales los salarios a partir de los cuales se tributaría y se corrigieron las distorsiones remanentes que habían quedado", explica Prat Gay.

"Con la salida de la convertibilidad, los salarios y el costo de vida comenzaron a variar de manera considerable año tras año. No modificar el mínimo no imponible genera un incremento en términos reales de la carga tributaria sobre el salario por la vía de la inflación. El salario mantiene el poder adquisitivo pero el asalariado paga una alícuota mayor a causa de la inflación no reconocida", explica el experto.

El kirchnerismo mayormente actualizó el piso en Ganancias a través de decretos o resoluciones generales de la AFIP.

Respecto al mecanismo de actualización del mínimo no imponible en Ganancias peferido por el kirchnerismo, Prat Gay no deja lugar a dudas: "Esos decretos se emitieron en uso de facultades para legislar delegadas que se le otorgaran en las respectivas leyes de presupuesto. Así se impidió la discusión en su ámbito natural, el Congreso de la Nación, sobre el nivel real del impuesto que debería aplicarse".

"La cuestión tributaria está expresamente vedada al Ejecutivo por la Constitución Nacional: ´Solamente cuando circunstancias excepcionales hicieran imposible seguir los trámites ordinarios previstos por esta Constitución para la sanción de las leyes, y no se trate de normas que regulen materia penal, tributaria, electoral o de régimen de los partidos políticos, podrá dictar decretos por razones de necesidad y urgencia´".

"El subterfugio que encontró el gobierno fue el dictado de resoluciones por parte de la AFIP. A través de las resoluciones generales no se modifica el monto del impuesto -base imponible-; el mismo necesariamente debe ser fijado por ley del Congreso de la Nación. Lo único que se hace es modificar el nivel de pagos a cuenta consistentes con la aplicación de un incremento del mínimo", agregó el experto.

"Como consecuencia de estas y otras medidas que afectan a los salarios, incluyendo el financiamiento inflacionario mediante recursos del Banco Central y la perpetuación del ajuste de los salarios de los empleados públicos, el salario real del sector registrado no ha crecido desde octubre de 2006", precisa Prat Gay.

Cómo es el escenario hoy en díaHoy en día, existen cuatro grupos de contribuyentes en el Impuesto a las Ganancias en función de su nivel de ingresos contemplado entre enero a agosto de 2013.

En efecto, siempre contemplando dicho período base, se encuentran:

1.- Los que tuvieron remuneraciones brutas devengadas menores a $15.000no tributan Ganancias, dado que se incrementa su deducción especial hasta un valor equivalente al sueldo.

2.- Quienes cobraron entre $15.000 y $25.000sufren retenciones pero en menor cuantía, dado que las deducciones se incrementan respecto a lo que establece la Ley del gravamen.

3.- Los empleados con remuneraciones mayores a $25.000 brutos: siguen sufriendo retenciones normalmente. Es decir, las fijadas por la normativa vigente.

4.- Los que trabajan en la región patagónica (se incluye a la provincia de La Pampa y el Partido de Patagones de la Provincia de Buenos Aires): sufren retenciones de menor valor, dado que sus deducciones personales se incrementan respecto a lo que establece la Ley del gravamen.

La actual regulación permite la aparición de casos extremos: por ejemplo, una persona que en el período señalado tuvo una remuneración bruta de $14.000, hoy puede estar cobrando $1.000.000 y no estar sujeto al pago.

Por el contrario, alguien que tenía un bruto de $20.000 entre enero y agosto de 2013, en 2015 puede estar percibiendo el mismo salario -o incluso menos- y seguir sufriendo las retenciones de Ganancias".

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