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La entidad que preside el mendocino Iannizzotto pidió a los legisladores que "entiendan" que las cooperativas no tienen fines de lucro  
15/12/2017 - 15:13hs

"A los diputados y diputadas nacionales: Las cooperativas y mutuales no pagan Ganancias porque como organizaciones sin fines de lucro no tienen ganancias".

Asi comienza el planteo de Coninagro (Confederación Intercooperativa Agropecuaria), la cámara nacional liderada por el mendocino Carlos Iannizzotto, para manifestarse en contra de la pretensión de gravar al cooperativismo con el tributo.

A través de un documento, la entidad "invita" a los legisladores "de los distintos bloques políticos" a que "entiendan que las cooperativas y mutuales son entidades que contribuyen a facilitar el acceso a los servicios en condiciones de equidad y transparencia, y así a la construcción un país más justo y solidario".

Y por tanto, les pide que rechacen los artículos 23 y 24 del proyecto de reforma tributaria impulsado por el Ministerio de Finanzas, dado que "equiparar una cooperativa o mutual, cuyo objetivo no es la retribución al capital,  a una entidad lucrativa atenta contra la equidad, ya que no se puede tratar de igual manera a quienes son distintos".

La presentación es resultado de una reunión realizada en Santa Fe el pasado miércoles 4 de diciembre entre distintos representantes de la economía solidaria. En la misma, Coninagro cita al menos 7 argumentos para defender su postura y el rol del cooperativismo en el país.

Las razones

Con la firma de otras cámaras como Cooperar, CNCT, Conaice, Conarcoop y CAM, el documento enumera lo siguiente:

1 - Cooperativas y Mutuales son las expresiones más genuinas de la economía social y solidaria sin fines de lucro que, comenzadas a constituirse en Argentina en el siglo XIX, y tras contribuir generosamente al desarrollo equitativo de las provincias y el país, aportan hoy una porción considerable del desarrollo económico, social y cultural argentino, actuando en un sinnúmero de casos como complemento de las obligaciones que le competen al Estado, sin tener por ello privilegios de ninguna naturaleza.

2 - La Ley 20337 define a las Cooperativas como entidades fundadas en el esfuerzo propio y la ayuda mutua para organizar y prestar servicios.

Este concepto es claramente diferente del que caracteriza a las sociedades comerciales, en las que los socios se obligan a realizar aportes para aplicarlos a la producción o intercambio de bienes y servicios, participando de los beneficios y soportando las pérdidas. Así, la Cooperativa no persigue distribuir ganancias sino prestar servicios a los asociados: nadie lucra consigo mismo.

3 - La Ley 20321 establece que son Mutuales las constituidas libremente sin fines de lucro por personas inspiradas en la solidaridad, con el objeto de brindarse ayuda recíproca frente a riesgos eventuales, o de concurrir a su bienestar material y espiritual, mediante una contribución periódica.

La misma ley enumera de manera no taxativa las prestaciones mutuales, entre las cuales menciona expresamente los seguros y los préstamos, sin hacer diferencia alguna entre ellas.

4 - Así, queda claramente evidenciado que la ley reconoce a Cooperativas y Mutuales una naturaleza propia que las diferencia de las sociedades comerciales constituidas con el fin de obtener una ganancia a repartir entre sus miembros, aunque realicen la misma actividad económica.

5 - A tal punto ello es así, que en caso de disolución, el sobrante patrimonial de una Cooperativa se destina al Estado, con lo que las reservas irrepartibles no pueden ser distribuidas entre los asociados ni siquiera disolviendo la entidad; mientras que en el caso de disolución de una Mutual, el remanente se destina íntegramente a entidades sin fines de lucro exentas de impuestos o al Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES).

El destino desinteresado del saldo de la liquidación final de las Cooperativas y Mutuales ratifica su carácter no lucrativo, netamente diferente de las sociedades de capital en las que se realiza la partición en proporción al capital de cada socio.

6 - En el caso de las entidades Cooperativas y Mutuales de ahorro y crédito, y ante el proceso de concentración alcanzado por el sistema financiero argentino, aquellas se convierten en las únicas entidades capaces de captar el ahorro popular y redistribuirlo a los vecinos de las localidades donde aquel se produce, para aplicarlos a diversas actividades e inversiones que hacen directamente a sus posibilidades de desarrollo y calidad de vida.

7 - Por su parte, la Cooperativas y Mutuales son líderes en el mercado asegurador argentino, compitiendo en eficiencia económica y social con importantes aseguradoras mundiales.