iProfesional

La investigación comenzó por presunto cobro de sobreprecios en las comisiones a entidades provinciales. Según el juez no existió delito
13/04/2018 - 16:44hs

La Justicia dio por concluida la acción penal contra la financiera Puente al dictar el sobreseimiento por la denuncia que realizó la Comisión Nacional de Valores (CNV) por operaciones realizadas en los años 2015 y 2016.

El juez nacional en lo Criminal y Correccional nº 1 de la Ciudad de Buenos Aires, Hernán Martín López, validó la investigación realizada por la Fiscalía nº 22 y dictó el sobreseimiento del presidente de la compañía, Federico Tomasevich, al comprobar la inexistencia de delito, señalando que no existía fundamento legal para la promoción de la denuncia.

Sin embargo, la investigación judicial indicó que la empresa tuvo una conducta de total cumplimiento de la ley, que las operaciones en las que intervino Puente se ajustaron a la normativa vigente y fueron aprobadas por el mercado regulador, y que los cuatro clientes relacionados estuvieron informados, no sufrieron perjuicios y obtuvieron rentabilidad en su operatoria.

La financiera fue denunciada por la CNV por operaciones realizadas en 2015.

La CNV aseguraba que Puente realizó varias operaciones durante el año en las que compró en el Merval bonos a un precio inferior al que luego le vendió a las cajas provinciales en la rueda bilateral, "segmento de negociación en el cual no existe puja entre intermediarios, debido a que no intervienen diversos Agentes en la formación del precio". El patrón -sostenía la CNV- fue "comprar caro y vender barato, en ruedas de negociación bilateral en forma directa entre los Organismos Públicos y Puente".

Pero para la Justicia, nada de ello sucedió. En el proceso se valoró la regularidad de la actuación de Puente y se puso de manifiesto el trabajo de registro organizado y consciente realizado por la entidad.

"La presente investigación permite desvirtuar la hipótesis de que el agente Puente Hnos hubiera excedido su actuar o violado el deber de buen cuidado del patrimonio ajeno, perjudicando los intereses que le habían sido confiados. No se advierte conducta alguna por parte de Puente Hermanos, tendiente siquiera a "perjudicar los intereses de sus clientes", sostuvo la resolución del juez.

Temas relacionados