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La suspensión de las publicaciones regirá hasta tanto se reglamente la unificación de los registros                                      
16/05/2018 - 15:19hs

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) postergó las suspensiones y exclusiones de los responsables inscriptos en el Registro Fiscal de Operadores de Compraventa de Granos y del Padrón de Productores de Granos – Monotributistas con el objetivo de comenzar un proceso de eliminación y simplificación de las normativas correspondientes.

La suspensión de las publicaciones regirá hasta tanto se reglamente la unificación de los registros del Ministerio de Agroindustria, del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA), del Instituto Nacional de Semillas y de la AFIP, vinculados a la producción y comercializaciónde granos y semillasen proceso de certificación –cereales y oleaginosas- y legumbres secas.

A su vez, los responsables que a la fecha se encuentren suspendidos por cuestiones formales, podrán subsanar el incumplimiento aún vencido el plazo de 60 días establecido en la Resolución General 2300.

Y cuando la AFIP verifique la regularización del incumplimiento en forma sistémica, procederá en forma automática, y sin que se requiera la presentación del contribuyente, a publicar el levantamiento de la suspensión en su sitio web, que  tendrá efecto a partir del segundo día corrido inmediato siguiente al de su publicación.