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Pan American Energy le ganó un juicio a la mayor transportadora de gas

Un tribunal arbitral internacional condenó a TGS a pagar una millonaria indemnización al grupo de la familia Bulgheroni y sus socios chinois de CNOOC
01/06/2018 - 04:50hs
Pan American Energy le ganó un juicio a la mayor transportadora de gas

Luego de tres años de litigio ante una corte internacional de comercio, Pan American Energy (PAE), le acaba de ganar una demanda a Transportadora de Gas del Sur (TGS) en el marco de un conflicto que se inició el 8 de mayo de 2015 ante los jueces de la Secretaria de la Corte Internacional de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional (CCI). Desde ese día, dos de los mayores grupos energéticos de la Argentina se enfrentaron por el costo de ejecución de tres contratos de procesamiento de gas natural provisto por la empresa propiedad de BP y Bridas, a su vez controlada por la familia Bulgheroni y el gigante chino CNOOC Limited.

Ahora, el tribunal arbitral acaba de emitir su fallo, favorable al reclamo de PAE y en el que se ordena a la mayor transportadora de gas de la Argentina el pago de una millonaria indemnización a favor del holding de los Bulgheroni y sus socios asiáticos. El pedido inicial de PAE ante el tribunal arbitral internacional reclamaba un resarcimiento por u$s306,3 millones. Sin embargo, los jueces de la CCI determinaron que el pago que debe realizar TGS sea de u$s19 millones a los cuales le debe adicionar otros u$s2,2 millones en concepto de intereses devengados a contar desde el 8 de mayo de 2015 hasta la fecha del efectivo pago y aplicando una tasa anual LIBOR en dólares a 30 días más 3 puntos porcentuales calculados sobre el monto de capital adeudado.

En TGS aseguran no haber recibido aún la información oficial de parte del tribunal arbitral aunque admiten que tomaron conocimiento del fallo por un mail "de cortesía" enviado por la CCI. También advierten que sus abogados analizarán el alcance del laudo con el objetivo de interponer acciones "en defensa de nuestros intereses, en el caso de ser necesario".

El fallo hace referencia a un reclamo de PAE por diferencias en el cobro de un contrato firmado con TGS para el suministro de gas natural y la separación de los líquidos producidos por este insumo. Un convenio que se extendió entre el 2006 y febrero del 2016, lapso en el cual PAE y TGS no se pusieron de acuerdo sobre el precio del acuerdo.  Esta desavenencia llevó a los Bulgheroni y sus socios chinos a presentar la demanda ante la CCI, un organismo arbitral internacional que interviene en conflictos entre empresas privadas al estilo del CIADI, que debe laudar en demandas que vinculan a compañías con Estados nacionales.

En su reclamo, PAE alegó, en diciembre del año pasado, que las diferencias con TGS generaron una menor asignación de los productos obtenidos por u$s163 millones. Pero en marzo del mismo año actualizó el monto de su reclamo para llevarlo a u$s306,3 millones. El monto surge de sumar u$s134 millones en concepto de daños nominales a otros u$s172,3 millones por intereses. A la cifra que surge de esta suma, le agregó intereses devengados desde el 15 de marzo de 2017 hasta la fecha de su efectivo pago. 

Posteriormente, el 14 de julio de 2017, TGS, en donde el empresario Marcelo Mindlin controla la mayoría accionaria de la sociedad, realizó la presentación del llamado "Memorial de Dúplica" por el cual contestó los argumentos esgrimidos por PAE.  Luego, entre el 25 y el 29 de septiembre del 2017 tuvo lugar la audiencia de prueba del arbitraje en la Ciudad de Buenos Aires. En el encuentro, los asesores legales de la transportadora de gas argumentaron que la evidencia presentada ante los jueces ratificaba la posición de TGS frente a los principales aspectos del reclamo. 

Tres meses después de ese encuentro, el 15 de diciembre de 2017, tanto PAE como TGS presentaron sus conclusiones finales en los cuales la transportadora insistió en que el reclamo del grupo petrolero contenía "inconsistencias derivadas de interpretaciones erróneas por parte de los demandantes de los derechos y obligaciones de los contratos y una incorrecta aplicación de los mecanismos estipulados para calcular la asignación de productos".

Por esos motivos, advirtió que el monto pretendido era improcedente y reclamó un arbitraje a favor de la postura de TGS en el arbitraje. Sin embargo, la CCI no hizo caso a sus demandas y falló a favor de PAE, aunque reduciendo de manera notable la indemndización impuesta. Al respecto, TGS envió un comunicado a la Bolsa de Comercio de Buenos Aires confirmando el laudo pero anticipando la probabilidad de recurrir a otras instancias para evitar el pago de la indemnización.

De hecho, en comunicaciones anteriores la empresa había dado cuenta del trabajo de expertos técnicos y abogados externos para elaborar una respuesta al reclamo, "considerando que cuenta con suficientes argumentos de defensa que permitirán refutar la demanda enérgicamente".  En el caso de PAE, no hubo respuestas a los llamados de iProfesional aunque se descuenta que sus abogados se encuentran recién analizando los alcances del laudo al que ya califican como definitivo e inapelable.

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