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El máximo tribunal decidió otorgar la competencia del caso a la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal
20/06/2018 - 08:20hs

La Corte Suprema de Justicia de la Nación otorgó a la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal la competencia para determinar si un juzgado federal porteño debe continuar con la intervención en una causa iniciada en un juzgado federal de Junín y en la que se discute la legalidad del reacomodamiento en las tarifas públicas de la distribución de gas por red dispuesto el año pasado por el Gobierno nacional.

La causa había sido iniciada a través de una acción de amparo planteada en la ciudad de Junín por las autoridades del vecino municipio de L. N. Alem y un grupo de vecinos pero ahora la Corte, por mayoría de cuatro votos a uno, dispuso que la Cámara Federal porteña en lo Contencioso sea la que decida si ella debe tramitarse en el juzgado 8 del fuero Contencioso Administrativo Federal radicado en la Capital Federal, a cargo de Cecilia Gilardi Madariaga de Negre.

Con los votos de Ricardo Lorenzetti, Elena Highton, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti, más el propio voto emitido de manera personal por Carlos Ronsekrantz, el máximo tribunal dispuso por mayoría en un breve texto remitirse a lo dispuesto en una discusión jurídica similar de un caso fallado tres años atrás y a lo dictaminado en este caso por la Procuración General de la Nación.

El amparo presentado en Junín había atraído a otros procesos similares iniciados en diversos tribunales de todo el país pero el juzgado federal de esa localidad ordenó el rechazo a la medida cautelar dictada inicialmente en beneficio de los demandantes y esta decisión fue apelada a la Cámara Federal de La Plata. Ante esa situación, el Gobierno, a través del Ministerio de Energía, adujo que el caso debía ser tramitado en el juzgado federal porteño que ya intervenía en una causa similar.

"No puede el incremento afectar la protección del interés económico de los consumidores sin haberse tenido en cuenta su capacidad de pago, máxime ante la posibilidad cierta y concreta de vulnerarse derechos humanos ante un encarecimiento desproporcionado", habían dicho los amparistas ante el juzgado federal de Junín. Ahora, la definición del caso quedará en los tribunales federales porteños.