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La Justicia porteña convalidó los 2.300 despidos de empleados contratados

Los jueces avalaron la decisión de Macri y decidieron que no se renueven los contratos de trabajadores de la Ciudad que vencieron en diciembre
26/03/2008 - 13:06hs

Los jueces de la Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la ciudad respaldaron la decisión del gobierno de la ciudad de no renovar los convenios a 2300 empleados contratados cuya relación laboral habí­a terminado el 31 de diciembre del año pasado.

El fallo fue dictado por los magistrados: Carlos Balbí­n, Esteban Centanaro y Horacio Corti. Este último, en disidencia, se pronunció por permitir que siguieran en sus puestos hasta que concluyera el censo que realiza el gobierno.

Una de las primeras medidas que tomó Mauricio Macri -tras asumir en su cargo- fue la no renovación de los contratos, lo que le significó un duro enfrentamiento con los gremios locales, según publicó La Nación.

El jefe de gobierno porteño, en plena negociación y cuando los sindicalistas habí­an realizado paros y marchas frente a la jefatura de gobierno, redobló la apuesta y decidió la intervención a la obra social de los municipales con el propósito de sanearla y de permitir a sus afiliados la libre elección de una cobertura de salud.

Tras esa medida, el mayoritario gremio Sutecba firmó un acuerdo con el gobierno que contempló la realización de un censo de empleados y por el que se convino que si alguno de ellos no tiene tareas debe irse.

No ocurrió lo mismo con la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) que siguió la pelea ante la Justicia. En primera instancia, la jueza en lo contencioso administrativo de la ciudad Marí­a Helena Liberatori dictó una medida de no innovar y obligó a que los empleados, cuyos contratos no fueron renovados, regresaran a trabajar.

Según informó el gobierno, sólo el 25% de los 2300 cesanteados retornó a sus puestos.

La ciudad apeló el fallo de Liberatori y ahora la Cámara da la razón a Macri al revocar la decisión de la jueza de primera instancia, de acuerdo a lo publicado por el matutino.

"El fallo es claro. Los contratados nuevamente quedan sin ví­nculo con el gobierno. La medida cautelar ya ha sido revocada", dijo a La Nación el procurador porteño, Pablo Tonelli. Aunque el fallo podrí­a ser recurrido por el gremio, en el gobierno creen que el recurso no prosperarí­a.

Según se informó oficialmente, no se tomará ninguna medida especial con quienes deben abandonar sus puestos. Sólo se informará al personal la decisión adoptada por la Justicia y se le explicará que cesó el ví­nculo con el gobierno.

"Nosotros siempre confiamos en la Justicia. Este fallo confirma nuestra decisión de avanzar en dar de baja los contratos polí­ticos", dijo a LA NACION el jefe de Gabinete porteño, Horacio Rodrí­guez Larreta. El funcionario opinó: "Del resto de los 18.000 contratos vigentes se revisará uno por uno; también se sigue con el censo y ya se lanzó el programa para agilizar las jubilaciones". Todos estos puntos, acordados con los gremios.

En la ATE explicaron que recurrirán la medida: "Vamos a seguir los caminos de la Justicia", dijo Hernán Vázquez, secretario de Comunicación del gremio. Qué dice el fallo

La sentencia reconoció la posibilidad a ATE de reclamar por los contratados; luego, entendió que "las personas estaban vinculadas con el gobierno a través de contratos a plazo fijo" y destacó que "al suscribir el contrato, el agente contratado por tiempo determinado tomó conocimiento de las condiciones de su vinculación con el Estado, entre ellas, el carácter temporario y fecha de vencimiento del contrato".

El juez Balbí­n en su voto destacó que no resulta aplicable el principio de que, ante la duda, se debe resolver en favor del empleado, pues en este caso no se trata de interpretación de normas, sino de hechos.

En un extenso voto, el juez Centanaro, hizo un pormenorizado estudio sobre la naturaleza de los contratos en el derecho público y privado, sostuvo que "los trabajadores habrí­an aceptado libremente los términos de la relación jurí­dica que no constituyó una relación de empleo público dentro de la planta permanente sino una relación de naturaleza transitoria y por tiempo determinado", por lo que no pueden ahora reclamar contra el régimen jurí­dico al que se sometieron voluntariamente.

En tanto, el juez Corti, en disidencia parcial, entendió que se debí­a aplicar el principio de que, ante la duda, se debí­a fallar en favor del trabajador y se pronunció porque la medida de la jueza Liberatori quedara firme hasta que se realizara el censo acordado entre el gobierno y el gremio, el que debí­a abarcar también a estos empleados cuyo contrato cesó el 31 de diciembre de 2007.