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Por $500 usted puede ser "dueño" de una marca famosa por un tiempo

Lo permite el sistema marcario argentino porque no se necesita probar que quien registre esa marca sea su verdadero dueño o que piense usarla y eso da pie a especulaciones
01/10/2004 - 03:00hs

Hace menos de un mes, la cordobesa Arcor anunció que lanzará al mercado una lí­nea de jugos marca Yahoo. La firma de la familia Pagani sostiene que no se trata de una copia del dominio del portal norteamericano porque Arcor tiene registrada la marca en Argentina e incluso ya distribuye caramelos masticables bajo esa denominación. Por el lado de Yahoo, el estudio jurí­dico que los asesora en Argentina (Allende & Brea) prefiere guardar silencio. El tema podrí­a no llegar nunca a tribunales pero desnuda uno de los problemas que más preocupa a las empresas: cómo proteger sus marcas.

En ese sentido, un caso paradigmático es el de las mamparas de baño "Christian Dior", que no duraron mucho tiempo en el mercado pero quedaron en la historia del Derecho de Marcas.

En el caso "Dior", la firma Mampar SA solicitó el registro de esa marca en Argentina y empezó a utilizarla para sus mamparas. La marca de la firma francesa estaba registrada en otras clases del nomenclador legal (son 45 en total) pero no en la clase que incluí­a las mamparas. Por eso, además de oponerse a la solicitud, registró la marca en la misma clase y acudió a la justicia reclamando la nulidad de la solicitud y la cesación de uso de la marca. Como era de esperar, la justicia falló a favor de la firma francesa que, sin embargo, debió litigar durante varios años para defender su propia marca.Un sistema vulnerable

El caso Dior expone las debilidades del sistema marcario argentino, que permite que cualquier persona registre una de las llamadas "marcas notorias" a su nombre sin necesidad de probar que es su "verdadero dueño".

Hay dos elementos que juegan a favor del peticionante. Por un lado, la ley de marcas no establece con claridad qué se entiende por "marca notoria", término que ha sido modelado por los fallos judiciales y la opinión de los especialistas. Por otro lado, la Dirección Nacional de Marcas no tiene una base de datos de marcas registradas en otros paí­ses, por lo que esa información no puede ser tomada en cuenta a la hora de evaluar una solicitud.

El trámite de registro es sencillo. Basta con detectar en cuál de las 45 clases del nomenclador no está registrada la marca en cuestión, presentar la documentación requerida por la Dirección de Marcas y desembolsar alrededor de $500, que es lo que cuesta en promedio registrar una marca en una clase, entre gastos administrativos y asesoramiento legal - algunos estudios especializados cobran mucho más y la cifra puede aumentar-. Una vez presentada la solicitud, le tocará al verdadero dueño revertir la situación, en primer lugar, ante la autoridad administrativa y eventualmente ante la justicia.

Por ejemplo, Chrysler, además de identificar automóviles, podrí­a convertirse en marca de instrumentos de música o materiales de construcción, rubros en los cuales la empresa no estarí­a registrada. Con este mismo criterio, Calvin Klein podrí­a ser la marca de juguetes, artí­culos de gimnasia y hasta adornos para los árboles de Navidad. Y otras marcas famosas de bebidas o cigarrillos bien podrí­an aparecer en dentí­fricos, desodorantes u otro tipo de cosméticos. La marca Starbucks, del archifamoso negocio de cafés, Starbucks Coffee, que anunció su desembarco en Argentina, ya está registrada en sus principales rubros. Pero como muchas otras firmas extranjeras, el proceso de defender sus marcas es continuo pues podrí­an aparecer peticionantes en rubros que no hayan sido registrados, como muebles, alfombras o hasta artí­culos de blanquerí­a.

"La facilidad en la registración de una marca hace que terceros puedan apropiarse de una marca ajena, toda vez que no es habitual que las empresas o particulares registren sus marcas en las 45 clases que posee el nomenclador marcario", explica Marisa Etcheverry, del estudio Etcheverry & Etcheverry.

"Muchas empresas argentinas saben que esto sucede y tratan de registrarse en todas las clases que pueden, con las limitaciones del costo. Pero las firmas extranjeras no lo entienden por un tema cultural y suelen registrar su marca sólo en la clase que corresponde a los rubros que van a explotar", agrega la abogada.

Una de las excepciones la constituye la multinacional Sony, que hizo los deberes porque la marca está registrada en las 45 clases del nomenclador, desde hilos hasta productos veterinarios, aunque el fuerte de la firma está en la electrónica.

Una vez iniciado el trámite de registro, la empresa titular de la marca registrada puede presentar oposiciones dentro de los 30 dí­as a la publicación de la misma en el Boletí­n de Marcas. Vencido el plazo, a la empresa le queda el recurso del "llamado de atención" que no suspende al trámite de registro pero permite que la autoridad administrativa revise el caso.

En caso de oposición, la dirección de Marcas no tiene potestad para resolver el conflicto entre las partes y sólo las acercará para que negocien. Si no hay acuerdo, la parte perjudicada deberá pedir una mediación, con esa medida queda habilitada la ví­a judicial y el caso deberá dirimirse en tribunales. Qué opinan los abogados

Cuando una marca registrada es atacada, el dueño puede reaccionar de diferentes maneras y esa reacción dependerá del asesoramiento que le den sus abogados, que tienen estrategias diferentes. Mientras algunos aconsejan negociar sin llegar a juicio, otros aseguran que es mejor recurrir a la justicia donde, en general, los jueces han reconocido en forma reiterada la protección a las marcas notorias.

"El sistema marcario argentino funciona bien porque existen remedios en la justicia para la defensa de las marcas", asegura, por ejemplo, Héctor Palacio, de "Palacio & Asociados". Según el abogado, "el catálogo de soluciones legales enunciadas en la ley, reafirmadas por la jurisprudencia consolidaron la protección de los derechos marcarios de los verdaderos titulares en nuestro paí­s"

Para Marisa Etcheverry, en cambio, si bien es cierto que los titulares de marcas reconocidas, notorias o famosas, pueden alegar esta situación y evitar que terceros se apropien de sus marcas, para ello deben recurrir a la justicia, con los plazos y costos que ello implica. "En los Estados Unidos se está tratando de crear un registro de marcas notorias", concluye la abogada.

Ahora bien, si lo que se busca es evitar el litigio judicial, Javier Nuñez, de "Barreira, Rodrí­guez Larreta, Sciutto Klot y Vidal Albarrací­n", explica que las empresas titulares de marcas notorias suelen recurrir a la estrategia del "registro de defensa", esto es, inscribir el signo en la mayor cantidad de clases posibles del nomenclador para bloquear inscripciones similares o idénticas que pretendan usufructuar la notoriedad del signo.

"En estas circunstancias, la empresa no está obligada a explotar la marca en todas las clases. Ello encuentra sustento legal en la segunda parte del art. 26 de la ley de marcas, que aclara que no caducará la marca registrada y no utilizada en una clase si la misma marca fue utilizada en la comercialización de un producto o en la prestación de un servicio incluidos en otras clases, o si ella forma parte de la designación de una actividad", aclara Nuñez.

También para Marcelo Garcí­a Sellart, de "Allende & Brea", la clave es la prevención. "Pero no se trata de presentar muchas o pocas marcas, ni muchas o pocas oposiciones: el secreto es ser proactivos y saber qué, cómo y cuándo proteger. Ser proactivo es más barato y eficiente que reaccionar ante el conflicto concreto", concluye el abogado.

Lo cierto es que no existe una única receta para enfocar un tema tan dinámico y complejo. Es que las marcas se convirtieron en uno de los activos más importantes de las empresas modernas y la problemática de su defensa atraviesa aspectos centrales de la vida de negocios de cualquier paí­s.

Marí­a del Carmen Bourdin