iProfesional

Los puntos principales del proyecto de ley del Ejecutivo para establecer nuevas restricciones

La iniciativa divide al país en zonas de alto, medio y bajo riesgo de acuerdo a la aceleración en la suba de casos registrados de COVID-19
11/05/2021 - 09:21hs
Los puntos principales del proyecto de ley del Ejecutivo para establecer nuevas restricciones

El Gobierno envió este lunes al Congreso el proyecto para establecer por ley los criterios epidemiológicos por los cuales deberán regirse las medidas y restricciones ante la pandemia de coronavirus en las distintas jurisdicciones de acuerdo a la situación en la que estén cada una de ellas y que Juntos por el Cambio resiste, al considerar que amplía las atribuciones de la Casa Rosada.

La iniciativa no distingue entre zonas geográficas sino que establece "parámetros epidemiológicos y sanitarios" conforme los cuales las provincias, la Ciudad de Buenos Aires y el Gobierno nacional, según las competencias de cada uno, adoptarán medidas para evitar la propagación del coronavirus.

En este sentido, el proyecto de ley establece los criterios para determinar las condiciones de Bajo, Medio o Alto Riesgo Epidemiológico y de Alarma Sanitaria, por los cuales se regirán los distintos tipos de restricción.

El proyecto ingresó al Congreso sin acuerdo político con Juntos por el Cambio, que expresó su rechazo antes de que se diera a conocer, pero el oficialismo confía en aprobarla en la Cámara alta por la abultada mayoría que ostenta allí, mientras que en Diputados aspira a lograr mayoría mediante acuerdos con bloques chicos.

A continuación, el proyecto de ley:

La base del proyecto que se difundió a través de medios de comunicación es establecer parámetros epidemiológicos y poder dividir el país en zonas con bajo, medio y alto riesgo de contagio de coronavirus. 

En base a esos parámetros se determinarían futuras restricciones de circulación y movilidad que podrá aplicar el gobierno nacional en períodos de 21 días hasta diciembre de este año.

Los puntos principales del proyecto de ley

División del país en zonas según el riesgo de contagio

Riesgo alto

Los aglomerados urbanos, departamentos o partidos en los que se perciba un marcado aceleramiento de la suba de casos en las últimas dos semanas en comparación con las dos semanas anteriores y que tengan una alta incidencia de contagios por cada 100.000 habitantes.

Riesgo medio

Los aglomerados urbanos, departamentos o partidos en los que exista un aceleramiento moderado de la suba de casos en las últimas dos semanas en comparación con las dos semanas anteriores y que tengan una incidencia media de contagios por cada 100.000 habitantes.

Riesgo bajo

Los aglomerados urbanos, departamentos o partidos en los que no haya un aceleramiento de la suba de casos en las últimas dos semanas en comparación con las dos semanas anteriores y que tengan una incidencia muy baja de contagios por cada 100.000 habitantes.

En el caso de las ciudades con más de 300.000 habitantes, se introduce también el parámetro de las camas de terapia intensiva: cuando el 80% de esas camas esté ocupado, serán considerados zonas de "alarma epidemiológica".

Además de los municipios y los departamentos, que son las unidades administrativas y políticas en que se dividen las provincias, la ley establece que las medidas pueden afectar a "conglomerados", con lo cual se podrán tomar medidas iguales para zonas que abarquen más de una provincia. El caso más conocido es el del Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA), que abarca a la Capital Federal y a los partidos del Conurbano bonaerense.

Los cierres de actividades

En qué zonas del país de acuerdo al riesgo epidermiológico se prohibirán actividades y cerrarán antes los comercios
En qué zonas del país de acuerdo al riesgo epidermiológico se prohibirán actividades y cerrarán antes los comercios

La "alarma epidemiológica" implica, de acuerdo a la iniciativa: 

  • la suspensión de clases presenciales en todos los niveles educativos por 21 días;
  • transporte público sólo para trabajadores esenciales;
  • cierre de shoppings y ferias en lugares abiertos o cerrados;
  • cierre de locales de 19 a 6;
  • bares y restaurantes sólo podrán atender mesas al aire libre y tendrán que vender solo por delivery entre las 19 y las 6;
  • prohibición de la práctica recreativa de deportes grupales de contacto en espacios al aire libre y cierre de gimnasios y clubes
  • prohibición de circular de 20 a 6.

En caso de zonas de "alto riesgo epidemiológico": se prohíben las reuniones sociales en domicilios particulares, salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados; reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de DIEZ (10) personas.

También se elimina la práctica recreativa de deportes en establecimientos cerrados que no sean competencias oficiales bajo protocolos aprobados; las actividades de casinos, bingos, discotecas y salones de fiestas; la realización de todo tipo de eventos culturales, sociales, recreativos, religiosos y de cualquier otra índole en lugares cerrados que impliquen concurrencia de personas, y la apertura de cines, teatros, clubes, gimnasios, centros culturales y otros establecimientos afines, salvo que funcionen al aire libre.

A su vez, los bares y restaurantes no podrán estar abiertos entre las 23 y las 6 y en ese horario tendrán que vender por delivery.

En el caso de zonas de riesgo epidemiológico medio, las provincias definirán qué medidas aplicar. Y claro que en las zonas de riesgo epidemiológico bajo, se mantienen las recomendaciones de permanecer con distancia social, favorecer las actividades en lugares abiertos y ventilados y promover la modalidad del teletrabajo.