ENFERMEDADES

Las 27 condiciones médicas que podrían facilitarte la pensión por incapacidad permanente

Dependen del Tribunal Médico, que evalúa el grado de incapacidad, o de la Administración, según las circunstancias particulares de cada situación
Por NB
SALUD - 12 de Septiembre, 2025

La pensión por incapacidad permanente consiste en un apoyo financiero que proporciona la Seguridad Social a las personas que, tras padecer una enfermedad o sufrir un accidente y completar el tratamiento correspondiente, no logran volver a realizar sus actividades laborales de manera habitual.

No obstante, obtener esta pensión no es sencillo. De acuerdo con cifras del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), más del 53% de las solicitudes son denegadas, y varios expertos consideran que este porcentaje podría ser aún más alto.

A diferencia de otras prestaciones, no hay un catálogo fijo de enfermedades que garantice automáticamente la pensión. La concesión depende principalmente de un análisis personalizado realizado por el Tribunal Médico, que examina cada caso según el nivel de discapacidad funcional que presenta la persona.

¿Quiénes pueden solicitar la pensión por incapacidad permanente?

Para tramitar esta pensión, es necesario estar inscrito en algún régimen de la Seguridad Social y cumplir con los requisitos según el tipo de incapacidad: parcial, total, absoluta o gran invalidez.

La resolución definitiva corresponde al Tribunal Médico, encargado de valorar de qué manera la dolencia o daño limita el desempeño laboral del individuo. En algunas situaciones, también participa ANSES en el proceso.

Las 27 enfermedades que pueden dar lugar a la pensión

Si bien el INSS no cuenta con un listado oficial de patologías que aseguren el acceso a la pensión, el estudio Campmany Abogados identificó 78 enfermedades recurrentes en casos aprobados, resaltando 27 como las más comunes.

  • Alzheimer: El diagnóstico no garantiza la pensión. Se necesita que el Tribunal Médico certifique deterioro cognitivo y dependencia.
  • Arterioesclerosis: Se evalúa si produce invalidez funcional significativa.
  • Artritis Reumatoide: Depende del grado de limitación que provoque.
  • Artrosis: Se considera tras evaluar movilidad y respuesta a tratamientos.
  • Cáncer: Se valora el impacto de las secuelas del tratamiento.
  • Cáncer de pulmón
  • Colitis Ulcerosa: Cuando es crónica y resistente a tratamientos.
  • Demencia: La pensión por demencia senil es común en grado de incapacidad absoluta.
  • Enfisema Pulmonar: Con cierto nivel de afectación, puede dar derecho a pensión.
  • Epilepsia: Se consideran síntomas, frecuencia de crisis y tratamientos agotados.
  • Esclerosis Múltiple: A partir de un nivel determinado, es posible la pensión absoluta.
  • Fibrilación auricular: Debe ser crónica y sin tratamientos curativos.
  • Glaucoma: Con agudeza visual binocular inferior a 0,2 se otorga pensión absoluta.
  • Hernia Cervical: Puede llegar a pensión absoluta si causa vértigos invalidantes.
  • Hipertensión Pulmonar: Según la gravedad de la dificultad respiratoria.
  • Hipoacusia: Puede otorgarse en grado de gran invalidez.
  • Insuficiencia Mitral: Requiere diagnóstico crónico y sin alternativas terapéuticas.
  • Insuficiencia renal crónica: Evaluada según la etapa y capacidad laboral.
  • Lumbalgia: Considera gravedad, limitaciones y agotamiento de tratamientos.
  • Eritematoso Sistémico: Cuando la afectación orgánica es severa.
  • Miastenia Gravis: Depende del impacto de síntomas y manifestaciones clínicas.
  • Migraña: Si limita significativamente la actividad laboral.
  • Parkinson: Según estado y grado de incapacidad para trabajar.
  • Patologías de manos: Se evalúa la limitación funcional.
  • Pérdida de visión: Si la agudeza visual es 0,1 o más, puede otorgarse pensión total.
  • Síndrome de Arnold Chiari
  • Trasplante de riñón: Se puede solicitar pensión cuando hay falla renal que exige trasplante.
  • ¿Qué evalúa el Tribunal Médico?

    El punto clave no es solo la enfermedad, sino cuánto impide trabajar. Por eso, el Tribunal Médico analiza:

    • La evolución de la dolencia
    • Los tratamientos aplicados y su eficacia
    • El impacto físico, cognitivo o funcional
    • El tipo de trabajo que desempeñaba la persona

    Incluso cuando la enfermedad está confirmada, si no existe un deterioro considerable que limite el desempeño laboral o no se han explorado todas las alternativas de tratamiento, la petición generalmente es denegada.

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