Confirman multa a Isenbeck por usar la marca "Quilmes"
La Sala I de la Cámara Federal Civil y Comercial rechazó el recurso extraordinario presentado por la empresa cervecera Isenbeck contra la resolución de primera instancia que condenó a la firma al pago de una multa por un aviso publicitario publicado en Internet, en el comparaba su producto con el de su competidor Quilmes, ante el incumplimiento del cese de esa campaña.
De esa manera, el tribunal ratificó la decisión del juez a quo de aplicar a Isenbeck una multa diaria de $10.000 hasta que cumpla con la obligación de finalizar con la difusión del comercial y así confirmó las astreintes impuestas, dado que "fueron consecuencia del incumplimiento judicial en que incurrió la compañía".
En el recurso de la cervecera alemana argumentó que la decisión del juez fue arbitraria por considerar que los fundamentos eran incongruentes y contradictorios, en virtud de que la sala decidió, por un lado, la improcedencia y antijuridicidad de las medidas cautelares dictadas en primera instancia y, por otro, haber confirmado el apercibimiento.
Así, entendió que al haberse revocado las cautelares, la cuestión de las astreintes "devino abstracta" y que la decisión viola sus derechos de defensa en juicio y de propiedad.
Para la cámara, para poder calificar de arbitraria una sentencia se debe denunciar y acreditar inequívocamente que se aparta de la ley prevista para el caso, que exhibe una falta de fundamentación, que viola la garantía del debido proceso o que constituye la exteriorización de la mera voluntad del sentenciante; "extremos que no se han demostrado en el sub examine".
Por ello, el tribunal entendió que no tiene por finalidad lograr la apertura "de una tercera instancia revisora y no demuestra en modo alguno que el pronunciamiento apelado haya incurrido en grosero apartamiento de las constancias de la causa o en defectos de fundamentación normativa, vicios que conducirían a su descalifiación como acto jurisdiccional".
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Pablo Méndez - pmendez@infobae.com